Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2009 (29/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2009

Visto, el Informe Nº 047-2009-DRECPC/INC de fecha 29 de MORDAZA de 2009, emitido por la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo; CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru, senala que es funcion del Estado la proteccion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el inciso 1 del articulo 2º de la Convencion para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO establece que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y tecnicas ­junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes ­ que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generacion en generacion, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en funcion de su entorno, su interaccion con la naturaleza y su historia, infundiendoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo asi a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana"; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, dispone que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, el numeral 2) del articulo 1º del Titulo I de la citada Ley establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nacion las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autoctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1207/INC, de fecha 10 de noviembre de 2004, se aprobo la Directiva Nº 002-2004-INC, "Reconocimiento y declaratorias de las manifestaciones culturales vigentes como patrimonio cultural"; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la Ley, y con la participacion activa de la comunidad, realizar una permanente identificacion de dichas manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas patrimonio cultural de la Nacion; Que, mediante el documento del visto la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo solicita la declaracion de la danza Paso Huanquilla, del distrito de San MORDAZA, provincia MORDAZA MORDAZA MORDAZA, region MORDAZA, como Patrimonio Cultural de la Nacion, conforme al expediente presentado por la Direccion Regional de Cultura de Ancash; Que, la danza Paso Huanquilla es definida como una "danza costumbrista" (esto es, tradicional de esta micro region) que se representa durante la fiesta de la Virgen de las MORDAZA o Mama Milshi en el citado distrito de San Luis; Que, dicha danza se presume es de origen prehispanico, siendo originaria de las poblaciones locales que luego fueron sometidas a los incas y que sobrevivio, disfrazada bajo el ropaje catolico del culto a la Virgen, como una representacion de la MORDAZA o Mama MORDAZA, cuyo culto se confunde con el de aquella, llamada Mama Milshi; Que, su etimologia, producto de la fusion de los nombres MORDAZA (piedra sagrada) y MORDAZA (nombre generico de la MORDAZA, considerada antiguamente una deidad), indica que se trataba originalmente de un ritual realizado en un lugar especial en honor a la luna. MORDAZA Rostworowski refiere que el vocablo quechua huacasa o huacsa designaba a las personas dedicadas al culto lunar, que se realizaba en un lugar escogido, donde seguramente habia una MORDAZA o MORDAZA, aparte de ser celebrada durante el tiempo que en el MORDAZA prehispanico, o al menos durante el Tawantinsuyo, se dedicaba al culto lunar, celebrandose el MORDAZA Raymi; Que, actualmente esta danza es el elemento mas caracteristico de la fiesta de la Virgen de las Mercedes. Es interpretada por una cuadrilla de trece danzantes (conformados por el cuerpo de diez Huanquillas o auxiliares; dos Guiadores que conducen la danza y un Caporal o director de la danza). La musica es del todo tradicional, interpretada

por musicos de arpa y violin (conjunto que en muchos lugares de los Andes esta en MORDAZA de desaparecer). El peculiar atuendo es especialmente notable en el caso de los Huanquillas, pues mientras el traje del Capataz remite a los tiempos de la hacienda, aquellos se presentan tradicionalmente con un traje MORDAZA y MORDAZA MORDAZA por una montera con plumas del mismo color cuya forma, se dice, reproduce la de la luna; Que, la aludida celebracion dura cinco dias, del 22 al 27 de septiembre, y en cada fase de la fiesta la comparsa de Huanquilla tiene una labor particular: el "Rompe" o saludo a la Mama Milshi (primer dia) en que se sale de la MORDAZA del mayordomo para recorrer el pueblo y volver a aquella; la "Vispera" (segundo dia) en que la danza se realiza en la plaza central a las 10 de la noche con quema de castillos; la Procesion de la imagen de la Virgen (tercer dia) acompanada por los danzantes; la "Despedida" (cuarto dia) de los paisanos que residen en el exterior y habian llegado de visita; la "Carrera de cintas" (quinto dia) en la que la comparsa tiene una participacion menor, y la "Colocacion" (sexto dia) o retorno de la Virgen a su altar, acompanada por la comparsa que le expresa su devocion. A estas fases de la fiesta corresponden pasos de baile que estarian asociados con una fase lunar: el Rompe o MORDAZA con el MORDAZA creciente, la MORDAZA que se baila en la Vispera, con la MORDAZA llena; la Despedida, con el MORDAZA menguante, y el Zapateo al final de la misma, con la MORDAZA nueva. El hecho de que una cuadrilla de trece danzantes bailen en una sucesion de cuatro pasos hace pensar en trece periodos lunares de trece meses, cada uno de 4 fases lunares de siete dias, 28 dias en total; Que, esta danza en la actualidad es una manifestacion muy original debido a su relacion directa con los cultos prohibidos por la dominacion MORDAZA, habiendo sobrevivido a la extirpacion de idolatrias; Estando a lo visado por el Director de Gestion, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la danza Paso Huanquilla en tanto se trata de una representacion que, por su historia, la originalidad de su coreografia y de su musica, constituye un valioso elemento del patrimonio cultural inmaterial de la region MORDAZA que contribuye a la afirmacion de la identidad colectiva regional y nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional

353088-2

Declaran al Templo de San MORDAZA de Larcay como bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 733/INC
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2009 Visto el Informe Nº 023-2009-SCCC-SDR-DPHCR/INC, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 21° de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad al articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonio y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, con el proveido de fecha 10 de MORDAZA de 2008, la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano

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