Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2009 (29/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2009

Autorizan a Petro - Tech Peruana S.A. la instalacion de ductos en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 097-2009-EM/DGH
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2009 VISTO el expediente Nº 1808288, de fecha 4 de agosto de 2008 y sus Anexos Nº 1819219, Nº 1840162 y Nº 1846905, de fechas 8 de setiembre, 28 de noviembre y 23 de diciembre de 2008, respectivamente, presentado por la empresa Petro - Tech Peruana S.A., mediante el cual solicita la Autorizacion de Instalacion de un Ducto para Uso Propio con una extension de 16.20 Km. y un diametro de 6 5/8 pulgadas, para el transporte de Gas Natural Humedo, que se instalara desde la Bateria Providencia I en el distrito de la MORDAZA, hasta la Estacion de Estabilizacion PTP (Petro-Tech Peruana) en el distrito de Parinas; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 16 de noviembre de 1993, Petroleos del Peru S.A. ­ Petroperu S.A. suscribio con Petro-Tech Peruana S.A., el Contrato de Servicios para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote Z-2B, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 044-93-EM. A partir del 18 de noviembre de 1993, Perupetro S.A., en calidad de contratante del mencionado contrato, asumio los derechos y obligaciones de Petroperu S.A.; Que, mediante escrito de fecha 4 de agosto de 2008 (Expediente Nº 1808288), la empresa Petro-Tech Peruana S.A. solicito autorizacion de instalacion de un Ducto para Uso Propio, con una extension de 16.20 Km. de longitud y un diametro de 6 5/8 pulgadas, para transportar un MORDAZA de 15 MMSCFD de Gas Natural Humedo desde la Bateria Providencia I en el distrito de la MORDAZA, hasta la Estacion de Estabilizacion PTP (Petro-Tech Peruana) en el distrito de Parinas; a fin de mejorar la utilizacion del Gas Natural Humedo del area de Providencia en Bateria Providencia I; Que, mediante los Expedientes Nº 1819219 y Nº 1846905, en forma complementaria a su solicitud, la referida empresa adjunto el Plano Nº E-2221 detallando la ubicacion y coordenadas UTM exactas de los tramos por donde pasara el Ducto para Uso Propio, precisando que el punto final del Ducto esta en la Estacion de Estabilizacion PTP en Parinas que pertenece a la operacion que realiza su empresa y que el titulo del proyecto es "Instalacion de Gasoducto de 6 5/8" O x 16.2 Km. Gas Natural Humedo Bateria Providencia I ­ Estacion de Estabilizacion PTP en Parinas"; Que, de la revision del expediente se advierte que la empresa solicitante no remitio a esta Direccion General el certificado de vigencia de poderes del MORDAZA representante legal, motivo por el cual, mediante Oficio Nº 449-2009EM/DGH de fecha 6 de marzo de 2009, se le requirio que cumpla con absolver la observacion indicada, la misma que fue subsanada mediante Carta Nº GM-173-2009 de fecha 10 de marzo de 2009 (Expediente Nº 1870431); Que, al respecto, el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, define el "Ducto para Uso Propio", como aquel utilizado para transportar Hidrocarburos de propiedad del titular del Ducto, entre dos Instalaciones de Hidrocarburos sobre las cuales tenga la condicion de Operador; Que, asimismo, el referido Reglamento, en su articulo 85º senala que la solicitud de Autorizacion de Instalacion del Ducto para Uso Propio, que cumpla con los requisitos establecidos en el articulo 84º del Reglamento citado, debera resolverse mediante Resolucion expedida por la Direccion General de Hidrocarburos; Que, mediante el Informe Nº 005-2009/DGH-CHL, la Direccion de Promocion y Concesiones de Hidrocarburos Liquidos de esta Direccion General concluyo que el gasoducto recae en la categoria de Ducto para Uso Propio, por encontrarse este entre dos instalaciones de hidrocarburos de propiedad del titular del Ducto (PetroTech Peruana S.A.); asimismo, senala que la referida empresa ha cumplido con todos los requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 081-2007EM, recomendando el otorgamiento de la autorizacion de instalacion segun lo solicitado; Que, asimismo, cabe precisar que para la instalacion del mencionado Ducto, la empresa solicitante debera cumplir con las Normas de Seguridad establecidas en los Anexos 1 y 2, y las normas de Proteccion Ambiental establecidas en el

Titulo IX, segun lo dispuesto por el ultimo parrafo del articulo 1º del Reglamento mencionado; Que, por lo expuesto, resulta procedente otorgar la Autorizacion de Instalacion de Ducto para Uso Propio a favor de la empresa Petro-Tech Peruana S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 081-2007-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa Petro-Tech Peruana S.A. la instalacion de un Ducto para Uso Propio, con una extension de 16.20 Km. de longitud y un diametro de 6 5/8 pulgadas, para transportar un MORDAZA de 15 MMSCFD de Gas Natural Humedo desde la Bateria Providencia I en el distrito de la MORDAZA, hasta la Estacion de Estabilizacion PTP (Petro-Tech Peruana) en el distrito de Parinas. Articulo 2º.- La empresa Petro-Tech Peruana S.A., previo al inicio y durante la instalacion y/o construccion del Ducto para Uso Propio al que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion Directoral, debera cumplir con las Normas de Seguridad contenidas en el Reglamento para el Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, asi como con las normas medio ambientales que correspondan y demas normas aplicables. Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion Directoral a la empresa Petro-Tech Peruana S.A. y al Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Hidrocarburos Direccion General de Hidrocarburos

349081-1 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 098-2009-EM/DGH
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2009 VISTO el Expediente Nº 1795796, de fecha 01 de MORDAZA de 2008 y los Anexos Nº 1807002, 1817023, 1840162, 1844904 y 1845478, de fechas 25 de MORDAZA, 01 de setiembre, 28 de noviembre, 12 y 16 de diciembre de 2008, respectivamente, presentado por la empresa Petro-Tech Peruana S.A, mediante el cual solicita la autorizacion de instalacion del Ducto Principal con una extension de 16.45 Km. y un diametro de 6 5/8", para el transporte de Gas Seco, que se instalara desde la Estacion de Compresion Parinas hasta la Refineria Talara, ubicado en el distrito de Parinas, Provincia de Talara, Departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 16 de noviembre de 1993, Petroleos del Peru S.A. ­ Petroperu S.A. suscribio con Petro-Tech Peruana S.A., el Contrato de Operaciones para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote Z-2B, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 044-93-EM. A partir del 18 de noviembre de 1993, Perupetro S.A., en calidad de contratante del mencionado contrato, asumio los derechos y obligaciones de Petroperu S.A.; Que, mediante escrito de fecha 01 de MORDAZA de 2008, la empresa Petro-Tech Peruana S.A. solicito Autorizacion para la Instalacion y Operacion de un Ducto para Uso Propio y Principal para el proyecto "Estacion de Compresion y Gasoducto de 6 5/8" x 16.45 Km. Gas Seco Parinas PGPRefineria Petroperu"; Que, de acuerdo a la definicion establecida en el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, el "Ducto Principal" es el conjunto de tuberias, equipos e instalaciones destinados a transportar hidrocarburos, construido en cumplimiento de obligaciones contraidas por el Contratista en un contrato celebrado conforme al articulo 10º de la Ley Organica de Hidrocarburos y destinado a transportar hidrocarburos producidos bajo dicho contrato; Que, el articulo 78º del Reglamento referido en el considerando precedente, senala los requisitos que se deberan presentar para el otorgamiento de una autorizacion de instalacion de un Ducto Principal; debiendose resolver mediante Resolucion expedida por la Direccion General de Hidrocarburos;

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