Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2010 (10/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

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con Resolucion Nº 110-2010-CONAFU de fecha 15 de marzo de 2010; por lo que la Comision Verificadora evaluo la Implementacion Inicial de dos Carreras Profesionales: Contabilidad y Finanzas y Derecho, sin embargo luego del analisis al Informe de Implementacion Inicial e Informe de la Comision Verificadora se advierte lo siguiente: a) No esta implementado el Laboratorio de Ingles el cual es necesario para las dos Carreras. b) La Biblioteca debe estar construida segun PDI en el MORDAZA Piso para una capacidad para el MORDAZA ano de 51 alumnos sentados, area total acumulada 153 m2 (Cuarto Piso) con 1,425 libros; la Comision Verificadora informa que tiene la Biblioteca con una capacidad para el MORDAZA ano de 32 alumnos sentados; el area util 77.30m2 no menciona la cantidad de libros. c) Los servicios higienicos deben estar bien implementados en cada piso: para alumnos, alumnas y personal docente y administrativo; la Comision Verificadora hacen mencion con fotos que hay banos para MORDAZA y caballeros, sin embargo no indican el numero. d) Los materiales y acabados predominantes propuestos consideran; estructura de muros y techos de concreto, pisos de parquet, ceramico y/o vinilico en aulas y oficinas, puertas de MORDAZA, muros tartajeados y pintados, fachada principal de MORDAZA templado, banos con aparatos sanitarios blancos, instalaciones empotradas con cisternas; la Comision Verificadora hace mencion que el estado de acabado y conservacion de la infraestructura fisica se encuentra para el uso propuesto. Por lo que la Jefe de la Oficina de Evaluacion Permanente del CONAFU, sugiere: Que a fin de regularizar la situacion actual del Proyecto de Universidad San MORDAZA el Pleno del CONAFU primero debera de pronunciarse sobre la Autorizacion de Funcionamiento Provisional con las Carreras Profesionales Contabilidad y Finanzas y Derecho ya que los acontecimientos anteriormente descritos en los numerales 1 ,2 y 3 lo ameritaron; siempre y cuando la Promotora implemente al 100% la Infraestructura para 02 anos y 01 ano en cuanto a personal docente y administrativo; y disponer que la Promotora adecue la MORDAZA Profesional de Educacion a los criterios, indicadores, estandares aprobado el 13 de marzo de 2009 para ser evaluada con las Tablas de educacion aprobadas por CONAFU con Resolucion Nº 110-2010-CONAFU de fecha 15 de marzo de 2010; posteriormente la Promotora debera de implementar dicha MORDAZA a fin de lograr su autorizacion de funcionamiento provisional; Que, por Oficio Nº 288-2010-CONAFU de 24 de marzo de 2010, el consejero de Asuntos Academicos remite al Pleno del CONAFU el Informe Nº 054-2010-CTA/OEPCONAFU, para los fines pertinentes; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 46º del Reglamento: "La Promotora que se encuentra apta para recibir la autorizacion provisional de funcionamiento de la Universidad que promueve, debera suscribir ante CONAFU un compromiso ineludible, de cumplir estrictamente con las metas establecidas para cada ano en el Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado, que servira para autorizar el funcionamiento de la Universidad; asi como, cumplir con la inversion proyectada para cada ano de ejecucion del Proyecto y, no exceder el numero de vacantes autorizadas para cada MORDAZA profesional, previa a la promulgacion de la resolucion de autorizacion, bajo expreso apercibimiento de revocarse o dejarse sin efecto la autorizacion de funcionamiento en caso de incumplimiento"; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 47º del Reglamento: "La autorizacion provisional de funcionamiento de una Universidad debe incluir los siguientes aspectos: a) Aprobacion de la organizacion general de la institucion. b) Carreras profesionales que se autorizan. c) Numero de vacantes aprobadas para cada MORDAZA profesional autorizada; y d) Fecha de inicio de las actividades academicas"; Que, de conformidad con el articulo 49º del Reglamento: "Las Universidades cuyo funcionamiento provisional se MORDAZA autorizado, cualquiera que sea su regimen legal, se someten a la evaluacion del CONAFU por el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo. La autorizacion de funcionamiento definitivo no puede ser concedida MORDAZA de transcurridos cinco (5) anos, contados a partir de la

fecha de autorizacion provisional de funcionamiento, siempre que su evaluacion MORDAZA sido satisfactoria y se cuente con una promocion de graduados"; Que, el modelo Institucional adoptado por el Proyecto de Universidad San MORDAZA es la de una Sociedad Anonima Cerrada, bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 882 - Ley de la Inversion en la Educacion, sin perjuicio de ello le sera de aplicacion supletoria la Ley Nº 23733 ­ Ley Universitaria, asi como la Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU; Que, en sesion ordinaria de fecha 29 de marzo de de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 146-2010-CONAFU acordo por MAYORIA: 1) Otorgar la Autorizacion Provisional de Funcionamiento al Proyecto de Universidad San MORDAZA, para brindar servicios educativos de nivel universitario; autorizandose con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Contabilidad y Finanzas 2) Derecho y Ciencias Politicas, 3) Educacion Inicial y Primaria, cada una con 80 vacantes por Ciclo Academico; bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 882 - Ley de la Inversion en la Educacion, sin perjuicio de ello le sera de aplicacion supletoria la Ley Nº 23733 ­ Ley Universitaria, asi como la Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR LA AUTORIZACION PROVISIONAL DE FUNCIONAMIENTO a la Universidad San MORDAZA, para brindar servicios educativos de nivel universitario, en la MORDAZA, provincia y departamento de Lima; con las siguientes Carreras Profesionales y vacantes por Semestre Academico.
Numero de Vacantes por Ciclo Academico Ciclo I Contabilidad y Finanzas Derecho y Ciencias Politicas Educacion Inicial y Primaria 100 100 100 Ciclo II 100 100 100

Nombre de MORDAZA

Articulo Segundo.- APROBAR el modelo institucional adoptado por la Universidad San MORDAZA, organizada como Sociedad Anonima Cerrada, bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 882, debiendo proceder a inscribir la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social, acompanado del Reglamento General de la Universidad, ante el Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos. Articulo Tercero.- DISPONER que la Universidad San MORDAZA remita al CONAFU, MORDAZA certificada notarial de la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, debidamente inscrito en los Registros Publicos. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que la Universidad San MORDAZA, inicie sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, como Persona Juridica de Derecho Privado, bajo el Regimen del Decreto Legislativo Nº 882 y la Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, sus disposiciones modificatorias y los reglamentos aprobados por el CONAFU. Articulo Quinto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Secretaria General 504354-3

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