Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2010 (10/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

420427

condenado por delito doloso mediante sentencia firme, por lo que habiendo operado dicha causal, es necesaria la expedicion de la Resolucion Ministerial de cancelacion de titulo de Notario otorgado a MORDAZA MORDAZA Ysla Guanilo por la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el dia 10 de junio de 1965; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049 - Decreto Legislativo del Notariado, el Decreto Ley N° 25993 - Ley Organica del Sector Justicia y el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar, por causal de cese por haber sido condenado por delito doloso mediante sentencia firme, el titulo de Notario Publico del distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, Distrito Notarial de MORDAZA, otorgado al senor MORDAZA MORDAZA Ysla Guanilo. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de MORDAZA para los fines que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMA Ministro de Justicia 504570-1

Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de MORDAZA, para los fines que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMA Ministro de Justicia 504570-2

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Decreto Supremo que dicta medidas para el funcionamiento de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social
DECRETO SUPREMO N° 004-2010-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con los articulos 1º y 4º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, el cual se encuentra comprometido especialmente con la proteccion al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono; Que, uno de los objetivos principales de la Decimo Sexta Politica de Estado del Acuerdo Nacional sobre Fortalecimiento de la Familia, Proteccion y Promocion de la Ninez, la Adolescencia y la Juventud, es garantizar el bienestar, el desarrollo integral y una MORDAZA MORDAZA para las ninas, ninos, adolescentes y jovenes, en especial de aquellos que se encuentran en situacion de riesgo y exclusion, a traves de la promocion de espacios institucionales y entornos barriales que permitan la convivencia pacifica y la seguridad personal, asi como una cultura de respeto a los valores MORDAZA, culturales y sociales; Que, mediante Ley Nº 26918 se creo el Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo con la finalidad de dirigir las actividades del Estado y convocar a la comunidad en su conjunto para la promocion, atencion y apoyo a ninas, ninos, adolescentes, mujeres, jovenes y ancianos y, en general, a toda persona en situacion de riesgo y abandono o con problemas psiquicos, sociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano; Que, el articulo 3º de la precitada Ley dispone que forman parte del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social y las demas entidades del Sector Publico cuyos fines primordiales MORDAZA el desarrollo de servicios de promocion, atencion y apoyo social; Que, de conformidad con el inciso c) del articulo 59º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, la Direccion General de la Familia y la Comunidad es el ente rector del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo, encargado de normar, controlar, supervisar y evaluar el funcionamiento de las entidades que lo conforman, habiendose precisado por Resoluciones Ministeriales Nº 197-2005-MIMDES y Nº 463-2006-MIMDES que las funciones operativas del citado Sistema corresponden ser desarrolladas por el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF; Que, mediante Ley Nº 29477, Ley que inicia el MORDAZA de Consolidacion del Espectro Normativo Peruano, se excluyo del derecho vigente el Decreto Legislativo Nº 356, que regulaba la organizacion, funciones, labores y recursos humanos de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social; Que, en consecuencia, resulta indispensable dictar medidas basicas para el funcionamiento de las Sociedades

Cancelan por causal de renuncia el titulo de Notario Publico del distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, Distrito Notarial de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0124-2010-JUS MORDAZA, 8 de junio de 2010 VISTO, el Informe Nº 010-2010-JUS/CN del Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 046-2010-CNA-D, el Decano del Colegio de Notarios de MORDAZA comunica al Consejo del Notariado la renuncia del senor Notario MORDAZA MORDAZA MORDAZA Iturrizaga, Notario Publico del distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA y departamento de MORDAZA, Distrito Notarial de Ancash; Que, de acuerdo a lo establecido por el inciso c) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, entre otras causales, el notario cesa por renuncia, por lo que habiendo operado dicha causal resulta necesario cancelar el titulo de Notario Publico otorgado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Iturrizaga el 23 de agosto de 1944; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049 -Decreto Legislativo del Notariado, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia y el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar, por causal de renuncia, el titulo de Notario Publico del distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA y departamento de MORDAZA, Distrito Notarial de MORDAZA, otorgado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ITURRIZAGA. Articulo 2º.- Reconocer y agradecer publicamente los servicios prestados a la Nacion por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ITURRIZAGA, quien ejercio el cargo de Notario Publico de la Provincia del Santa.

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