Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2009 (09/06/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, martes 9 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397251

de noventa (90) dias calendarios, por los fundamentos expuestos; Que, mediante el Informe Nº 0761-2009-MDI-GAR/ UL de fecha 22MAY2009, la Unidad de Logistica refiere que mediante Informe Nº 0001-2009-MDI-CE del Comite Especial de Licitacion Publica Nº 00001-2009-MDICE se solicita la Nulidad del MORDAZA de seleccion, por las razones ahi expuestas, Nulidad que fue declarada mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 278-2009-MDI, en consecuencia la nueva convocatoria del MORDAZA de seleccion se estaria programando previa determinacion del producto por parte del Comite de Administracion del Vaso de Leche, recomendado se realicen las gestiones pertinentes para que se declare en Situacion de Desabastecimiento al programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Independencia por el plazo de noventa (90) dias calendarios; exonerandose del MORDAZA de seleccion por un monto de S/. 885,682.72, de acuerdo con lo previsto en el articulo 20º y 22º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado, aprobado por el D.L. Nº 1017, para la contratacion de los siguientes insumos alimenticios:

de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Independencia, por el plazo de noventa (90) dias calendarios, por los fundamentos expuestos. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Logistica a fin que ejecute el MORDAZA de seleccion por exoneracion para la Adquisicion de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Independencia mediante acciones inmediatas, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de acuerdo al monto siguiente:
PRODUCTO CANTIDAD MONTO POR PRECIO UNITARIO S/. 2.12 S/. 5.06 COSTO TOTAL S/. 632,942.96 252,739.76

LECHE EVAPORADA 298,558 latas ENTERA (410 gr.) HOJUELA DE 49,948.57 KGS. QUINUA

PRODUCTO LECHE EVAPORADA ENTERA (410 gr.) HOJUELA DE QUINUA

CANTIDAD 298,558 latas 49,948.57 KGS.

MONTO POR PRECIO UNITARIO S/. 2.12 S/. 5.06

COSTO TOTAL S/. 632,942.96 252,739.76

Que, mediante Informe Nº 0184-2009-UAL/MDI de fecha 22MAY2009, la Unidad de Asesoria Legal luego de un amplio analisis de los hechos, Opina que el Concejo Municipal declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Independencia, por el lapso de noventa (90) dias calendarios; debiendo asimismo aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por un monto de S/. 885,682.72 para la contratacion del abastecimiento de los siguientes insumos alimenticios: a) 298,558 latas de leche evaporada entera de 410 gr. A razon de S/. 2.12 por lata, haciendo un total de S/. 632,942.96; b) 49,948.57 kilos de hojuela de cereales con soya precocidos con vitaminas y minerales en envases de 440 gr. A razon de S/. 5.06 por kilo, haciendo un total de S/. 252,739.76; montos establecidos en el Informe Nº 07612009-MDI-GAR/UL senalado en el parrafo precedente; debiendo ademas en el acuerdo exoneratorio, de conformidad con lo previsto en el MORDAZA parrafo del articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado y el ultimo parrafo del articulo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones, el Concejo Municipal disponer el inicio de las acciones que correspondan de conformidad con lo previsto en el articulo 46º de la referida ley, a efectos que se deslinde las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores involucrados toda vez que la aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de desabastecimiento, no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios y/o servidores de la Entidad, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal; constituyendo agravante si dicha situacion fue generada por dolo o culpa inexcusable; Con el MORDAZA a favor de cuatro (04) regidores presentes (Castaneda, Azana, MORDAZA y MORDAZA Gutarra), cuatro (04) votos en contra (Torres MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Espiritu) ninguna abstencion y con el MORDAZA Dirimente A favor del Sr. MORDAZA, en aplicacion a lo dispuesto por el articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, en concordancia con el Reglamento Interno de Concejo (RIC), con cargo a redaccion y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta. SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la Declaracion en Situacion de Desabastecimiento Inminente, el Suministro

Ascendiendo el valor total de ambos productos a la suma de S/. 885,682.72. Con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 Recursos ordinarios. Articulo Tercero.- RECOMENDAR a la Gerencia Municipal disponer las acciones pertinentes orientadas a determinar las responsabilidades derivadas de la situacion de desabastecimiento inminente, conforme a Ley. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General, la publicacion del presente Acuerdo en el diario Oficial "El Peruano" dentro de los diez (10) dias habiles de adoptado el presente Acuerdo, asi como remitir a la Contraloria General de la Republica y la organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, MORDAZA del Acuerdo y de los Informes que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley y a la Unidad de Logistica su publicacion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, conforme a ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA 357852-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Incorporan fraccionamiento especial en el D.A. Nº 003-2009-ALC/MLV que aprobo el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2009-ALC/MLV La MORDAZA, 3 de junio de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA POR CUANTO: VISTOS; el Memorandum Nº 238-2009/MLV-GR de fecha 2 de junio de 2009 emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 189-09-GAJ-MDLV de la fecha emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 28607 ­ Ley de Reforma Constitucional ­ en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.