Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2010 (30/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 30 de marzo de 2010

- Un representante de la Direccion Regional de la Produccion, quien actuara como Secretario Tecnico. - Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de Ica. - Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ica. - Un representante del Gobierno Regional de Ica. - Un representante de la Direccion Regional de Agricultura de Ica. - Un representante de la Camara de Comercio de Ica. - Un representante de los Organismos Regionales Privados de promocion de las MYPES. - Un representante de los consumidores. - Un representante de las Universidades de la Region. - Un representante de cada Municipalidad Provincial de la Region. - Cuatro representantes de los gremios de las MYPES de la Region..." Articulo Setimo.- La ejecucion de la presente transferencia estara a cargo de la Gerencia General Regional de Ica, siendo el responsable de promover todos los actos administrativos que se requieran para culminar dicho MORDAZA en el plazo previsto, asi como de la adecuacion administrativa de los documentos de gestion de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Articulo Octavo.- Quedan derogadas o modificadas, en su caso, todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Articulo Noveno.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion de la Region, la publicacion de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del Gobierno Regional de Ica, de conformidad a la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgacion. En Ica, a los dieciseis dias del mes de febrero del ano dos mil diez. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA TRIVENO MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Ica 474203-4

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban modificaciones de diversos procedimientos del MORDAZA del Comite de Administracion de la MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna - ZOFRATACNA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 046-2010-P.R./GOB.REG.TACNA 9 de febrero de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 1179-2009-GG-ZOFRATACNA Ordenanza Regional Nº 020-2008-CR/GOB.REG. TACNA Ordenanza Regional Nº 020-2009-CR/GOB.REG. TACNA CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, es un documento de gestion que uniforma, reduce, simplifica y unifica la informacion relativa al tramite de la solicitud que el administrado presenta a la Entidad en el ejercicio de sus derechos de peticion.

Que, con Oficio Nº 1179-2009-GG-ZOFRATACNA, el Gerente General (e) de la ZOFRATACNA alcanza a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional Tacna, la propuesta de modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Comite de Administracion de la ZOFRATACNA que fuera aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 020-2008-CR/GOB. REG.TACNA y modificado mediante Ordenanza Regional Nº 020-2009-CR/GOB.REG.TACNA, asi como la modificacion del Formato Nº 03. Que, siendo uno de los objetivos de la ZOFRATACNA el de contribuir al desarrollo socioeconomico sostenible de la Region, a traves de la promocion de la inversion y desarrollo tecnologico, debiendo para ello brindar las facilidades del caso para la instalacion, funcionamiento y operatividad de las empresas en su condicion de Usuario de un Deposito MORDAZA Publico o Deposito MORDAZA Particular, motiva una permanente evaluacion y actualizacion de los procedimientos contenidos en el MORDAZA del Comite de Administracion de la ZOFRATACNA. Que, Asesoria Legal de la ZOFRATACNA, a traves del Informe Nº 177-2009-OAL-ZOFRATACNA en coordinacion con la Gerencia de Operaciones, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Servicios, propone la modificacion del MORDAZA en su parte pertinente, para que una vez aprobada por el Gobierno Regional entre en vigencia los nuevos contratos tipos de Cesion en Uso y de Usuario, aprobados por el Gobierno Regional mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 275-2009-P.R./G.R.TACNA de fecha 30 de MORDAZA 2009, en razon de que este ultimo dispositivo legal establece en el Articulo MORDAZA, que los referidos modelos de contrato solo entraran en vigencia a partir de la modificacion actual del TUPA; precisa que el sustento por el cual el Articulo MORDAZA de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 2752009-P.R./G.R.TACNA contempla la necesidad de que el actual MORDAZA se modifique MORDAZA de que entren en vigencia los nuevos modelos de contratos de Cesion de Uso de Lotes y Galpones y de Usuario aprobados, radica en que estos nuevos contratos, contemplan solo la exigencia de garantia para los usuarios de actividad de almacenamiento de mercancias y no asi para las demas actividades como son: la actividad de Industria, Agroindustria, Call Center y Desarrollo de Software, entre otros, que no ameritan que se les exija garantia alguna, al no implicar sus actividades el ingreso de mercancias del exterior; sin embargo, no obstante que ello es razonable y se halla acorde al Reglamento Interno del Comite de Administracion de la ZOFRATACNA aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 122-2004/MINCETUR/DM, el actual MORDAZA, contempla la exigencia de garantia para todos los usuarios, lo cual consideran debe ser modificado, enmarcandose la propuesta dentro de lo establecido en las disposiciones legales vigentes como es el Decreto Supremo Nº 0792007-PCM y lineamientos publicados en el MORDAZA de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros. Asimismo, establece que debera modificarse el Formato Nº 03, referido a marcar el MORDAZA de actividad que desarrollara el usuario, habiendose incluido el inciso g) a fin de registrar otro MORDAZA de actividad autorizada, iniciativa que es concordante con el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que senala que toda modificacion de un formulario debe ser aprobada en la misma MORDAZA aprobatoria de los TUPAs o sus modificatorias. Que, la Gerencia de Operaciones de la ZOFRATACNA, mediante Memorandun Nº 454-2009-GO-ZOFRATACNA, informa que el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0082008-MINCETUR amplia las actividades de servicios contempladas en el literal e) del Articulo 5º del TUO de la Ley Nº 27688, incorporando los servicios de Call Center y Desarrollo de Software; los incisos a) y b) del Articulo 3º del TUO de la Ley en mencion, precisan que las actividades de servicios calificadas como tal, son las establecidas en el Articulo 5º del mismo reglamento, actividades que han sido ampliadas; asimismo, en el inciso a), referido a la operatividad de un Deposito MORDAZA Publico, dichas actividades de servicios son prestados a cualquier usuario autorizado por la ZOFRATACNA, mientras que en el inciso b), referido a la operatividad de un Deposito MORDAZA Particular, las actividades de servicios estan destinadas a realizarse unicamente sobre mercancias del propio usuario autorizado, que en el caso de las actividades de servicio de Call Center, Desarrollo de Software y Reparacion, Reacondicionamiento y/o Mantenimiento de Maquinaria, Motores y Equipos

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