Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2010 (30/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 30 de marzo de 2010

Res. Nº 014-2010-PCNM.- Destituyen a magistrado por su actuacion como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA 416401 Res. Nº 096-2010-CNM.Declaran infundada reconsideracion interpuesta contra la Res. N° 014-2010PCNM que sanciono con destitucion a magistrado de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA 416405 MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES Res. Nº 199-2010-JNE.Establecen disposiciones aplicables a las licencias sin goce de haber que deben solicitar los presidentes regionales, alcaldes y funcionarios que deseen participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2010 416407 Res. Nº 200-2010-JNE.- Establecen el numero de consejeros regionales y regidores a ser elegidos en las Elecciones Regionales y Municipales 2010 416408 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 2952-2010.- Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA apertura de Agencia en la MORDAZA de MORDAZA 416414

Ordenanza Nº 0022-2009-GORE-ICA.- Aprueban Cuadro de Asignacion de Personal de la Red de Salud ChinchaPisco 416418 Acuerdo Nº 0034-2009-GORE-ICA.- Emiten pronunciamiento respecto al Proyecto de Ley N° 10861/2003-PE referido a la delimitacion de la Provincia de Chincha 416419 Ordenanza Nº 0001-2010-GORE-ICA.- Declaran de interes regional y de necesidad publica el fomento, la promocion y el desarrollo de la industria petroquimica 416419 Ordenanza Nº 0005-2010-GORE-ICA.- Aprueban la adecuacion de asignacion de funciones de las Gerencias Regionales de Desarrollo Economico y de Desarrollo Social previstas en la Ley N° 27867 416420 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Res. Nº 046-2010-P.R./GOB.REG.TACNA.- Aprueban modificaciones de diversos procedimientos del MORDAZA del Comite de Administracion de la MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna - ZOFRATACNA 416422

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA Ordenanza Nº 356-ACSS.- Modifican Ordenanza N° 288-MSS 416423 Acuerdo Nº 21-2010-ACSS.- Ratifican ingreso mensual de MORDAZA y monto de Dieta de Regidores de la municipalidad 416424 D.A. Nº 06-2010-MSS.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 349-MSS hasta el 31 de MORDAZA de 2010 416425

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE ICA Ordenanza Nº 0015-2008-GORE-ICA.- Autorizan a CRECER ICA extender su ambito de Intervencion a los 33 distritos afectados por el terremoto del 15 de Agosto de 2007 416415 Ordenanza Nº 0020-2009-GORE-ICA.- Autorizan a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones a emitir Licencias de Conducir de la Clase "A" 416416 Ordenanza Nº 0021-2009-GORE-ICA.- Declaran de prioridad e interes publico la institucionalizacion de la "tecnica del MORDAZA de manos con jabon" 416417

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre los Gobiernos de Peru y Brasil para la implementacion del Proyecto "Apoyo a la Implementacion de Bancos de Leche Humana en el Peru" 416426 Entrada en vigencia del Tratado para la Creacion del Consejo Sudamericano del Deporte "CONSUCODE" 416426

PODER EJECUTIVO AMBIENTE
Decreto Supremo que precisa la obligacion de solicitar opinion tecnica previa vinculante en defensa del patrimonio natural de las Areas Naturales Protegidas
DECRETO SUPREMO Nº 004-2010-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru es obligacion del Estado promover la

conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, establece que las Areas Naturales Protegidas constituyen patrimonio de la Nacion y como tal, tienen la condicion de bien de dominio publico, alcanzandoles las garantias de inalienabilidad e imprescriptibilidad que senala el articulo 73º de la Constitucion Politica del Peru; debiendose mantener su condicion natural a perpetuidad, pudiendo permitirse el uso regulado del area y el aprovechamiento de recursos, o determinarse la restriccion de los usos directos; Que, el literal d) del articulo 5º de la Convencion para la Proteccion del Patrimonio Mundial Cultural y Natural, aprobada en la Decimo Setima Conferencia General de la UNESCO y ratificada por Resolucion Legislativa Nº 23349, establece que los Estados Parte deben adoptar las medidas juridicas, cientificas, tecnicas, administrativas y financieras adecuadas, para identificar, proteger, conservar, revalorizar y rehabilitar ese patrimonio, por lo que, el Estado Peruano adquiere el compromiso ineludible e historico de conservar la diversidad biologica y el valor cultural de aquellas Areas Naturales Protegidas reconocidas como sitio de Patrimonio

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