Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2010 (30/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 30 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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Este coeficiente tiene como objetivo considerar en el cobro del canon, las caracteristicas de las bandas de frecuencias superiores, en las que por cuestiones propias de la radiopropagacion, la atenuacion de la senal es mayor e implica alcances menores en igualdad de caracteristicas tecnicas. En consecuencia, el canon para las estaciones de frecuencias superiores debe contemplar esta particular cuestion tecnica a efectos de incentivar su empleo.
Servicio Radiodifusion sonora Radiodifusion por television VHF Radiodifusion por television UHF CPB 1 1 0.8

Modifican Notas P11A y P51 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias - PNAF y Cuadro de Atribucion de Frecuencias de la banda 614-806 Mhz
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 150-2010-MTC/03 MORDAZA, 29 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el articulo 11 de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con el articulo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establecen que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la administracion, atribucion, asignacion, control y en general cuanto concierne a la gestion del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005MTC/03, se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias-PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 518-2002MTC/15.03 se designo al Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias encargado de realizar los estudios y propuestas tecnicas relacionadas al citado Plan; Que, el citado Comite Consultivo mediante Informe Nº 006-2010-MTC/CCPNAF, recomienda la modificacion de las Notas P11A y P51 del PNAF, con la finalidad de facilitar el MORDAZA de transicion de los servicios de radiodifusion por television con tecnologia analogica hacia la prestacion de estos servicios utilizando la tecnologia digital; Que, vista la opinion favorable de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones presentada mediante Informe Nº 0752010-MTC/26; Que, en tal sentido, corresponde modificar el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­PNAF, en los terminos propuestos por el citado Comite Consultivo; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Television y el Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, Reglamento de la Ley de Radio y Television; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar las Notas P11A y P51 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­ PNAF aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/03, las cuales tendran los siguientes textos: "P11A Las bandas 470 ­ 608 y 614 ­ 698 MHz se encuentran atribuidas para el servicio de radiodifusion por television que utiliza la tecnologia digital, su asignacion se efectuara de acuerdo a las disposiciones que emita el Ministerio. Las frecuencias previamente asignadas en las bandas 470 ­ 608 y 614 ­ 746 MHz podran continuar siendo utilizadas para la transmision de senales analogicas. Los titulares de asignaciones en la banda 698 ­ 746 MHz migraran a las bandas 470 ­ 608 y 614 ­ 698 MHz pudiendo utilizar para la transmision senales analogicas, sujetos a los plazos y condiciones que determine el Ministerio." "P51 La banda 698 ­ 806 MHz se encuentra reservada. Las frecuencias previamente asignadas en la banda 698 ­ 746 MHz se sujetan a lo dispuesto en el ultimo parrafo de la Nota P11A."

2.6. Coeficiente de Ponderacion por MORDAZA (CPZ) El territorio peruano se divide a estos efectos en cuatro (4) zonas, de acuerdo a criterios como el nivel socioeconomico de los departamentos, niveles de penetracion, PBI, IDH, entre otros. Los valores de CPZ se indican en la siguiente tabla:
MORDAZA MORDAZA 1 2 DEPARTAMENTO MORDAZA CALLAO (Provincia Constitucional) LA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, ICA, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, AMAZONAS, MORDAZA, MORDAZA, HUANCAVELICA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA, PASCO, MORDAZA, SAN MORDAZA, TACNA, TUMBES, UCAYALI Coeficiente por MORDAZA (CPZ) 1.00 0.90 0.70 0.50

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2.7. Coeficiente por Congestion Espectral (CCE) La congestion espectral es el grado de ocupacion del espectro radioelectrico en bandas de frecuencias y areas predeterminadas, segun el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias. El grado de congestion espectral de una banda atribuida a servicios similares, se determina mediante la relacion entre: - La totalidad de las frecuencias, MORDAZA o bloques de frecuencias disponibles de la banda para el servicio correspondiente en cada localidad; y, - La cantidad de frecuencias, MORDAZA o bloques de frecuencias ocupadas en la misma banda para ese mismo servicio en la localidad.
Congestion espectral Hasta 50% > 50% hasta 60% >60% hasta 70% >70% hasta 80% >80% hasta 90% >90% CCE 1 1,2 1,4 1,6 1,8 2

Tratandose de estaciones autorizadas en localidades que carecen de Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, el valor de CCE sera 1. 2.8. Coeficiente por no Exclusividad de Bandas y Frecuencias (CPX) Este Coeficiente considera la comparticion espacial y temporal de una frecuencia o MORDAZA asignado en un area predeterminada, entre mas de un usuario. En el supuesto que una frecuencia o MORDAZA de radiofrecuencia sea utilizado en forma exclusiva, el valor de CPX sera igual a 1. En el caso que una frecuencia o MORDAZA de radiofrecuencia sea utilizado en forma compartida por mas de un titular de una autorizacion en la misma localidad, el valor del CPX se calculara de la siguiente manera:
1 CPX = Numero de titulares de autorizaciones que comparten una frecuencia o MORDAZA de radiofrecuencia

2.9. Factor = 0.5069 474953-1

Articulo 2º.- Modificar el Cuadro de Atribucion de Frecuencias de la banda 614 - 806 MHz del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­ PNAF aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/03, el cual tendra el siguiente texto:

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