Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2010 (10/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de junio de 2010

NORMAS LEGALES
Fecha MORDAZA de MORDAZA 21 de diciembre del 2010 21 de diciembre del 2011 21 de diciembre del 2012 21 de diciembre del 2013 21 de diciembre del 2014

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ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y el costo de la misma estara a cargo de la empresa autorizada. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 501112-1

VIVIENDA
Aprueban transferencia de propiedad a titulo oneroso de terreno a favor de persona juridica a efectos que ejecute un proyecto de construccion de viviendas sociales
RESOLUCION SUPREMA Nº 008-2010-VIVIENDA MORDAZA, 9 de junio de 2010 VISTOS: El Informe Nº 015-2010-VIVIENDA-VMVU-DNV, el Memorandum Nº 590-2009-FMV/GL, las Cartas Nos. 812 y 813-2009-FMV/GG, y la publicacion del otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 07-FMV/GC-2008 al Consorcio DHMont & CG&M S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, el Fondo MIVIVIENDA S.A., convoco al Concurso Publico Nº 07-FMV/GC-2008, para la ejecucion del "Proyecto Especial de Construccion de Viviendas Sociales" en el terreno de propiedad del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, denominado Algarrobal, ubicado entre la interseccion de las avenidas Chulucanas y MORDAZA Cerro del distrito, provincia y departamento de MORDAZA, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Ficha Nº 1295 con continuacion en la Partida Nº 00001141 de la Oficina Registral de MORDAZA, MORDAZA Registral Nº I - Sede MORDAZA, el mismo que tiene una extension de 83 699,00 m², segun consta en el Asiento C-1 de la Partida Registral mencionada; Que, la adjudicataria de la Buena Pro "Consorcio Piura" integrada por las empresas Contratistas La Union S.A y R&G, Contratistas S.C.R.L. propuso la construccion de 600 viviendas MIHOGAR a un precio unitario de S/. 777,23 (Setecientos Setenta y Siete y 23/100 Nuevos soles) por metro MORDAZA, y 350 unidades de viviendas Techo Propio, a un precio unitario de S/. 599,23 (Quinientos Noventa y Nueve y 23/100 Nuevos Soles), a ejecutarse en un plazo de tres (03) anos; Que, la empresa que ocupo el MORDAZA lugar en dicho Concurso, Consorcio DHMont & CG&M S.A.C., oferto la construccion de 600 viviendas MIHOGAR a

un precio unitario de S/. 799,00 (Setecientos Noventa y Nueve y 00/100 Nuevos soles) por metro MORDAZA, y 350 unidades de viviendas Techo Propio, a un precio unitario de S/. 699,00 (Seiscientos Noventa y Nueve y 00/100 Nuevos Soles), a ejecutarse en un plazo de tres (03) anos; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 0062009-VIVIENDA, se aprobo la transferencia a titulo oneroso del terreno denominado Algarrobal a favor del "Consorcio Piura" por la suma total de S/. 3 097 047,35 (Tres Millones Noventa y Siete Mil Cuarenta y Siete y 35/100 Nuevos Soles), para la ejecucion de un Proyecto de Construccion de Viviendas Sociales, en el plazo de tres (03) anos contados a partir de la obtencion de la licencia de habilitacion MORDAZA y la licencia de construccion, bajo la modalidad de pago al contado segun lo senalado en el numeral 4.5 del Anexo A-3 de las Bases del Concurso Publico Nº 07FMV/GC-2008; Que, mediante Carta Nº 483-2009-FMV/GC-ONI del 13 de agosto de 2009, el Fondo MIVIVIENDA S.A. convoco a la empresa "Consorcio Piura" para la firma del Contrato de Compraventa y Desarrollo Inmobiliario derivado del Concurso Publico Nº 07-FMV/GC-2008, fijando como fecha para la suscripcion del mismo el 24 de agosto de 2009; Que, la Oficina de Negocios Inmobiliarios de la Gerencia Comercial del Fondo MIVIVIENDA S.A. a traves del Informe Nº 25-SUP/CP-2009 de fecha 25 de agosto de 2009, senala que el "Consorcio Piura" no se presento en la fecha y hora programada para la suscripcion del referido Contrato, presentando posteriormente una solicitud de postergacion para la firma del mismo, aun cuando habia sido citado por el Fondo MIVIVIENDA S.A. con la debida anticipacion; Que, el numeral 9 de las Bases del Concurso Publico Nº 07-FMV/GC-2008, senala expresamente que en el supuesto que el Adjudicatario de la Buena Pro decidiera no continuar con el compromiso asumido, o no se presentara a la firma del Contrato, este perdera su derecho de adjudicacion, procediendose a ejecutar la garantia de seriedad de oferta presentada, y al otorgamiento de la Buena Pro al postor que ocupo el MORDAZA lugar en el referido Concurso, publicandose el consentimiento de la Buena Pro del mismo; Que, con el Memorandum Nº 590-2009-FMV/GL de fecha 14 de setiembre de 2009, la Gerencia Legal del Fondo MIVIVIENDA S.A. atendiendo a lo expresamente establecido en las Bases del Concurso Publico Nº 07FMV/GC-2008 y a los hechos MORDAZA expuestos, establecio que se habria configurado la perdida del derecho a la Buena Pro del "Consorcio Piura", correspondiendo se proceda al otorgamiento de la misma al postor que ocupo el MORDAZA lugar, publicandose el consentimiento de dicha adjudicacion; Que, mediante Carta Nº 813-2009-FMV/GG de fecha 17 de setiembre de 2009, el Fondo MIVIVIENDA S.A. comunico al "Consorcio Piura" la perdida de su derecho de adjudicacion del Concurso Publico Nº 07-FMV/GC2008, ante su inasistencia para la firma del contrato de compraventa y desarrollo inmobiliario derivado del referido Concurso; Que, con Carta Nº 812-2009-FMV/GG de fecha 17 de setiembre de 2009, el Fondo MIVIVIENDA S.A. comunico al Consorcio DHMont & CG&M S.A.C. el otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 07-FMV/GC-2008, en su calidad de postor que ocupo el MORDAZA lugar en el mismo; Que, con fecha 24 de setiembre de 2009, se publico en el Diario Oficial El Peruano el otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 07-FMV/GC-2008 al Consorcio DHMont & CG&M S.A.C., postor que ocupo el MORDAZA lugar en el referido proceso; Que, estando a los considerandos MORDAZA senalados, es necesario dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 006-2009-VIVIENDA; De conformidad con la facultad prevista en el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, asi como lo dispuesto en el numeral 4) del

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