Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2010 (06/02/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

412943

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Derogan la R.J. N° 016-2000JEFATURA/ONP , que aprobo el certificado para la tramitacion del MORDAZA de Reconocimiento
RESOLUCION JEFATURAL N° 004-2010-JEFATURA/ONP MORDAZA, 18 de enero de 2010 VISTO: El Informe N° 010-2009-DPR.SA/ONP emitido por la Subdireccion de Administracion de Aportes de la Direccion de Produccion, y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N° 25967, modificado por la Ley N° 26323, se crea la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP, reestructurada integralmente a traves de la Ley N° 28532, reglamentada a traves del Decreto Supremo N° 118-2006-EF, y definida como un Organismo Publico del Sector Economia y Finanzas, que tiene a su cargo la administracion del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley N° 19990, asi como el Regimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales a que se refiere el Decreto Ley N° 18846 y de otros regimenes previsionales a cargo del Estado, que le MORDAZA encargados conforme a ley; Que, en aplicacion de la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 034-2008-PCM ha calificado a la ONP como Organismo Publico Tecnico Especializado; Que, de acuerdo con el numeral 1.9 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuacion de tal modo que se dote al tramite de la MORDAZA dinamica posible, evitando actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos, a fin de alcanzar una decision en tiempo razonable, sin que ello releve a las autoridades del respeto al debido procedimiento o vulnere el ordenamiento; Que, de conformidad con el numeral 1.13 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los tramites establecidos por la autoridad administrativa deberan ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberan ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir; Que, entre las funciones de la ONP se encuentran la de calificar, otorgar, liquidar y pagar el derecho a MORDAZA de Reconocimiento a que se refiere la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, MORDAZA de Reconocimiento Complementario ­ BRC a que se refiere la Ley N° 27252 y a los Bonos Complementarios de Pension Minima ­ BCPM y de Jubilacion Adelantada del Decreto Ley N° 19990 ­ BCJA a que se refiere la Ley N° 27617 y cualquier otra obligacion que se derive de sus fines, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 3° de la Ley N° 28532; Que, mediante la Resolucion Jefatural N° 016-2000JEFATURA/ONP, se creo un certificado a traves del cual la ONP senala los periodos de aportacion y/o las remuneraciones asegurables mensuales que requiere acreditar el solicitante, previa verificacion de las planillas de pago de los empleadores que se encuentran en su poder; certificado que se emplea como medio probatorio en el tramite del MORDAZA de Reconocimiento; Que, segun lo indicado en el Informe N° 010-2009-DPR. SA/ONP emitido por la Subdireccion de Administracion de Aportes de la Direccion de Produccion, actualmente para la emision del certificado aprobado por la Resolucion Jefatural N° 016-2000-JEFATURA/ONP, se debe disponer la realizacion

de acciones que resultan reiterativas y que le restan dinamica al MORDAZA de verificacion de aportes y en consecuencia al Macroproceso de Pensionamiento, toda vez que implican una primera generacion de plantillas para la revision unica y exclusivamente de las planillas de remuneraciones de empleadores que obran en poder de la ONP, solo por los periodos requeridos para la emision del referido certificado; y, posteriormente, cuando el afiliado a traves del MORDAZA de recepcion solicita su MORDAZA de Reconocimiento, se debe generar una MORDAZA plantilla o plantillas adicionales a fin de verificar otras MORDAZA de informacion y/o periodos adicionales; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del articulo 54° del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2008EF, corresponde a la Subdireccion de Administracion de Aportes conducir el MORDAZA de verificacion de aportes asi como el de control de calidad, a fin que la Institucion pueda resolver las solicitudes de derecho pensionario, MORDAZA de Reconocimiento, MORDAZA Complementario y Pensiones Complementarias, por lo que se entiende que esta tiene a su cargo la emision de los certificados aprobados por la Resolucion Jefatural N° 016-2000-JEFATURA/ONP; Que, se ha visto que en la practica la emision de dichos certificados no genera un mayor valor agregado a los tramites de solicitudes MORDAZA de Reconocimiento, razon por la cual, en aplicacion de los principios de celeridad, eficacia y simplicidad establecidos por la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, por lo que es necesario derogar la indicada Resolucion Jefatural, y establecer lo pertinente respecto de los certificados que fueron solicitados mientras estuvo vigente; En uso de las facultades conferidas por el articulo 5° de la Ley N° 28532, el articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONP, aprobado por el Decreto Supremo N° 027-2008-EF, y la designacion efectuada por Resolucion Suprema N° 075-2006-EF, modificada por la Resolucion Suprema N° 041-2007-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEROGAR la Resolucion Jefatural N° 016-2000-JEFATURA/ONP, que aprobo el certificado para la tramitacion del MORDAZA de Reconocimiento, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- PRECISAR que de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del articulo 54° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Normalizacion Previsional, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 0272008-EF, corresponde a la Subdireccion de Administracion de Aportes de la Direccion de Produccion culminar con la tramitacion y expedicion de los certificados a los que se refiere la Resolucion Jefatural N° 016-2000-JEFATURA/ONP, que fueron solicitados durante la vigencia de la misma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 454443-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan responsables de brindar informacion que soliciten las personas en las Oficinas Registrales de MORDAZA, Casma y Chimbote
RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 026-2010-SUNARP/GG MORDAZA, 2 de febrero de 2010 VISTO; el Oficio N° 043-2010-SUNARP/Z.R.N°VII/ JEF, de fecha 28 de enero de 2010, remitido por el Jefe de la MORDAZA Registral N° VII - Sede MORDAZA, abogado MORDAZA Adrico MORDAZA Ponte;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.