Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2010 (30/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, martes 30 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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Regional de Ica, dentro de su funcion establecida en el inciso h) del articulo 56 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, la facultad de conducir el MORDAZA de otorgamiento de licencias de conducir y el de emitir licencias de conducir; Que, mediante D. S. Nº 040-2008-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir, vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, el mismo que en su articulo 8 sobre competencias de los Gobiernos Regionales, numeral 8.2 literales a) y b), precisa que son competencias de los Gobiernos Regionales "emitir y otorgar, a traves de la Direccion Regional de Transporte Terrestre, la respectiva licencia de conducir de la clase A, y de conducir a traves de la Direccion Regional de Transporte Terrestre, el MORDAZA de evaluacion para el otorgamiento de la licencia de conducir de la clase A, en el ambito de su jurisdiccion regional"; Que, de Igual manera, la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la MORDAZA legal citada, establece que "la Direccion General de Transporte Terrestre, conducira el MORDAZA de evaluacion y emitira las licencias de conducir de la clase "A" que correspondan a las Regiones que no hayan completado el MORDAZA de Transferencia de esta funcion", la que no es aplicable al Gobierno Regional de Ica, por que el mismo ha completado el MORDAZA de transferencia a tenor de lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 307-2008-MTC/01; Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 23 del D. S. Nº 040-2008-MTC, que establece que las caracteristicas y las especificaciones tecnicas y de seguridad que debe contener la licencia de conducir de la clase "A", son reguladas por la Direccion General de Transporte Terrestre, se ha emitido la Resolucion Directoral Nº 10212009-MTC/15 del 03 de marzo de 2009, que aprueba la Directiva Nº 002-2009-MTC/15 sobre "Caracteristicas y Especificaciones Tecnicas y de Seguridad que debe contener la licencia de conducir de la clase A" en cuyo punto 3) sobre Alcances; establece que se encuentran comprendidos en el ambito de lo dispuesto en dicha Directiva, las Direcciones Regionales de Transporte Terrestre encargadas de la emision de las licencias de conducir de su jurisdiccion, asi como la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quienes utilizaran las especificaciones senaladas en la Directiva; Que, de conformidad a las especificaciones tecnicas senaladas en la directiva 002-2009-MTC/15 aprobada por R. D. Nº 1021-2009-MTC/15, la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Ica, ha adquirido los equipos de computo, impresora e insumos necesarios para la emision de las licencias de conducir de la clase "A", habiendo realizado las pruebas tecnicas y emision de ejemplares de impresion con exito, por lo que se encuentra expedita legal, material y tecnicamente para emitir las licencias de conducir en la Region de Ica; Que, teniendo en cuenta el acuerdo del "I Encuentro Nacional de Directores Regionales de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales del Peru", llevado a cabo en la MORDAZA de Ica los dias 26 y 27 de Octubre de 2009, la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Ica, ha solicitado a traves del Oficio Nº 1141-2009-GORE-ICA/ DRTC de fecha 10 de noviembre de 2009, se le autorice a conducir el MORDAZA de otorgamiento de Licencias de Conducir y el de emitir Licencias de Conducir de la Clase "A" en el ambito de la Region de Ica, a partir del dia siguiente de la promulgacion de la presente Ordenanza Regional; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el articulo 38 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y a lo establecido por los articulos 15 y 16, inciso a) de la Ley Nº 27181 modificada por la Ley Nº 28172; la Resolucion Ministerial Nº 3072008-MTC/01 y el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC y a lo acordado en Sesion de Consejo Regional; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones de Ica a conducir el MORDAZA de otorgamiento de licencias de

conducir y el de emitir licencias de conducir de la clase "A" en el ambito de la Region Ica, a partir del dia siguiente de la promulgacion de la presente Ordenanza, con las caracteristicas y especificaciones tecnicas y de seguridad contempladas en la Directiva Nº 002-2009-MTC/15 aprobada por la Resolucion Directoral Nº 1021-2009MTC/15 del 03 de Marzo de 2009. Articulo Segundo.- EXHORTAR a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones de Ica a actualizar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), en el mas breve plazo. Articulo Tercero.- Publicar la presente Ordenanza conforme a lo previsto en el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgacion. En Ica, a los doce dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. MORDAZA TRIVENO MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Ica 474203-6

Declaran de prioridad e interes publico la institucionalizacion de la "tecnica del MORDAZA de manos con jabon"
ORDENANZA REGIONAL Nº 0021-2009- GORE-ICA Ica, 29 de diciembre de 2009 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesion Ordinaria del dia quince de diciembre del ano dos mil nueve. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 15º, inciso a), establece que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, los incisos b) y h) del articulo 60º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establecen entre sus funciones del Gobierno Regional en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades: Coordinar la ejecucion con los Gobiernos Locales, las politicas sectoriales y el funcionamiento de los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo social del Estado, con enfasis en la calidad de los servicios, la igualdad de oportunidades, con equidad de genero y el fortalecimiento de la economia regional; y formular politicas y acciones concretas a fin de priorizar la proteccion y apoyo a los ninos, adolescentes, jovenes, mujeres y sectores de alto riesgo y vulnerabilidad en sus jurisdicciones; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 015-2008GORE ICA, se declaro de prioridad e interes regional la implementacion de la Estrategia Regional Crecer Ica, como politica del Gobierno Regional de Ica, para establecer la concertacion y articulacion en la Region de todos los sectores, programas, organismo y gobiernos locales, vinculados a la lucha contra la pobreza y la desnutricion cronica infantil de los ninos menores de 5 anos y una de las principales causas de la desnutricion cronica del pais; Que, la iniciativa "Lavado de manos", es un programa relevante en el MORDAZA del esfuerzo nacional para la reduccion de enfermedades diarreicas y las infecciones respiratorias agudas, y por ende apoya a la reduccion de la desnutricion infantil y propone una alternativa sostenible. Se desarrolla de manera articulada a estrategias y programas nacionales de los sectores de educacion, salud y vivienda y construccion;

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