Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2009 (11/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de MORDAZA de 2009

FORSUR, mediante modificacion presupuestaria a nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Para la incorporacion de los citados recursos, la Presidencia del Consejo de Ministros debera remitir al Ministerio de Economia y Finanzas un informe que especifique las Unidades Ejecutoras y/o Pliegos Presupuestarios a cargo de los proyectos, programas y actividades, asi como los montos correspondientes. En aplicacion de la Ley Nº 29378, Ley que autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 y dicta otras disposiciones para la administracion de los recursos destinados a la reconstruccion de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, los recursos de la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias depositados en la cuenta bancaria del FORSUR, incluido los intereses correspondientes, son depositados por este en las cuentas bancarias de las entidades cuyos proyectos, programas y actividades han sido priorizados por el Directorio del FORSUR e incorporados en el presupuesto de las mismas en la referida fuente de financiamiento, de acuerdo con el procedimiento senalado en el articulo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto." Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA OYAGUE Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 371323-1

de gasto 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros, por lo que, resulta de interes nacional y de caracter urgente dictar medidas en materia economica y financiera que permitan al Ministerio de Salud realizar modificaciones presupuestarias a nivel funcional programatico con cargo a su presupuesto institucional, afectando los recursos destinados a sus proyectos de inversion, a fin de que MORDAZA orientados a las acciones contra la pandemia de la Nueva Influenza AH1N1, y al financiamiento de la implementacion y operatividad de equipos orientados a la Atencion Integral de Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas (AISPED) en diversas regiones, en razon a la importancia en la estrategia itinerante en los servicios de salud; Que, igualmente se requiere brindar facilidades al pliego Ministerio de Salud con la finalidad de habilitar recursos presupuestales para proyectos de inversion nuevos o deficitarios a cargo de dicho Ministerio, que requieran recursos para su ejecucion durante el presente ano fiscal; Que, asimismo, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas del pliego Ministerio de Salud a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior y Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, para el apoyo en la implementacion de ventiladores volumetricos para pediatricos y adultos, en el MORDAZA de las acciones contra la pandemia de la Nueva Influenza AH1N1, en los hospitales de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru, asi como para el fortalecimiento en los servicios de pediatria y laboratorio del Hospital Rezola de Canete; Que, tales medidas deben ser adoptadas con el caracter de urgencia, dado que de no autorizarse de manera inmediata se MORDAZA afectada la colectividad, lo que consecuentemente generara una mayor demanda de fondos publicos, con el objeto de restablecer los danos que ocasione la falta de atencion oportuna y urgente del servicio de salud; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objetivo La presente MORDAZA tiene por objeto establecer disposiciones de caracter economico y financiero, destinadas a financiar el fortalecimiento de las acciones de prevencion, vigilancia y tratamiento de casos de la pandemia de la Nueva Influenza AH1N1, el financiamiento de proyectos de inversion, la implementacion y operatividad de los equipos de Atencion Integral de Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas (AISPED), para el fortalecimiento en los servicios de pediatria y laboratorio del Hospital Rezola de Canete y la implementacion de ventiladores volumetricos para pediatricos y adultos para los hospitales del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, en el MORDAZA de las acciones contra la pandemia de la Nueva Influenza AH1N1, en los hospitales de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru. Articulo 2º.- Autorizacion Autorizase al Ministerio de Salud a realizar modificaciones en el nivel funcional programatico en su presupuesto institucional, hasta por la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 46 705 457,00), afectando los recursos orientados a los proyectos de inversion que a la vigencia de la presente MORDAZA no iniciaron la elaboracion de su expediente tecnico, o que conforme a la proyeccion presupuestal al cierre del ano fiscal 2009 muestren saldos de libre disponibilidad, a fin de destinarlos a financiar: a) S/. 37 500 000,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para las acciones y equipamiento para la prevencion, identificacion, vigilancia y tratamiento de la pandemia de la Nueva Influenza AH1N1. b) S/. 9 205 457,00 (NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTAY SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES) para la implementacion y operatividad de los equipos de Atencion Integral de Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas (AISPED) en los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA y Ucayali. El Ministerio de Salud queda autorizado a transferir los creditos presupuestarios a que se refiere el inciso b) del presente

DECRETO DE URGENCIA Nº 076-2009 DICTAN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA LA EJECUCION PRIORITARIA DE TAREAS DE CONTROL DE LA PANDEMIA DE LA NUEVA INFLUENZA AH1N1, AISPED Y PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO DE INVERSION HOSPITAL REZOLA DE CANETE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 9º de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado determina la politica nacional de salud, disponiendo a su vez que el Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion, es responsable de su diseno y conduccion en forma plural y descentralizada, competencias que son asumidas por el Ministerio de Salud en representacion de dicho Poder, para lo cual asume un rol de rectoria del Sistema Nacional de Salud, articulando recursos y actores publicos y privados, intra e intersectoriales, en el MORDAZA de articulo 3º literal d) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 285-2009MINSA, el Ministerio de Salud ha declarado Alerta Amarilla en todos los establecimientos de salud a nivel nacional con la finalidad que efectuen las acciones de preparacion para enfrentar la pandemia de la Nueva Influenza AH1N1, que afecta al MORDAZA, requiriendose, en consecuencia, dotar de recursos para que el citado Ministerio continue con sus acciones de prevencion, vigilancia y tratamiento de casos; Que, en este sentido, en la proyeccion de gastos al cierre del ano fiscal 2009 del pliego Ministerio de Salud se preve una menor ejecucion de recursos publicos en la generica

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