Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2010 (10/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de junio de 2010

PROYECTO

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general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que segun lo dispuesto por el articulo 3º de la Ley Nº 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, el inciso b) del articulo 31º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas establece la obligacion de las empresas de conservar y mantener sus obras e instalaciones en condiciones adecuadas para su operacion eficiente. Asimismo, el inciso a) del articulo 5º de la Ley Nº 26734, Ley de Creacion de OSINERGMIN, establece como funcion velar por el cumplimiento de la normativa que regule la calidad y eficiencia del servicio brindado al usuario; Que, mediante la Resolucion de Consejo Directivo Nº 152-2005-OS/CD, OSINERGMIN aprobo el "Procedimiento para Supervisar la Generacion en Sistemas Electricos Aislados", a traves del cual mediante una muestra representativa se establecen determinados indicadores que permiten evaluar la confiabilidad del suministro de las empresas que desarrollan actividades de generacion electrica para el suministro a sistemas aislados; Que, no obstante, en el tiempo transcurrido desde la aplicacion del referido Procedimiento, se ha procesado y analizado el resultado de los indicadores de desempeno de las empresas, identificandose aspectos que deben ser mejorados a fin de garantizar una aplicacion mas efectiva del "Procedimiento para Supervisar la Generacion en Sistemas Electricos Aislados"; Que, en ese contexto, es necesario contar con un MORDAZA procedimiento que permita a OSINERGMIN supervisar y fiscalizar la generacion electrica en los Sistemas Aislados a fin de garantizar la confiabilidad, continuidad, eficiencia y calidad del suministro para el servicio publico de electricidad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 8º y el articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la aprobacion del Procedimiento MORDAZA mencionado se requiere su prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalizacion Electrica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la prepublicacion del proyecto del "Procedimiento para la Supervision de la Operatividad de la Generacion en Sistemas Electricos Aislados"; cuyo texto forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las sugerencias y observaciones seran recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o via correo electronico a dpalacios@ osinerg.gob.pe dentro de los quince (15) dias calendario contados desde la fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- El Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA sera la persona encargada de recibir los comentarios a la presente publicacion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN EXPOSICION DE MOTIVOS PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISION DE LA OPERATIVIDAD DE LA GENERACION EN SISTEMAS ELECTRICOS AISLADOS Mediante la Resolucion de Consejo Directivo Nº 1522005-OS/CD, OSINERGMIN aprobo el "Procedimiento

para Supervisar la Generacion en Sistemas Electricos Aislados", a traves del cual mediante una muestra representativa se establecen determinados indicadores que permiten evaluar la confiabilidad del suministro de las empresas que desarrollan actividades de generacion electrica para el suministro a sistemas aislados. En efecto, establece la evaluacion periodica de los indicadores que determinen las condiciones operativas de las centrales electricas, lo que permite supervisar que las empresas generadoras cumplan con implementar tanto el Plan de Contingencias Operativas como el Programa de Adecuacion de Confiabilidad del Suministro, para alcanzar los niveles de confiabilidad que se plantean como metas para mejorar la calidad del suministro en los Sistemas Aislados. No obstante, en el tiempo transcurrido desde la aplicacion del referido Procedimiento, se ha procesado y analizado el resultado de los indicadores de desempeno de las empresas, identificandose aspectos que deben ser mejorados a fin de garantizar una aplicacion mas efectiva del "Procedimiento para Supervisar la Generacion en Sistemas Electricos Aislados". Dichas mejoras y actualizaciones implican reestructurar la numeracion y sentido del Procedimiento, por lo que se propone aprobar uno nuevo. En efecto, las modificaciones propuestas en el presente proyecto, entre otras son: establecer un MORDAZA sistema informatico extranet para poder remitir informacion; establecer nuevos reportes de informacion con sus correspondientes formatos; y actualizar algunas definiciones utilizadas en el Procedimiento. Finalmente, debemos senalar que este proyecto se enmarca dentro de lo dispuesto por el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, que establece la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, la cual comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios. Ademas, el Articulo 3º de la Ley Nº 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, senala que el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora. PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISION DE LA OPERATIVIDAD DE LA GENERACION EN SISTEMAS ELECTRICOS AISLADOS 1. OBJETIVO Mejorar la confiabilidad y calidad del suministro del servicio publico de electricidad en los sistemas electricos aislados. 2. ALCANCES El presente procedimiento sera de aplicacion para las Empresas que desarrollan actividades de generacion electrica para el suministro a sistemas electricos aislados donde se brinda el servicio publico de electricidad, que se detallan en el anexo 01 de la presente MORDAZA (en adelante las Empresas). 3. BASE LEGAL - Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos. - Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN. - Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Electricas. - D.S. Nº 009-93 EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. - Reglamento de Supervision de las Actividades Energeticas y Mineras de OSINERGMIN, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 205-2009-OS/CD.

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