Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2009 (09/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 9 de junio de 2009

derivados de quejas o investigaciones y decidan dictar el auto que abre el procedimiento disciplinario deberan motivarlo debidamente, observando los requisitos legales pertinentes y de modo especial los aspectos siguientes: 1. Cargos atribuidos por el quejoso o por quien pone en conocimiento del organo contralor las presuntas conductas disfuncionales. 2. Descripcion por el magistrado contralor de las conductas disfuncionales atribuidas, en relacion a cada uno de los cargos determinados. 3. Subsuncion de cada conducta disfuncional al supuesto normativo especifico que da lugar al procedimiento disciplinario, tanto en lo considerativo como en lo resolutivo. Articulo Cuarto.- OBLIGATORIEDAD La presente resolucion es de cumplimiento obligatorio en sede contralora bajo responsabilidad. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al senor Presidente del Poder Judicial, Consejo de Ejecutivo del Poder Judicial, Magistrados de la Oficina de Control de la Magistratura y Jefes de las ODECMAs a nivel nacional. Publiquese, comuniquese, cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal de la Corte Suprema de Justicia de la Republica Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura 357719-1

MORDAZA operativo eliminando el paso previo por el Centro de Distribucion Modular, tanto mas si se tiene en cuenta que en cuanto a la entrega de cedulas de notificacion y devolucion de los cargos de notificacion que se realizan en dichos Juzgados, no existe el paso previo por el Centro de Distribucion Modular, por lo que nada justifica la permanencia de dicho MORDAZA operativo solo en cuanto a la entrega de escritos y otros documentos del Centro de Distribucion General al especialista; por lo que el Consejo Ejecutivo Distrital, en Sesion de la fecha, acordo complementar la Resolucion Administrativa Nº 018-2009CE-CSJC, a fin de que se incluya a los Juzgados Penales (Reos Libres) en la Reestructuracion de los Procesos Operativos; eliminando el paso previo por el Centro de Distribucion Modular, en cuanto a la entrega de escritos y otros documentos al Especialista; por lo que debe oficializarse dicho acuerdo; Por estos fundamentos, y estando a las facultades conferidas por el articulo 96º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital: RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que a partir de la fecha, el Centro de Distribucion General ­ CDG (Mesa de Partes Automatizada) entregara directamente al Especialista correspondiente de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia del Callao, los escritos y todo MORDAZA de documentos, sin el paso previo por el Centro de Distribucion Modular. Articulo Segundo.- PONGASE la presente Resolucion en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital, de los senores Magistrados de esta Corte Superior de Justicia, de los senores Administradores de los Centros Modulares, del Administrador del Centro de Distribucion General y de la Oficina Distrital de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. S.S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA G. MORDAZA CHUMAN MORDAZA ANCHANTE MORDAZA MORDAZA J. ARBULU MORDAZA MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA 357742-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la entrega directa por parte del Centro de Distribucion General de escritos y documentos al Especialista correspondiente de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia del Callao
CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 020-2009-CED-CSJC/PJ Callao, 3 de junio de 2009 VISTO; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo Distrital de esta Corte Superior de Justicia, mediante Resolucion Administrativa Nº 018-2009-CE-CSJC, dispuso la Reestructuracion de Procesos Operativos respecto a la recepcion de escritos y otros documentos presentados al Centro de Distribucion General ­ CDG (Mesa de Partes Automatizada) hasta su entrega al Especialista de los Juzgados Civiles, de Familia y Laborales, sin el paso previo por el Centro de Distribucion Modular; Que, luego de la revision de todos los procesos operativos que se realizan en los distintos organos jurisdiccionales se ha advertido que los escritos y otros documentos presentados al Centro de Distribucion General (Mesa de Partes Automatizada), son enviados previamente al Centro de Distribucion Modular del area Penal MORDAZA de su entrega al Especialista correspondiente, hecho que causa retardo en la tramitacion de los procesos penales que requieren de celeridad por ventilarse derechos fundamentales como la MORDAZA individual de la persona humana; Que, a fin de lograr un servicio eficiente y eficaz a nivel integral, tambien debe ser reestructurado dicho

Establecen la conformacion de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao
CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 021-2009-CED-CSJC/PJ Callao, 3 de junio de 2009 VISTO; La Resolucion Administrativa de Jefatura Nº 080-2009-J-OCMA/PJ, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de fecha veintinueve de MORDAZA del ano en curso, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha primero de junio de 2009; y la propuesta de la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º, apartado MORDAZA, de la Resolucion de Jefatura Nº 080-2009-J-OCMA/PJ, dispone que el

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