Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2010 (30/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 30 de marzo de 2010

VISTO: El Memorandum Nº 439-2010-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, los Informes Nros. 136-2010-SGEC-GAT-MSS y 56-2010-ATFV-SGECGAT-MSS de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, el Informe Nº 343-2010-GAJ-MSS, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante los cuales se propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 349-MSS. CONSIDERANDO Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Estado - Ley Nº 27680 y la Ley de Reforma de los Articulos 91º, 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru - Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 39° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldia; Que, mediante Ordenanza Nº 349-MSS, publicada el 31.12.2009, se aprobo el Programa de Descuento de Pago de Multas Administrativas en Estado Coactivo y Condonacion de las Costas Procesales, con el objeto de otorgar beneficios de descuentos en el monto a pagar de las multas administrativas en cobranza coactiva, en funcion a la oportunidad de pago y monto total cancelado; disponiendo en la Tercera Disposicion Final, su vigencia desde el dia siguiente de su publicacion hasta el 30 de marzo de 2010; Que, la Cuarta Disposicion Final de la Ordenanza Nº 349-MSS, establecio que se encuentran exceptuadas de la aplicacion de dicha ordenanza, todas aquellas multas que atenten contra la seguridad, la MORDAZA y la salud; infracciones que fueron establecidas mediante el Decreto de Alcaldia Nº 05-2010-MSS, publicado el 05.03.2010; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 348-MSS, establecio la posibilidad de prorrogar su vigencia en funcion de las disposiciones del Despacho de Alcaldia; Que, de acuerdo con la informacion remitida por la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, mediante Informe Nº 136-2010-SGEC-GAT-MSS, del 22.03.2010, en el cual senalan que no obstante haber transcurrido solo diecisiete dias desde que se aprobo el Decreto de Alcaldia 05-2010RASS, que complementa la Ordenanza 349-MSS, la recaudacion por concepto de multas administrativas se ha incrementado en 132%; recomendando prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 349-MSS; Que, mediante el Informe Nº 0318-2010-SGF-GTSCMSS, de fecha 16.03.2010, emitido por la Subgerencia de Fiscalizacion, existen mas de 500 multas administrativas por infracciones no contenidas en el Decreto de Alcaldia Nº 05-2010-MSS, proximas a pasar a la etapa de cobranza coactiva; las cuales estarian calificadas para acogerse a Programa de Descuento de Pago de Multas Administrativas en Estado Coactivo y Condonacion de las Costas Procesales; Que, considerando lo informado tanto por la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva como por la Subgerencia de Fiscalizacion y en atencion a la buena disposicion mostrada por los administrados de acogerse a los beneficios de la Ordenanza Nº 349-MSS, es conveniente prorrogarla, a fin de continuar con las facilidades que han motivado este mayor cumplimiento de los administrados; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, en su Articulo 14º inciso 1, senala que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para la entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a efectos que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el numeral 3.2 del citado Articulo 14º, senala que se exceptua de la prepublicacion, cuando por razones debidamente fundamentadas, en el proyecto de MORDAZA, la entidad que propone la MORDAZA considere que

prepublicacion de la misma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al orden publico; Que, considerando que la presente MORDAZA constituye unicamente la prorroga de un programa que resulta beneficioso para los administrados, anteriormente aprobado mediante la Ordenanza Nº 349-MSS, debidamente publicada el 31.12.2009, resulta innecesaria su prepublicacion, al MORDAZA de la excepcion establecida en el numeral 3.2 del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Estando al Informe Nº 270-210-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 20º numeral 6) 39º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA Articulo Primero.- OBJETO Prorrogar la vigencia del Programa de Descuento de Pago de Multas Administrativas en Estado Coactivo y Condonacion de las Costas Procesales, aprobado por Ordenanza Nº 349-MSS, hasta el 31.05.2010. Articulo Segundo.- CUMPLIMIENTO Encargar a la Gerencia de Administracion, a la Gerencia de Administracion Tributaria, a traves de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva y a la Gerencia de Sistemas y Procesos, el cumplimiento del presente decreto de alcaldia; asi como a la Gerencia de Imagen Institucional, la divulgacion y difusion de sus alcances. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 474734-3

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre los Gobiernos de Peru y Brasil para la implementacion del Proyecto "Apoyo a la Implementacion de Bancos de Leche Humana en el Peru"
Entrada en vigencia del Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil para la Implementacion del Proyecto "Apoyo a la Implementacion de Bancos de Leche Humana en el Peru", suscrito el 11 de diciembre de 2009, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificado por Decreto Supremo Nº 013-2010-RE de fecha 8 de marzo de 2010, publicado el 9 de marzo de 2010. Entro en vigencia el 10 de marzo de 2010. 474816-1

Entrada en vigencia del Tratado para la Creacion del Consejo Sudamericano del Deporte "CONSUCODE"
Entrada en vigencia del Tratado para la Creacion del Consejo Sudamericano del Deporte "CONSUCODE", suscrito el 4 de MORDAZA de 2002, en la MORDAZA de MORDAZA do Para, Republica Federativa del Brasil y ratificado por Decreto Supremo Nº 010-2003-RE, de 16 de enero de 2003, publicado el 21 de enero de 2003. Texto del Tratado anexo al Decreto Supremo publicado el 16 de enero de 2003. Entro en vigencia para el Peru, el 25 de MORDAZA de 2005. 474913-1

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