Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2009 (29/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2009

Que, como sustento de su solicitud, presento el Contrato de Cesion de Posicion Contractual y de Transferencia de Servidumbres, suscrito el 01 de febrero de 2009 entre Edegel S.A.A. y Chinango S.A.C., mediante el cual aquella cedio a favor de esta su posicion contractual en el Contrato de Concesion Nº 092-96, en los terminos y condiciones de dicho contrato, con lo cual Chinango S.A.C. debiera tenerse como titular de la concesion definitiva de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Yanango; Que, mediante el documento con registro de ingreso N° 1879961, Edegel S.A.A. preciso que la fecha de entrada en vigencia de la reorganizacion simple a la que se hace referencia en el contrato citado en el considerando precedente es el 31 de MORDAZA de 2009, motivo por el cual requirio que la aprobacion de la transferencia solicitada surta efectos a partir de dicha fecha; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1436° del Codigo Civil, la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, la citada solicitud cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 061-2006-EM, y estando a lo dispuesto por el articulo 1436° del Codigo Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesion a Chinango S.A.C., quien debera elevar el Contrato de Cesion de Posicion Contractual a Escritura Publica, incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotacion de los Servicios Publicos, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe Nº 132-2009-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 1435° y 1436° del Codigo Civil, en el MORDAZA parrafo del articulo 53° y en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la transferencia de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Yanango, que efectua Edegel S.A.A. a favor de Chinango S.A.C. por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Tener como titular de la concesion mencionada en el articulo precedente a Chinango S.A.C. a partir del 31 de MORDAZA de 2009, quien asumira en esta oportunidad todos los derechos y obligaciones que aparecen en el Contrato de Concesion Nº 092-96. Articulo 3°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera ser incorporado en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Cesion de Posicion Contractual mencionado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

RESOLUCION SUPREMA N° 038-2009-EM
MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Expediente Nº 14113800 sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, organizado por Edegel S.A.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11008822 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral Lima; y la solicitud de transferencia de concesion, presentada el 21 de enero de 2009; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Resolucion Suprema Nº 026-2002EM, publicada el 16 de agosto de 2002, se otorgo a favor de Edegel S.A.A. la concesion definitiva para realizar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision en 13,8 kV MORDAZA de Maquinas ­ Bocatoma de la CH Chimay, ubicadas en el departamento de MORDAZA, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 200-2002; Que, mediante el documento presentado el 21 de enero de 2009, ingresado bajo el Registro Nº 1853463, Edegel S.A.A. solicito a la Direccion General de Electricidad se apruebe la transferencia de la concesion definitiva para el desarrollo de la actividad de transmision referida de manera precedente, a favor de la empresa Chinango S.A.C., sociedad inscrita en el Asiento A00001 de la Partida Electronica Nº 12136598 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral Lima; Que, como sustento de su solicitud, presento el Contrato de Cesion de Posicion Contractual y de Transferencia de Servidumbres, suscrito el 01 de febrero de 2009 entre Edegel S.A.A. y Chinango S.A.C., mediante el cual aquella cedio a favor de esta su posicion contractual en el Contrato de Concesion Nº 200-2002, en los terminos y condiciones de dicho contrato, con lo cual Chinango S.A.C. debiera tenerse como titular de la concesion definitiva de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision en 13,8 kV MORDAZA de Maquinas ­ Bocatoma de la CH Chimay; Que, mediante el documento con registro de ingreso N° 1879964, Edegel S.A.A. preciso que la fecha de entrada en vigencia de la reorganizacion simple a la que se hace referencia en el contrato citado en el considerando precedente es el 31 de MORDAZA de 2009, motivo por el cual requirio que la aprobacion de la transferencia solicitada surta efectos a partir de dicha fecha; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1436° del Codigo Civil, la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, la citada solicitud cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 061-2006-EM, y estando a lo dispuesto por el articulo 1436° del Codigo Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesion a Chinango S.A.C., quien debera elevar el Contrato de Cesion de Posicion Contractual a Escritura Publica, incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotacion de los Servicios Publicos, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe Nº 134-2009-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 1435° y 1436° del Codigo Civil, en el MORDAZA parrafo del articulo 53° y en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la transferencia de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision en 13,8 kV MORDAZA de Maquinas ­ Bocatoma de la CH Chimay, que efectua

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