Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2010 (10/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

420417

b) UN (1) Embarcadero deportivo ocupando un area acuatica de CIENTO NOVENTA Y TRES CON 36/100 METROS CUADRADOS (193.36 m2):
Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice F F1 G H I J K L M N O D E Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud 12° 24' 35.134" S 12° 24' 35.130" S 12° 24' 35.123" S 12° 24' 35.098" S 12° 24' 35.087" S 12° 24' 35.014" S 12° 24' 35.026" S 12° 24' 34.282" S 12° 24' 34.278" S 12° 24' 34.725" S 12° 24' 34.761" S 12° 24' 34.850" S 12° 24' 34.805" S Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud 076° 46' 50.329" 076° 46' 50.258" 076° 46' 50.127" 076° 46' 50.126" 076° 46' 49.817" 076° 46' 49.812" 076° 46' 50.125" 076° 46' 50.125" 076° 46' 50.339" 076° 46' 50.345" 076° 46' 50.424" 076° 46' 50.421" 076° 46' 50.320" W W W W W W W W W W W W W

Designan miembros integrantes de la Junta de Sanidad Especial Intersanidades de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 258-2010-DE/SG MORDAZA, 9 de junio de 2010 Visto los documentos, Oficio Nº 036 T-4.j.1.b/1/15.07.02 del 22 de enero de 2010, Oficio G.500-00336 del 21 de enero de 2010, Oficio NC-35-SGFA-JPPS-Nº 0186 del 21 de enero de 2010, Oficio Nº 101-2010-DIRSAL PNP/Sec del 22 de enero de 2010 y Oficio Nº 176-2010-MINDEF/ VRD/A/05.00 del 3 de febrero del 2010, mediante los cuales se designan representantes para conformar la Junta de Sanidad Especial Intersanidades de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru. CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 057-DE/SG de fecha 10 de noviembre de 1999, se aprobo el Reglamento de Inaptitud Psicosomatica para la permanencia en Situacion de Actividad del Personal Militar y Policial; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 7º del citado Reglamento, se crea la Junta de Sanidad Especial Intersanidades de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, con el fin de revisar y dictaminar en relacion a los referidos reclamos y observaciones sobre Inaptitud Psicosomatica y/o Invalidez del Personal Militar y Policial para permanecer en la situacion de Actividad; Que, el Articulo 8º del precitado Reglamento establece que la Junta de Sanidad esta integrada por el Presidente, Secretario, Componente Medico de las Instituciones de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru, Componente Juridico y Componentes Administrativos, los mismos que seran nombrados anualmente; asimismo, la Presidencia de dicha Junta sera ejercida anualmente en forma rotativa por el Componente Medico; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 220-2009DE/SG de fecha 23 de junio del 2009, se designo a los miembros de la Junta de Sanidad Especial Intersanidades de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru para el ano 2009, siendo necesario designar la nueva Junta para el ano 2010; Que, el numeral 17.1 del Articulo 17º de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General senala que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con lo previsto en el numeral 4 del Articulo 11º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, y lo establecido por el Articulo 6º de la Organica Basica del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por las Instituciones de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar con eficacia anticipada al 1 de enero de 2010, a los siguientes Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru, como miembros integrantes de la Junta de Sanidad Especial Intersanidades de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru: Presidente de la Junta: - MORDAZA FAP MORDAZA CHICHIZOLA MORDAZA Secretario de la Junta: - Comandante FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Componente Administrativo)

c) UNA (1) Plataforma ocupando un area acuatica de CERO CON 98/100 METROS CUADRADOS (0.98 m2):
Vertice Vertice Vertice Vertice m 1 2 3 Latitud Latitud Latitud Latitud 12° 24' 34.962" S 12° 24' 34.962" S 12° 24' 34.937" S 12° 24' 34.936" S Longitud Longitud Longitud Longitud 076° 46' 48.897" 076° 46' 48.857" 076° 46' 48.857" 076° 46' 48.898" W W W W

d) Puentes del embarcadero ocupando un area acuatica de QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 11/100 METROS CUADRADOS (549.11 m2):
Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice Vertice J I a b c d e f g h i j k m n o p q r s t u v w Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud 12° 24' 35.014" S 12° 24' 35.087" S 12° 24' 35.118" S 12° 24' 35.414" S 12° 24' 35.413" S 12° 24' 35.407" S 12° 24' 35.407" S 12° 24' 35.391" S 12° 24' 35.391" S 12° 24' 35.135" S 12° 24' 35.111" S 12° 24' 35.150" S 12° 24' 35.149" S 12° 24' 34.962" S 12° 24' 34.963" S 12° 24' 34.972" S 12° 24' 34.954" S 12° 24' 34.675" S 12° 24' 34.676" S 12° 24' 34.681" S 12° 24' 34.682" S 12° 24' 34.681" S 12° 24' 34.682" S 12° 24' 34.980" S Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud 076° 46' 49.812" 076° 46' 49.817" 076° 46' 49.785" 076° 46' 49.778" 076° 46' 49.739" 076° 46' 49.413" 076° 46' 49.376" 076° 46' 49.014" 076° 46' 48.985" 076° 46' 48.992" 076° 46' 48.951" 076° 46' 48.950" 076° 46' 48.895" 076° 46' 48.897" 076° 46' 48.954" 076° 46' 48.954" 076° 46' 48.992" 076° 46' 48.999" 076° 46' 49.028" 076° 46' 49.383" 076° 46' 49.422" 076° 46' 49.747" 076° 46' 49.780" 076° 46' 49.778" W W W W W W W W W W W W W W W W W W W W W W W W

Articulo 4º.- El derecho de uso de area acuatica que se otorga mediante la presente Resolucion Suprema tendra una vigencia de TREINTA (30) anos renovables, contados a partir del 31 de MORDAZA de 1993 hasta el 30 de MORDAZA de 2023, en aplicacion al articulo B-010110 del Reglamento de la Ley 26620, concordante con el articulo 1001º del Codigo Civil, teniendo en cuenta la naturaleza y la envergadura de la obra realizada. Articulo 5º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas dentro del ambito de su competencia y en coordinacion con los sectores competentes, mediante Resolucion Directoral dictara las normas y disposiciones complementarias que MORDAZA requeridas para la aplicacion del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, asi como, con la legislacion vigente y con los Convenios Internacionales ratificados por el Estado Peruano. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 505358-14

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