Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2009 (09/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, martes 9 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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en su actuacion como Secretaria del mencionado organo jurisdiccional; Segundo: Que, para verificar los cargos atribuidos se procedio a realizar el operativo de control correspondiente el nueve de enero de dos mil siete, con la presencia de un magistrado de la Unidad Operativa Movil de la Oficina de Control de la Magistratura y el Fiscal de la Primera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA MORDAZA, acto en el cual se intervino a los quejados en el local de la Polleria Rockys, ubicada en el Ovalo de MORDAZA MORDAZA, donde se constato que el Juez de Paz habia recibido la suma de quinientos nuevos soles de parte de la quejosa, con el fin de favorecerla en el Expediente numero noventa y ocho guion dos mil seis, sobre ejecucion de acta de conciliacion, seguido por MORDAZA MORDAZA Carran contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo la pretension desalojar a la quejosa MORDAZA MORDAZA MORDAZA del predio que habia recuperado en otro MORDAZA judicial; instaurandose procedimiento disciplinario contra el senor MORDAZA MORDAZA Chumpe MORDAZA, en su condicion de Juez de Paz de Carapongo, Chosica, por el cargo de propiciar y recibir suma de dinero indebidamente; valiendose para ello de un MORDAZA judicial, cuyo expediente original poseia el intervenido en el momento que se realizo el mencionado operativo de control, cuya acta corre de fojas treinta a treinta y uno; Tercero: El investigado en su escrito de descargo de fojas noventa y cinco a ciento uno niega los cargos atribuidos en su contra, refiriendo que son falsos, tendenciosos, carentes de sustento legal y probatorio, pues no recibio la suma de quinientos nuevos soles de la denunciante MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ya que no existe acta alguna suscrita por el u otro elemento que pruebe el aludido hecho; agrega desconocer a la quejosa y que su presencia en el lugar donde se realizo la intervencion fue en razon a que la senora MORDAZA Ludena MORDAZA, quien le apoya en diversas actividades del Juzgado de Paz, lo invito a comer pollo a la brasa; ademas a esa hora, ocho de la noche, tenia que trasladarse hasta el Ovalo de MORDAZA MORDAZA a fin de comprar medicinas; Cuarto: Se ha llegado a determinar que el dia nueve de enero de dos mil siete, fecha de la intervencion, se incauto la suma de quinientos nuevos soles, en cinco billetes de cien nuevos soles cada uno al Juez de Paz Chumpe MORDAZA, los cuales habian sido previamente proporcionados por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y coincidieron con las fotocopias autorizadas por el Magistrado Contralor y el Fiscal Provincial que intervinieron en dicho acto; en el cual tambien se le encontrara con el original del aludido MORDAZA judicial, habiendose obtenido ademas fotografias del archivo de su telefono celular, observandose que en la lista de contactos figuraba el nombre de "Dionis. Chosica" (posicion numero sesenta y nueve) cuyo numero consignado es el noventa y tres diez ochenta y cinco cuarenta y dos, tal como aparece de fojas ciento ocho y ciento nueve; Quinto: El investigado no es coherente en sus manifestaciones, ya que en su descargo de fojas noventa y cinco a ciento uno menciono que MORDAZA Ludena MORDAZA, persona con la cual trabajaba, lo invito a comer pollo a la brasa; en su declaracion formulada ante el Magistrado de Primera Instancia de la Unidad Operativa Movil de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de fojas ciento once a ciento quince, senalo que se dirigia al Ovalo MORDAZA MORDAZA a sacar copias y comprar medicinas para el y su hija, y en el trayecto recibio una llamada de su secretaria MORDAZA Ludena MORDAZA manifestandole que queria hablar con el; y en su declaracion ante la Policia Nacional del Peru, de fojas ciento cincuenta y cuatro a ciento cincuenta y siete, senalo que recibio una llamada de MORDAZA Ludena MORDAZA manifestandole que habia recibido una llamada de una mujer que queria hablar con su persona invitandolo a que se encontraran en el Ovalo de MORDAZA MORDAZA, a lo cual acepto y pacto encontrarse a las veinte horas, lo cual fue fijado por dicha senora; Sexto: Que, se ha probado la participacion del investigado en estos hechos, no habiendo logrado desvirtuar los cargos en su contra en la secuela del procedimiento, esto es, la percepcion del dinero, asi como el hecho de que el numero de celular de la quejosa aparezca registrado en su telefono celular y el hecho de que en el momento de la intervencion tenga en su poder el original del Expediente numero noventa y ocho guion dos mil seis, sobre ejecucion de acta de conciliacion, seguido por MORDAZA MORDAZA Carran contra

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, donde se buscaba desalojar a la quejosa MORDAZA MORDAZA MORDAZA del predio que ocupaba; asimismo, las reiteradas contradicciones en las cuales incurre el investigado, son evidencias que prueban su responsabilidad funcional, la cual se encuentra prevista en los incisos uno, dos y seis del articulo doscientos uno del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, afectando gravemente la imagen y dignidad del cargo que ostentaba y desmereciendolo ante el concepto publico, por lo que corresponde imponerle la medida disciplinaria de destitucion prevista en el articulo doscientos once del referido texto legal; por tales consideraciones, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por unanimidad, RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA MORDAZA Chumpe MORDAZA, por su actuacion como Juez de Paz de Carapongo, Chosica, Corte Superior de Justicia de Lima. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 358158-3

Imponen medida de destitucion de servidor por su actuacion como Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA Rica, Distrito Judicial de MORDAZA
INVESTIGACION ODICMA Nº 010-2007-JUNIN MORDAZA, nueve de MORDAZA de dos mil ocho.VISTA: La investigacion ODICMA numero diez guion dos mil siete guion MORDAZA seguida contra don servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como Secretario del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA Rica, Distrito Judicial de MORDAZA, que contiene la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, obrante de fojas sesenta a sesenta y dos; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, analizando la propuesta de destitucion solicitada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se aprecia que se le atribuye como conducta disfuncional Ia infraccion contenida en el inciso decimo MORDAZA del articulo doscientos sesenta y seis del Texto Unico Ordenado de Ia Ley Organica del Poder Judicial, al haber recibido dos depositos de dinero en efectivo, por las sumas de trescientos cincuenta y mil quinientos nuevos soles cada uno, sin contar con Ia debida autorizacion del Juez del MORDAZA para ello; Segundo: Que, estando a la MORDAZA MORDAZA invocada, se tiene que el servidor investigado se encontraba prohibido de admitir consignaciones de dinero en efectivo o cheque; salvo autorizacion del Juez, con la orden expresa de que el secretario debe formalizar el endose a la entidad autorizada el primer dia util siguiente; Tercero: De la compulsa probatoria acopiada en autos, se desprende que son hechos probados los siguientes: a) El servidor investigado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA recibio dos depositos judiciales por las sumas de trescientos cincuenta y mil quinientos nuevos soles, como aparece de las constancias de fojas diecisiete y dieciocho, de fechas dieciocho de MORDAZA y treinta de junio del dos mil cinco, respectivamente, por parte del demandado MORDAZA Briner MORDAZA MORDAZA en el MORDAZA signado como Expediente

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