Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2010 (06/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- Aprobar el "Instructivo para el llenado del Reporte de Publicidad Estatal en Razon a Necesidad y Utilidad Publicas en Elecciones Regionales y Municipales", cuyo texto es el siguiente:

detallado que justifique la difusion por este medio, incluyendo el numero de dias totales del contrato, que medios se utilizaron para la difusion (vehiculos, etc.) y una explicacion general de los contenidos difundidos. 4.6. MEDIOS DE PUBLICIDAD CONEXOS Este punto incluira todos aquellos medios no detallados en los puntos precedentes segun los criterios establecidos anteriormente. 5. RESUMEN TOTAL DE LA INVERSION. Se indicara el monto total invertido en la semana a reportar, que debera ser igual a la suma parcial de la inversion en medio de comunicacion televisiva, radial, escrita, estatica, volantes y difusion por altoparlante. Articulo Cuarto.- El presente Reglamento entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S.

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL REPORTE DE PUBLICIDAD ESTATAL EN RAZON A NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICAS EN ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 1. ENTIDAD. Se debera colocar el nombre de la Entidad. 2. MES. Se debera colocar el mes en el cual se realizo la publicidad estatal. 3. SEMANA. Se debera colocar la fecha de la semana a reportar, es decir la fecha del lunes al MORDAZA del mes en cual se reporta la publicidad estatal. 4. MEDIO DE COMUNICACION.

MORDAZA URDANIVIA 4.1. TELEVISIVA Se indicara el nombre de la empresa televisiva que difundio el aviso contratado por la entidad, siendo la unidad de medida (spot televisivo), debiendose indicar la cantidad de estos y su inversion en Nuevos Soles, durante la semana a reportar. Asimismo, dentro de "Fundamento de la Impostergable Necesidad o Utilidad Publica", se colocara el sustento detallado que justifique la emision de los comerciales reportados en la semana. Incluyendo una explicacion general de los contenidos difundidos. 4.2. RADIAL Se indicara el nombre de la empresa radial que difundio el aviso contratado por la entidad siendo la unidad de medida (spot radial), debiendose indicar la cantidad de estos y su inversion en Nuevos Soles, durante la semana a reportar. Asimismo, dentro de "Fundamento de la Impostergable Necesidad o Utilidad Publica", se colocara el sustento detallado que justifique la emision de los comerciales reportados en la semana. Incluyendo una explicacion general de los contenidos difundidos. 4.3. DISTRIBUIDA Este punto incluira las empresas de prensa escrita como: diarios y revistas, (periodicas o no) en donde la unidad de medida sera el aviso, debiendose indicar la cantidad de estos y su inversion total en Nuevos Soles, durante la semana a reportar. De igual forma se reportaran la cantidad de boletines, folletos, afiches, posteres, volantes, panfletos, camisetas u otra indumentaria, calendario, pines, llaveros lapicero u otros utiles y elementos publicados en Internet, siguiendose el criterio establecido anteriormente, debiendose indicar la cantidad de estos y su inversion total en Nuevos Soles, durante la semana a reportar. Asimismo, para ambos casos dentro de "Fundamento de la Impostergable Necesidad o Utilidad Publica", se colocara el sustento detallado que justifique la publicacion y distribucion de los mismos. Incluyendo una explicacion general de los contenidos difundidos. 4.4. EXHIBIDA Este punto incluira los letreros, carteles, paneles, pancartas, banderas y anuncios luminosos (unidades de medida). Se indicara la cantidad de ellos y su inversion en Nuevos Soles, durante la semana a reportar. Asimismo, dentro de "Fundamento de la Impostergable Necesidad o Utilidad Publica", se colocara un detallado sustento que justifique la utilizacion de este medio, incluyendo una explicacion general de los contenidos difundidos. 4.5. DIFUSION POR ALTOPARLANTE Se indicara el nombre de la persona que brinda el servicio, indicando la cantidad de intervalos de alocucion (unidad de medida) y su inversion total en nuevos soles, durante la semana a reportar. Asimismo, dentro de "Fundamento de la Impostergable Necesidad o Utilidad Publica", se colocara el sustento MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALBERTI MORDAZA MORDAZA Secretario General 455110-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA la apertura de oficina en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS 761-2010 MORDAZA, 25 de enero de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA (CMAC Arequipa) para que se le otorgue autorizacion para la apertura de una (1) Oficina en la modalidad de Agencia. CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion correspondiente para la apertura de la agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "B" mediante el Informe Nº 185-2009-DSM "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Reglamento de apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 128832009;

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