Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2011 (16/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2011

a sus Organismos Publicos por un monto de CUARENTA MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 392 289,00), con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud para el Ano Fiscal 2011 a fin de financiar el costo diferencial del nombramiento de trabajadores del sector salud en el MORDAZA de las Leyes N°s 28498 y 28560 sus normas modificatorias y complementarias; De conformidad con el literal c) del numeral 9.1 del articulo 9º de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma de CUARENTA MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 392 289,00), destinados al financiamiento del costo diferencial del nombramiento del personal del Sector Salud, a nivel nacional, en el ambito de las Leyes Nºs. 28498 y 28560, a favor de las Unidades Ejecutoras de los Organismos Publicos del Ministerio de Salud y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : : 011 : 001 En Nuevos Soles

Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

Gobierno Central Ministerio de Salud Administracion CentralMINSA FUNCION : 20 Salud PROGRAMA FUNCIONAL : 006 Gestion SUBPROGRAMA FUNCIONAL : 0007 Direccion y Supervision Superior ACTIVIDAD : 015499 Desarrollo del MORDAZA Regulatorio de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA : FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales TOTAL SECCION PRIMERA SECCION MORDAZA : PLIEGO : FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales TOTAL SECCION MORDAZA TOTAL EGRESOS 40 392 289,00 ------------------40 392 289,00 =========== En Nuevos Soles Gobierno Central Recursos Ordinarios 881 381,00 ------------------881 381,00

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Disponen que liquidaciones correspondientes a la colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA primario de valores y las transferencias de estos titulos en el MORDAZA MORDAZA de valores, se efectuen mediante la modalidad "entrega contra pago"
DECRETO SUPREMO N° 061-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme al literal l) del Articulo 3º de la Ley N° 29440, Ley de los Sistemas de Pagos y de Liquidacion de Valores, el MORDAZA de liquidacion de valores consiste en el cargo y abono de valores y de los fondos respectivos en las cuentas de los Titulares o Participantes en el citado sistema; Que, asimismo, el literal d) del Articulo 5º de la Ley acotada dispone que la liquidacion en los Sistemas de Liquidacion de Valores debe realizarse segun el mecanismo denominado "entrega contra pago"; Que, la utilizacion en la liquidacion de valores del mecanismo denominado "entrega contra pago", asegura que el traslado de recursos para cancelar la transferencia de valores se lleve a cabo cuando se efectue la entrega de estos y viceversa; Que, de acuerdo con el Articulo 275° de la Ley N° 27287, Ley de Titulos Valores, las emisiones, contenido, negociacion y demas disposiciones aplicables a los valores mobiliarios emitidos por el Gobierno Central, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales u organismos publicos facultados para ello, se regiran por las disposiciones que sirvan de sustento legal a dichas emisiones y, en forma supletoria, por dicha ley;

Instancias Descentralizadas Gobiernos Regionales Recursos Ordinarios 39 510 909,00 ------------------39 510 289,00 -------------------40 392 289,00 ===========

1.2 El detalle de los recursos asociados a la transferencia de partidas senalada en el presente articulo, del Ministerio de Salud a favor de sus Organismos Publicos y los Gobiernos Regionales, a nivel de Pliego y Unidades Ejecutoras se encuentra en el anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante

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