Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2010 (16/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de junio de 2010

En caso de incumplimiento a lo requerido por la Administracion, que conlleve a la paralizacion del procedimiento por treinta (30) dias; se procedera a declarar el abandono del procedimiento de acuerdo a lo establecido en el articulo 191º de la Ley 27444.

h) Fecha de disolucion de la organizacion aprobada por Asamblea General En el caso de los literales a), d), e), f), g) y h) se MORDAZA constar en el asiento respectivo el numero de Resolucion correspondiente a la modificacion producida. Articulo 17º.- Los actos modificatorios comprendidos en los literales a), d),e),f), g) y h) del asiento MORDAZA, para su validez, sera inscrita previa MORDAZA de la MORDAZA autenticada por fedatario municipal o legalizada por Notario Publico, de los siguientes documentos: a) Acta de Asamblea General en que conste el acuerdo correspondiente. b) La convocatoria c) El Padron o Registro actualizado de miembros

TITULO VI DE LAS MODIFICACIONES
Articulo 14º.- Las Organizaciones Sociales que posterior a la Resolucion de Reconocimiento y Registro realicen modificaciones de los aprobados, estan obligadas a actualizarlas en un plazo no mayor a 30 dias, despues de ocurrido el hecho, para que la informacion sea incluida en el Registro y/o Archivo correspondiente, siguiendo el mismo tramite establecido para su reconocimiento y registro. Caso contrario su registro quedara suspendido para todos los efectos, hasta su regularizacion.

TITULO VIII DE LAS CREDENCIALES A LOS DIRIGENTES DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES
Articulo 18º.- La Sub-Gerencia de Participacion Ciudadana y la Gerencia de Desarrollo Social de acuerdo a su competencia, otorgaran la respectiva credencial a cada uno de los miembros del Organo Directivo de la Organizacion Social inscrita en el R.O.S. de conformidad con la presente ordenanza. La credencial tendra duracion de acuerdo al tiempo de representacion estableciendo en los estatutos de cada organizacion y contendra como minimo lo siguiente: a) Nombre de la organizacion b) Cargo del miembro directivo c) Nombre y apellido del miembro directivo. d) Documento de identidad e) Fecha de emision y vigencia f) Fotografia reciente del dirigente g) Sello y firma del Funcionario encargado.

TITULO VI DE LAS IMPUGNACIONES
Articulo 15º.- Contra las Resoluciones aprobatorias o denegatorias de reconocimiento y/o registro de organo directivo de una Organizacion Social, cabe Recurso de Reconsideracion, el que sera resuelto por la Gerencia de Desarrollo Social. Asimismo, contra la decision que emita el Gerente de Desarrollo Social, cabe Recurso de Apelacion el que sera resuelto en MORDAZA y MORDAZA instancia por el Gerente Municipal, dando por agotada la via administrativa. El plazo para interponer los recursos es de 15 dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion. Los recursos deberan ser autorizados por letrado . La nulidad o cuestionamiento de puro derecho, que se deduzca contra la Resolucion emitida por el Gerente de Desarrollo Social, debe ser entendido como Recurso de Apelacion, el que sera resuelto en MORDAZA y MORDAZA instancia por el Gerente Municipal, dando por agotada la via administrativa. Contra lo resuelto por el Gerente Municipal, no cabe ningun recurso ni nulidad.

DISPOSICIONES TRANSISTORIAS Y COMPLEMENTARIAS
Primera.- Las organizaciones sociales inscritas con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, deberan adecuarse a lo dispuesto en el articulo 3º y 8º inmediatamente pierda vigencia su reconocimiento y registro. Segunda.- La Sub-Gerencia de Participacion Ciudadana, apoyara con programas especiales de capacitacion a las Organizaciones Sociales para que logren su Reconocimiento y Registro Municipal. Tercera.- Para el Registro de las Organizaciones Sociales y la Actualizacion de la Vigencia, se establecera una MORDAZA de Inscripcion en el Registro de Organizaciones Sociales R.O.S. de la Municipalidad de Lurigancho Chosica, por el termino de 90 dias, la que se iniciara con la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Cuarta.- La Sub-Gerencia de Participacion Vecinal y la Gerencia de Desarrollo Social quedan encargadas del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Quinta.- Mediante Decreto de Alcaldia se dictaran las disposiciones de adecuacion a la presente Ordenanza. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, la presente Ordenanza debera ser publica en la pagina web de la Municipalidad (www. munichosica.gob.pe). Registre, comunique, publique y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

TITULO VII DEL ARCHIVO DEL REGISTRO DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES (ROS)
Articulo 16º.- La Sub-Gerencia de Participacion Ciudadana para el Registro de Organizaciones Sociales abrira un Libro de Registro y Archivo Informatico del R.O.S., el cual debera contener la siguiente informacion. 1. Asiento Principal de Inscripcion: El mismo que debera contener los siguientes datos: a) Numero de Registro de la Organizacion b) Fecha de inscripcion c) Nombre o denominacion d) Domicilio de la organizacion e) Fecha de inicio de las actividades f) Numero de miembros g) Resumen del Estatuto, el que contendra ubicacion, objetivo, duracion, h) Relacion de los integrantes del Organo Directivo. i) Fecha de inicio y terminos de los cargos directivos, j) Numero de la Resolucion que reconoce a la Organizacion. k) Partida Registral donde obra inscrita la Organizacion Social y su Directiva. 2. Asiento MORDAZA de Inscripcion: Contendra los actos que la organizacion posterioridad a su inscripcion realice, tales como: con

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a) Cambio de nombre o denominacion b) Cambio de domicilio c) Aumento o disminucion del numero de sus miembros. d) Renovacion del Organo Directivo y entrega de credenciales e) Constitucion de comisiones u organos de apoyo f) Modificacion del estatuto g) Transformacion de la forma juridica que MORDAZA adoptado la organizacion

Reglamentan la propaganda politica en el distrito
ORDENANZA Nº 141-MDLCH
Lurigancho, 28 de MORDAZA de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO-CHOSICA

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