Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2010 (16/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Municipal

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de junio de 2010

de las calzadas, seran las que resulten del diseno estructural, debiendo obtener la autorizacion de ejecucion en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, tomando en cuenta la carga por efecto del MORDAZA vehicular a soportar en su MORDAZA util y el MORDAZA de terreno de fundacion. Aceras: Seran de concreto de calidad fc = 175 kg/cm2 de espesor 0.15 m y su colocacion se efectuara sobre un terraplen de material de prestamo, limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relacion a la calzada terminada sera de 0.15 m y el acabado sera con mezcla de cemento y MORDAZA fina en proporcion 1.2 de un centimetro de espesor y brunas cada 1.00 m. conjuntas de 3/4" cada 5 ml. Sardineles: En los extremos expuestos de la aceras o extremos en contacto con jardines se construira un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. ancho x 0.30 m altura de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogenea con ellas. Rampas en bermas para personas con discapacidad: En los extremos de los abanicos (martillos) de las aceras, se construiran rampas peatonales que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial 069-2001-MTC/15.04 y el Reglamento Nacional de Edificaciones; las obras seran sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. Obras sanitarias: Seran ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL. Electricidad: Los interesados deberan poner en conocimiento de las empresas concesionarias, la fecha de inicio y termino de las obras; los mismos que seran ejecutadas de acuerdo a los proyectos aprobados por la empresa prestadora de servicios. Instalaciones telefonicas: Para las instalaciones telefonicas, instalaciones de ductos y camaras y la reserva de areas para centrales, los interesados deberan coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefonica. Articulo Tercero.- DISPONER a la persona de Zenaido MORDAZA Molero Rondinelli el pago del deficit de aportes reglamentarios a redimirse en dinero por SERPAR de un area de 446.00 m 2, por Ministerio de Educacion de un area de 446.00 m 2, por Renovacion MORDAZA de un area de 223.00 m 2, y por Municipalidad Distrital de un area de 446.00 m 2, MORDAZA de la recepcion de obras, a favor del Servicio de Parques de MORDAZA, el Ministerio de Educacion, la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, respectivamente, dejando en garantia el Lote 15 de la Manzana A, y los lotes 06 y 15 de la Manzana C del Programa de Vivienda Los Jardines de MORDAZA MORDAZA III Etapa. Articulo Cuarto.- DISPONER la inscripcion de la presente resolucion en el Sistema Nacional de Registros, asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, debiendo la persona de Zenaido MORDAZA Molero Rondinelli asumir los gastos para tales fines, dentro de los treinta (30) dias habiles de haber tomado validamente conocimiento del citado acto administrativo. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Administracion Tributaria, y Gerencia de Administracion y Finanzas, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitacion MORDAZA a que se refiere el articulo primero de la presente resolucion, al Plano MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Porres, asi como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes y Margesi de Bines Inmuebles de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, cuando corresponda, sin perjuicio de identificar las infracciones administrativas e imponer las sanciones que corresponda por habilitar y vender lotes sin contar con autorizacion municipal o habilitacion MORDAZA aprobada. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remitir MORDAZA certificada del Expediente Tecnico y la presente resolucion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su ratificacion, sin perjuicio de comunicar el tenor del mencionado acto administrativo a la Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales, Servicio de Parques de MORDAZA, Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA y Ministerio de Educacion. Articulo Setimo.- Encargar a la Secretaria General la notificacion del presente acto administrativo a la persona de Zenaido MORDAZA Molero Rondinelli

Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

506679-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Modifican la Ordenanza N° 334-MSS que aprobo el Regimen de Aplicacion de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 362-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 14 de junio de 2010 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA, POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto N° 023-2010-CGMCAJ-MSS, de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, la Carta Nº 1122-2010-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 4782010-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 0435-2010-SGF-GTSC-MSS de la Subgerencia de Fiscalizacion, el Informe Nº 428-2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, entre otros documentos, sobre el proyecto de Ordenanza que modifica, rectifica e incorpora articulos e infracciones administrativas de la Ordenanza Nº 334-MSS, Regimen de Aplicacion de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, senala "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. (...)". Asimismo el articulo 9º numeral 8) de la misma MORDAZA, senala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, de conformidad con el Articulo 46º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, "Las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. Las Ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas en funcion a la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias. Las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser las de multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retencion de productos y mobiliario, retiro de

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