Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2009 (09/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 9 de junio de 2009

Municipalidades ­ establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 36º del Texto Unico Ordenado ­ TUO ­ del Codigo Tributario aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece la facultad de conceder aplazamiento y/o fraccionamiento de deudas tributarias, al deudor tributario que lo solicite; Que, en atencion a lo expuesto, mediante Decreto de Alcaldia Nº 003-2009-MLV, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 27 de enero de 2009, se aprobo el Reglamento de Fraccionamiento Tributario y no Tributario de la Municipalidad de La MORDAZA, MORDAZA a traves de la cual se contemplaron mecanismos para otorgar facilidades de pago de las obligaciones tributarias y no tributarias a favor de los contribuyentes del distrito; Que, en virtud de lo expuesto la Gerencia de Rentas, mediante documento de vistos propone la modificacion del Decreto de Alcaldia Nº 003-2009ALC/MLV, a efectos de darle mayor alcance al mismo en relacion a los sectores cuya condicion socio economica pudiera constituir un limitante para el acceso al fraccionamiento de sus deudas tributarias ante la Municipalidad de La MORDAZA, como es el caso de los propietarios de predios cuyas edades MORDAZA de sesenta (60) anos a mas, o aquellos propietarios cuyos predios se ubiquen en los sectores identificados como de mayor indice de pobreza; proponiendo asi para estos casos la reduccion de la cuota inicial a pagar y ampliando el plazo para el pago mensual de los convenios de fraccionamiento que se suscriban; Que, mediante informe de vistos la Gerencia de Asesoria Juridica opina que resulta legalmente procedente la propuesta normativa de la Gerencia de Rentas, por cuanto contribuiria a que los sectores poblacionales con mayor indice de pobreza puedan regularizar el pago de sus deudas tributarias, procurando asi una mayor recaudacion a favor del corporativo, lo cual permitiria asegurar el financiamiento de los servicios publicos locales; recomendando de esta forma la aprobacion del mismo por el senor Alcalde; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en el articulo 20º numeral 6 y el articulo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ asi como a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de enero de 2009; DECRETA: Articulo Primero.- Incorporar al Decreto de Alcaldia Nº 003-2009-ALC/MLV que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y no Tributarias de la Municipalidad de La MORDAZA, el Fraccionamiento Especial cuyas condiciones se detallan en el articulo segundo. Articulo Segundo.- Establecer con caracter excepcional a lo senalado en los articulos 8º, 11º, 13º (segundo parrafo) y 14º del Decreto de Alcaldia Nº 0032009-ALC/MLV, las condiciones bajo las cuales se aplicara el Fraccionamiento Especial: 1. Podra acogerse al fraccionamiento especial, todo propietario de predio registrado como contribuyente de la Municipalidad de La MORDAZA que cumpla los siguientes requisitos: a) El propietario o integrante de la sucesion indivisa que suscribira el convenio de Fraccionamiento Social, debe tener como minimo 60 anos de edad. b) Ser propietario de un solo predio dedicado a MORDAZA habitacion. Parte del predio puede ser dedicado a cualquiera de las actividades economicas que se encuentran consideradas como comercio 1 segun la Ordenanza Nº 068-2008-MLV, el cual debe contar con licencia de funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad de La Victoria. c) Se considera que cumple la condicion de unica propiedad, si para efectos de los Arbitrios Municipales ha sido independizado por razon de uso en la base de datos de la Municipalidad de La MORDAZA o cuando ademas,

sea propietario de una unidad predial conformada por cochera, tendal, azotea, aires y/o deposito hasta 10 m2; a fin de que no se desvirtue el objetivo del Fraccionamiento Especial, estas unidades prediales, deben complementar el uso del bien principal. d) De no haber obtenido licencia de funcionamiento, sera sustituida con una carta de compromiso de iniciar el tramite dentro del plazo de veinte (20) dias habiles de suscrito el convenio respectivo. e) La deuda a fraccionar sea de naturaleza tributaria. f) Haber cancelado las costas del procedimiento coactivo en donde se tramita la deuda a fraccionar. g) Adjuntar declaracion jurada de que su ingreso familiar neto no sea superior a 1 Unidad Impositiva Tributaria ­ UIT ­ vigente al inicio del ejercicio fiscal. En este caso la Gerencia de Desarrollo Social con caracter aleatorio, realizara una verificacion y un informe social ex post, el cual puede ser sustento para revocar el fraccionamiento, si no se cumple con dicho requisito, de ser el caso. 2. Podran acogerse al presente fraccionamiento especial aquellos contribuyentes cuyos predios se encuentren ubicados en las zonas que a continuacion se detallan, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 068-2008-MLV para el arbitrio de Limpieza Publica:
Nº 1 AV. GRAU JR. RENOVACION JR. MISTI JR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2 JR. MISTI JR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA JR. MORDAZA RAIMONDI JR. HUASCARAN 3 AV. GRAU JR. LUCANAS JR. MISTI JR. MORDAZA DE LA MAR 4 AV. GRAU JR. PROLONGACION MORDAZA JR. MISTI JR. PARINACOCHAS 5 AV. LAS AMERICAS JR. TARAPOTO JR. MOYOBAMBA JR. MORDAZA 6 JR. ANDAHUAYLAS JR. MORDAZA BARRANCA CA. SAN MORDAZA JR. SAN MORDAZA 7 8 AA.HH.CERRO EL MORDAZA AA.HH. CERRO SAN MORDAZA MANZANA 8 MANZANA 9 DIRECCION UBICACION ALTURA MORDAZA A A A A A A A A B B B B B B B B E E E E A A A A D D CDRA. 01 CDRA. 02 CDRA. 01 MANZANA 2 CDRA. 01 CDRA. 01 CDRA. 04 CDRA. 02 MANZANA 3 CDRA. 10 CDRA. 01 CDRA. 10 CDRA. 01 MANZANA 4 CDRA. 12 CDRA. 11 CDRA. 12 CDRA. 01 MANZANA 6 CDRA. 14 CDRA. 01 CDRA. 02 CDRA. 27 MANZANA 7 CDRA. 08 CDRA. 07 CDRA. 08 CDRA. 06

MANZANA 1 CDRA. 05

Fuente: Ministerio de Economia y Finanzas - Sistema de Focalizacion de Hogares (SisFoh)

2.1. Los contribuyentes cuyos predios se ubiquen en las zonas detalladas en el presente articulo deben cumplir los siguientes requisitos para acogerse al fraccionamiento especial: a) MORDAZA propietarios de un solo predio dedicado a MORDAZA habitacion y parte del predio puede ser dedicado a cualquiera de las siguientes actividades economicas que se encuentran consideradas como comercio 1 en la Ordenanza Nº 068-2008-MLV, el cual debe contar con licencia de funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad de La Victoria.

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