Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2010 (06/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 007-2007ED, se creo el Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente, para desarrollar las acciones conducentes a mejorar la formacion en servicio de los profesores de las instituciones educativas publicas a nivel nacional; asi mismo, se dispuso que dicho programa estara bajo la responsabilidad de la Direccion de Educacion Superior Pedagogica dependiente de la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico Profesional, y para el cumplimiento de sus objetivos el mencionado programa contara con el apoyo de las dependencias del Ministerio de Educacion correspondientes; Que, el articulo 4º del citado Decreto Supremo establece que el Ministerio de Educacion, en atencion a los resultados de las evaluaciones censales y/o muestrales de los docentes, convocara prioritariamente a las Universidades Publicas y/o Privadas, asi como, a otras instituciones de educacion superior de prestigio para que participen en el MORDAZA de formacion y capacitacion de los docentes; Que, de otro lado, el articulo 5º del mencionado Decreto Supremo faculta al Ministerio de Educacion a aprobar las normas complementarias para la implementacion del Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente; Que, mediante Informe Nº 003-2010-GMP/DESP, el Director de Educacion Superior Pedagogica, comunica al Director General de Educacion Superior y Tecnico Profesional la necesidad de aprobar el documento de Politica Educativa Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente para el ano 2010 (PRONAFCAP 2010) "Mejores Maestros, Mejores Alumnos", el mismo que debe estar dirigido a docentes de Educacion Basica Regular y Educacion Basica Especial; Que, el Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente 2010 se ejecutara a traves de las siguientes formas de intervencion: Programa Basico, Programas de Especializacion y Actualizacion, siendo financiados por las Unidades Ejecutoras "Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente" UE 112 y "Educacion Basica para Todos" UE 026, respectivamente; Que, el articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que el Ministro podra delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion; Estando a lo opinado por la Direccion de Educacion Superior Pedagogica y la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico Profesional, mediante Informe Nº 0032010-GMP/DESP; y; De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, modificado por la Ley N° 26510, y los Decretos Supremos N°s. 006-2006-ED y 007-2007-ED; SE RESUELVE: Articulo 1.- APROBAR el documento de Politica Educativa - Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente 2010 - (PRONAFCAP 2010) "Mejores Maestros, Mejores Alumnos", el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion; dirigido a docentes de Educacion Basica Regular y Educacion Basica Especial el cual sera ejecutado con la participacion de las Universidades publicas y privadas, asi como, otras Instituciones de Educacion Superior de prestigio. Articulo 2.- FACULTAR a la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico Profesional a emitir las normas y/o disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecucion del documento de Politica Educativa "Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente 2010, (PRONAFCAP 2010) "Mejores Maestros, Mejores Alumnos". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 455114-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion temporal a favor de Consorcio Energetico Horizonte S.A.C. para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en futura central hidroelectrica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 054-2010-MEM/DM MORDAZA, 29 de enero del 2010 VISTO: El Expediente N° 21178909, sobre otorgamiento de concesion temporal de generacion para desarrollar estudios de la futura Central Hidroelectrica Pias II, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por CONSORCIO ENERGETICO HORIZONTE S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 12312325 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, CONSORCIO ENERGETICO HORIZONTE S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1923425 de fecha 17 de setiembre de 2009, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Pias II, para una potencia instalada estimada de 16,6 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Pias, Parcoy y Cochorco, provincias de Pataz y MORDAZA MORDAZA, departamento de La MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el titular de la concesion temporal asume la obligacion de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 346-2009-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion temporal a favor de CONSORCIO ENERGETICO HORIZONTE S.A.C., que se identificara con el codigo N° 21178909, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Pias II, con una potencia instalada estimada de 16,6 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Pias, Parcoy y Cochorco, provincias de Pataz y MORDAZA MORDAZA, departamento de La MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 ESTE 216 230 215 887 NORTE 9 126 638 9 127 288

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