Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2010 (30/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 30 de marzo de 2010

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
RECTIFICACION RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 023-2010-CE-PJ En la sumilla correspondiente a la ResolucionAdministrativa Nº 023-2010-CE-PJ, publicada en nuestra edicion del dia 27 de marzo de 2010, debe modificarse la redaccion de la misma, por lo que debe quedar redactada como sigue: Prorrogan hasta el 31 de marzo de 2010 el funcionamiento del Juzgado Penal Colegiado Transitorio con sede en Huaura 474951-1

manifestado que es posible atender la propuesta formulada por el Area de Desarrollo de la Presidencia, a fin de establecer en el Sistema Integrado Judicial ratios predeterminados para lograr un estandar de carga promedio, la que se lograria en un lapso de 6 meses aproximadamente. Que, en tal sentido resulta necesario adoptar las medidas necesarias a fin de establecer en el Sistema Integrado Judicial ratios predeterminados para lograr una equiparidad de carga procesal en materia civil, Por los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por los Incisos diecinueve y veintiuno del articulo noventa y seis del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la adecuacion del Sistema Integrado Judicial, a fin de establecer ratios predeterminados para lograr el equilibrio de carga procesal entre los Juzgados Especializados en lo Civil, en un plazo aproximado de 6 meses, la misma que sera ejecutada por la Gerencia de Informatica de la Gerencia General del Poder Judicial. Articulo Segundo.- DISPONER que el Area de Desarrollo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA coordine con la Gerencia de Informatica de la Gerencia General del Poder Judicial, las acciones que tiendan a la ejecucion de lo dispuesto. Articulo Tercero.- PONGASE la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Area de Desarrollo de la Presidencia, Oficina de Administracion Distrital y los miembros de la Comision, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA GIOVANI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 474379-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la adecuacion del Sistema Integrado Judicial a fin de establecer ratios predeterminados para lograr el equilibrio de carga procesal entre los Juzgados Especializados en lo Civil
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 10-2010-CED- CSJLI/PJ MORDAZA, diecisiete de marzo del dos mil diez. VISTOS: El Oficio N° 200-2010-GI-GG/PJ, de fecha diecisiete de febrero del ano en curso; el Informe N° 013-2010-DGUADP-CSJL/PJ del Area de Desarrollo de la Presidencia, de fecha diez de febrero del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de vistos el Area de Desarrollo de la Presidencia advierte, en merito de los estudios realizados por dicha area desde el ano dos mil siete y de los MORDAZA anexados, la problematica existente en los Juzgados Especializados en lo Civil, especificamente de los ubicados en los pisos trece, catorce y quince del Edificio MORDAZA MORDAZA, por ser los que soportan la mayor carga con respecto a los demas Juzgados de la especialidad; tal es el caso, que de acuerdo al Inventario realizado en diciembre de dos mil nueve, por disposicion de la Resolucion Administrativa N° 049-2009-P-CSJLI/PJ, se tiene que la carga total de expedientes fluctua entre 1,290 y 372 expedientes correspondientes al MORDAZA y vigesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil, respectivamente; existiendo por tanto una gran diferencia en la carga procesal de algunos de los Juzgados Civiles, de hasta 918 expedientes entre un Juzgado y el otro; en tal sentido, y a fin de equiparar la carga de los mismos, resulta necesario considerar un ratio para el ingreso de expedientes. Que, el ratio de ingresos propuesto por el Area de Desarrollo de la Presidencia consiste en equiparar la carga de acuerdo a los ingresos de expedientes a los Juzgados Especializados en lo Civil con menos carga, siendo procedente ajustar los ratios mensuales para asi llegar al equilibrio de la carga procesal entre los mencionados juzgados, sin afectar el MORDAZA de aleatoriedad. Que, mediante el oficio N° 200-2010-GI-GG/PJ, la Gerencia de Informatica de la Gerencia General del Poder Judicial ha

Designan Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 267-2010-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 29 de marzo del 2010 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, habiendo tomado conocimiento que la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA, se encuentra delicada de salud, motivo por el cual, esta Presidencia considera pertinente a fin de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales programadas con antelacion designar al magistrado que se MORDAZA cargo del Primer Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA, mientras dure el periodo de licencia de la referida magistrada. Que, resulta pertinente precisar que la novisima Ley de la MORDAZA Judicial, en su articulo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es asi que el inciso tercero del citado articulo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que "(...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir

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