Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2009 (11/07/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES
ANEXO

398933

ARMADORES QUE HAN CUMPLIDO CON LO DISPUESTO EN EL DECRETO SUPREMO Nº 006-2009-PRODUCE

Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9

PROPIETARIO MORDAZA PAZO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

NOMBRE DE E/P MORDAZA CON NOSOTROS DOS HERMANOS CRISTO ES MI FORTALEZA 2 DON MORDAZA DON MORDAZA PIOLIN III YAMAR II MORDAZA MORDAZA TEO PROVIDENCIA DE MORDAZA II

AB-PL 12.20 27.76 43.00 27.76 14.94 13.25 13.27 13.01 22.06 37.32

AN-PL

6.41 6.38 5.70 3.58 3.55 2.89 2.48 7.36 7.13

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARIVEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA 10 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

LIC-CONST. VENC-LIC PT-103-06 26.09.2007 096-2006 10.10.2007 037-2004 30.03.06 PT-118-06 19.10.07 IO-074-2006 15.08.2007 IO-027-2005 22.03.2007 IO-039-2006 04.05.2007 IO-167-2005 097-2006 10.10.2007 071-2006 24.07.2007

CERT. 50%

DI-0076-05-04

DI-0065-06-04

DI-0146-06-04

370423-2

Notifican a armadores que han incumplido con presentar las declaraciones juradas mensuales o pagar total o parcialmente los derechos de pesca del ejercicio 2008 y otorgan plazo para el cumplimiento de dichas obligaciones
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 498-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2009 CONSIDERANDO: Que el articulo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que mediante el Reglamento de la Ley General de Pesca modificado por los Decretos Supremos Nº 007-2002-PRODUCE y 011-2002-PRODUCE, se regula el pago de los derechos de pesca de los recursos hidrobiologicos segun el destino del producto, estableciendose las normas aplicables a los armadores de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional de mayor escala con permiso de pesca y las comprendidas en el numeral 1.2 del inciso a) del articulo 30º del citado Reglamento, en cuanto a su determinacion, forma y fecha de pago o liquidacion; asi como las consecuencias que se generan del incumplimiento del pago o MORDAZA de la Declaracion Jurada que corresponda; Que mediante la Resolucion Ministerial Nº 339-2008PRODUCE de fecha 7 de febrero de 2008, modificada por Resolucion Ministerial Nº 216-2009-PRODUCE se aprueba el formato de Declaracion Jurada Mensual por concepto de pago de derechos de pesca de los recursos hidrobiologicos. Asimismo, a partir del mes de MORDAZA de 2008, la referida Declaracion Jurada solo podra ser llenada y presentada via web en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion para lo cual se consideraran todos los MORDAZA del formato a excepcion de los correspondientes a la firma y fecha. La Direccion General de Extraccion y

Procesamiento Pesquero procedera a otorgar el codigo de acceso correspondiente a los titulares de los permisos de pesca o a los poseedores de embarcaciones pesqueras que hayan iniciado el procedimiento de cambio de titular; Que mediante Decreto Supremo Nº 014-2009PRODUCE de fecha 23 de MORDAZA del 2009, se establece en las Disposiciones Complementarias Finales que "La Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero emitira la Resolucion Directoral correspondiente estableciendo los montos adeudados y/o la MORDAZA de la(s) declaracion(es) jurada(s) mensual(es), por los armadores pesqueros por concepto de pagos de derechos correspondiente al ejercicio 2008, debiendo pagarse el monto adeudado y/o presentarse la(s) declaracion(es) juradas dentro del plazo de treinta (30) dias habiles, contados a partir de la entrada en vigencia de la respectiva Resolucion Directoral". Adicionalmente senala que en caso de no efectuarse el pago de los montos adeudados por concepto de pagos de derechos y/o presentarse las referidas declaraciones juradas, correspondientes al ejercicio 2008, dentro del plazo indicado en el parrafo anterior, se caducara el permiso de pesca, para tal efecto se iniciaran los respectivos procedimientos de oficio; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 216-2009PRODUCE de fecha 20 de MORDAZA del 2009, se establece que la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero dentro de los cuarenta y cinco (45) dias calendarios siguientes a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, emitira la Resolucion Directoral correspondiente estableciendo los montos adeudados y/o las declaraciones juradas mensuales respecto al pago de derechos del ano 2008; De conformidad con las disposiciones de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por los Decretos Supremos Nº 007 y 0112002-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 43º del Reglamento de la Ley General de Pesca modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Notificar a los armadores que han incumplido con presentar las declaraciones juradas mensuales o pagar total o parcialmente los derechos de pesca del ejercicio 2008, cuyas embarcaciones pesqueras se encuentran incluidas en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolucion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.