Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2009 (09/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, martes 9 de junio de 2009

PROYECTO
SE RESUELVE: de 2009.

397257

PROYECTO DE RESOLUCION MORDAZA, de

MATERIA: Conformacion del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones- OSIPTEL y del Comite Electoral para el MORDAZA de eleccion de sus miembros, periodo 2009 ­ 2011. VISTO: El Informe Nº -C/2009 de la Comision encargada de elaborar el proyecto de MORDAZA para la conformacion del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL y designacion de miembros del Comite Electoral para la eleccion de sus miembros, periodo 2009­2011; y con la opinion favorable de la Gerencia Legal. CONSIDERANDO: Que, en el articulo 9º-A de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, incorporado mediante Ley Nº 28337, se establece que los Organismos Reguladores contaran con uno o mas Consejos de Usuarios, cuyo objetivo es constituirse en mecanismos de participacion de los agentes interesados en la actividad regulatoria del sector involucrado y que estaran conformados en atencion a las caracteristicas propias de los mercados regulados por los Organismos Reguladores, segun se trate de servicios de alcance nacional, regional o local; Que, de conformidad con lo previsto en el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27332, modificado por Decreto Supremo Nº 0032007-PCM, corresponde al Consejo Directivo de cada Organismo Regulador determinar el numero de miembros del Consejo de Usuarios, para la posterior convocatoria al MORDAZA de eleccion de los mismos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-PCM se modifico el Reglamento de la Ley Nº 27332, precisando aspectos referidos a la conformacion del Consejo de Usuarios, la duracion de su mandato y del MORDAZA de eleccion; Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 27332, cada Organismo Regulador podra dictar las normas complementarias para el funcionamiento de los Consejos de Usuarios; Que, tal como lo dispone el articulo 19º del Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27332, el Comite Electoral tiene a su cargo la responsabilidad de la conduccion y desarrollo del MORDAZA de eleccion de los miembros de los Consejos de Usuarios, el cual estara conformado por tres miembros designados mediante Resolucion del Consejo Directivo del Organismo Regulador; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 24º e inciso b) del y 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, el Consejo Directivo del OSIPTEL es el organo competente para ejercer de manera exclusiva la funcion normativa, la cual comprende la expedicion de normas y resoluciones de caracter general, en materia de su competencia; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº publicada en el Diario Oficial El Peruano el de junio de 2009, se acordo publicar el proyecto normativo para la conformacion del Consejo de Usuarios del OSIPTEL y para designacion de los miembros del Comite Electoral para el MORDAZA de eleccion del periodo 2009-2011, otorgando el plazo de quince (15) dias calendario para que los interesados presenten sus comentarios; Que, conforme aparece en . . . . . . . . se han presentado los siguientes comentarios respecto del proyecto normativo; en razon de lo cual mediante la presente Resolucion corresponde aprobar la MORDAZA definitiva; En aplicacion de las funciones previstas en el inciso b) del Articulo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº ;

Articulo 1º.- Aprobar la conformacion del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones a nivel nacional, para el periodo 2009 ­ 2011, en los terminos que aparecen del Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Designar como miembros del Comite Electoral a cargo de la conduccion y desarrollo del MORDAZA de eleccion de los miembros del Consejo de Usuarios, a los siguientes funcionarios: -....... -....... -....... Articulo 3º.- Facultar al Presidente del Consejo Directivo para que apruebe el Reglamento Electoral que rija el MORDAZA de Eleccion de los miembros del Consejo de Usuarios del OSIPTEL para el periodo 2009-2011, el cual sera puesto a disposicion de los interesados en la pagina web institucional del OSIPTEL. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional del OSIPTEL. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y publiquese. ANEXO I CONFORMACION DEL CONSEJO DE USUARIOS DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Articulo 1º.- Del Consejo de Usuarios del OSIPTEL El Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL contara, para el periodo 2007 ­ 2009, con un (01) Consejo de Usuarios, el mismo que tendra alcance a nivel nacional. Articulo 2.- Sede del Consejo de Usuarios El Consejo de Usuarios del OSIPTEL se instalara y funcionara en la MORDAZA de Lima. Articulo 3º.- Conformacion del Consejo de Usuarios del OSIPTEL El Consejo de Usuarios estara conformado por siete (07) miembros. (i) Cuatro (04) miembros elegidos entre los candidatos propuestos por las Asociaciones de Consumidores y Usuarios. Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios deben estar debidamente constituidas e inscritas en el Registro Publico respectivo y cumplir con los demas requisitos senalados en la Ley Nº 27332, su Reglamento y las disposiciones que se establezcan para el MORDAZA electoral. (ii) Tres (03) miembros elegidos entre los candidatos propuestos por los Colegios Profesionales cuya especialidad tenga correspondencia con las materias propias de los servicios publicos de telecomunicaciones; por las Universidades Publicas y Privadas que cuenten con Facultades relacionadas con las materias propias de los servicios publicos de telecomunicaciones; por las Organizaciones sin fines de lucro vinculadas al MORDAZA de los servicios publicos de telecomunicaciones; y por las Organizaciones del sector empresarial no vinculadas a las entidades prestadoras de servicios publicos de telecomunicaciones. Las Universidades, Colegios Profesionales y Organizaciones citadas en el parrafo anterior deben estar debidamente constituidas, y de ser el caso, inscritas en el Registro Publico respectivo, y cumplir con los demas requisitos senalados en la Ley Nº 27332, su Reglamento y las disposiciones que se establezcan para el MORDAZA de Eleccion.

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