Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2009 (29/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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conductas imputadas como infraccion, decide la aplicacion de la sancion y las medidas correctivas o confirma estas cuando han sido ejecutadas por los organos instructores, de acuerdo al Cuadro de Infracciones, Sanciones y Medidas Correctivas, que forma parte de la presente Ordenanza. Son atribuciones del organo sancionador: 1. Custodiar y entregar las Papeletas de Infraccion a los organos instructores y requerir informacion sobre ellas, 2. Calificar las conductas imputadas como infraccion administrativa en las papeletas. 3. Emitir las Resoluciones de Sancion Administrativa y las Resoluciones que declaran improcedente la imposicion de sancion. 4. Mantener actualizada la base de datos de Resoluciones de Sancion Administrativa. 5. Remitir las Resoluciones de Sancion Administrativa que hayan causado estado, para su cobranza coactiva y/o ejecucion." "Articulo 18º.- DESCARGO El presunto infractor o su representante legal de ser el caso, podra realizar el descargo desvirtuando los hechos imputados, dentro del plazo de cinco (05) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de notificada la Papeleta de Infraccion Administrativa, adjuntando las pruebas documentales que considere pertinentes. El descargo se formulara por escrito y se presentara ante la Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion." "Articulo 20º.- CALIFICACION Y RESOLUCION DE SANCION ADMINISTRATIVA La Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion emitira la Resolucion de Sancion Administrativa, donde calificara si los hechos imputados constituyen infraccion, para esto debera evaluar los hechos, revisar los descargos formulados y actuar las pruebas presentadas por el presunto infractor, la resolucion debera contener: 1. La identidad completa del autor y/o responsable solidario del infractor. 2. Los hechos que configuran la infraccion. 3. El MORDAZA de infraccion. 4. La multa y medida correctiva que corresponda, indicara si se debe imponer o confirmar esta MORDAZA ejecutada al inicio del procedimiento sancionador o dentro de la medida cautelar. 5. La calificacion de reincidencia o persistencia. La Resolucion de Sancion Administrativa se emitira dentro de los cuatro (04) dias posteriores al vencimiento de la MORDAZA de descargo, o en su defecto, dentro de los cuatro (04) dias posteriores de remitida la papeleta de infraccion administrativa, siempre que el plazo de descargo MORDAZA vencido. Si los hechos instruidos no califican como infraccion, se dispondra su archivo mediante Resolucion de la Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion." "Articulo 22º.- DESCUENTO DE LA MULTA Si dentro del plazo de descargo el administrado reconoce expresamente haber cometido la infraccion, subsana la misma o inicia los tramites de subsanacion y paga la multa, esta sera rebajada en ochenta por ciento (80%). Notificada la Resolucion de Sancion Administrativa, se rebajara la multa en sesenta por ciento (60%), siempre que efectue el pago dentro de los cinco (05) dias habiles de su notificacion. Si la multa es cancelada pasados los cinco (05) dias habiles de su notificacion y MORDAZA del inicio del procedimiento de cobranza coactiva, se rebajara en cuarenta por ciento (40%). Los beneficios senalados no son concurrentes, solo se aplica un beneficio por multa. Con el pago de la multa acogiendose a los descuentos senalados se expresa reconocimiento de la comision de la infraccion y el desistimiento automatico de los recursos administrativos que hubiese presentado el obligado. Pierde el descuento otorgado si el infractor impugna la Resolucion de Sancion Administrativa. Los descuentos no son aplicables a las multas en los siguientes supuestos:

a) Cuando el infractor no MORDAZA cumplido los acuerdos de la conciliacion o no MORDAZA concurrido a la conciliacion promovida por el organo instructor. b) Por construcciones antirreglamentarias. c) Por construcciones sin licencia, en todas sus modalidades. En este caso se otorgara solo el descuento del 20%, siempre que reconozca la comision de la infraccion. Excepcionalmente, en aplicacion del MORDAZA de razonabilidad, establecido en el numeral 3) del Articulo 230º de la Ley Nº 27444, el organo sancionador podra aplicar descuentos mayores a los establecidos en la presente Articulo, en cuyo caso debera estar debidamente fundamentada la decision." Articulo Segundo.- INCORPORACION A LA ORDENANZA 284-MDJM: REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS INCORPORASE como ultimos parrafos de los articulos 17º y 38º de la Ordenanza Nº 284-MDJM Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas, los siguientes textos: "Articulo 17º.PAPELETA DE INFRACCION ADMINISTRATIVA (...) "El plazo para remitir a la Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion la papeleta de infraccion administrativa, asi como todo los medios probatorios y/o cualquier MORDAZA de prueba recopilado en la etapa de instruccion, es de tres (03) dias habiles contados a partir de la fecha de notificacion de la papeleta." "Articulo 38º.- INTERNAMIENTO TEMPORAL DE ANIMALES (...) Se internaran por un lapso no menor de treinta (30) dias de concluido el procedimiento sancionador y siempre que la Resolucion de Sancion MORDAZA quedado firme. Vencido el plazo sin haber sido recuperados, seran declarados en abandono." Articulo Tercero.- MODIFICACION DE LA ORDENANZA Nº 281-MDJM: REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES MODIFICASE el numeral 51.3 del articulo 51º y el numeral 79.-B.4 del articulo 79º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Ordenanza Nº 281-MDJM, cuyos textos quedara redactados de la siguiente manera: "51.3 Calificar la infraccion, emitir Resolucion de Sancion Administrativa, realizar su cobranza ordinaria y derivarlas para su ejecucion forzosa a la Sub Gerencia de Recaudacion y Ejecucion Coactiva." "79-B.4. Ejecutar el control de la MORDAZA, siendo organo instructor dentro del procedimiento administrativo sancionador, notificando las papeletas de infraccion, ordenando las medidas correctivas, tales como decomiso, retencion, clausura, retiro, internamiento temporal de animales y vehiculos, paralizacion de obra, demolicion, suspension de evento, suspension de autorizacion de comercio ambulatorio y reparacion ambiental." Articulo Cuarto.- MORDAZA DEROGATORIA DEROGASE el Articulo 19º de la Ordenanza Nº 284MDJM. Articulo Quinto.- APLICACION DE LA MORDAZA Los procedimientos sancionadores iniciados MORDAZA de la vigencia de la presente Ordenanza, se regiran por la normatividad anterior hasta su culminacion. Articulo Sexto.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA

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