Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2011 (17/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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DEBE DECIR:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de enero de 2011

«Visto, en sesion de fecha 20 de setiembre de 2010 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente Nº 2172/2008.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra MORDAZA MORDAZA CAMAGLLAMQUI, al dar lugar a la resolucion del Contrato Nº 029-2007-INPE/18 de fecha 22 de agosto de 2007, materia de la Licitacion Publica por Subasta Inversa Presencial Nº 001-2007-INPE/18, items Nros 02 y 03 » 2. Rectificar el error material incurrido en el numeral 3 de los antecedentes de la Resolucion Nº 1768-2010TC-S4 del 20 de setiembre de 2010, en los siguientes terminos: DICE: «El 15 de agosto de 2007, se otorgo la Buena Pro en los items Nº 02 y 03 al senor MORDAZA MORDAZA CAMAGLIANQUI, en adelante el Contratista, suscribiendose el Contrato Nº 029-2007-INPE/18 de fecha 22 de agosto de 2007» (el subrayado es nuestro)». DEBE DECIR: « El 15 de agosto de 2007, se otorgo la Buena Pro en los items Nº 02 y 03 al senor MORDAZA MORDAZA CAMAGLLAMQUI, en adelante el Contratista, suscribiendose el Contrato Nº 029-2007-INPE/18 de fecha 22 de agosto de 2007.» 3. Rectificar el error material incurrido en el numeral 1 de la parte resolutiva de la Resolucion Nº 1768-2010TC-S4 del 20 de setiembre de 2010, en los siguientes terminos: DICE: «Imponer al senor MORDAZA MORDAZA CAMAGLIANQUI sancion administrativa de inhabilitacion temporal por el periodo de doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la comision de la infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA de dia de notificada la presente Resolucion» (el subrayado es nuestro). DEBE DECIR: «Imponer al senor MORDAZA MORDAZA CAMAGLLAMQUI sancion administrativa de inhabilitacion temporal por el periodo de doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la comision de la infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA de dia de notificada la presente Resolucion.» 4. Dejar subsistente en sus demas extremos Resolucion Nº 1768-2010-TC-S4 del 20 de setiembre de 2010. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA ZAVALA. ZUMAETA GIUDICHI. ISASI BERROSPI. 589492-1

Sancionan a Pacific Representaciones S.A. con inhabilitacion temporal en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 013-2011-TC-S4 Sumilla: Es pasible de sancion el contratista que incumple injustificadamente el contrato, pese a haber sido requerido previamente para que ejecute las prestaciones a su cargo MORDAZA, 5 de enero de 2011 Visto, en sesion de fecha 5 de enero de 2011 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente Nº 2400/2009.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra el CONSORCIO MORDAZA MORDAZA, por su supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa o inexacta y por haber dado lugar a la resolucion de contrato de obra derivado de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 00202008-MDI-CEPO; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 02 de febrero de 2008, la Municipalidad Distrital de Independencia, en adelante la Entidad, convoco la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0020-2008-MDI-CEPO, para la Construccion de MORDAZA de Contencion en la MORDAZA Comandante Espinar del Comite 2 en el P.J. San MORDAZA de MORDAZA del Distrito de Independencia, con un valor referencial total ascendente a S/. 141,686.20 (Ciento cuarenta y un mil seiscientos ochenta y seis con 20/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la obra 2. Con fecha 22 de diciembre de 2008 se otorgo la Buena Pro del referido MORDAZA de seleccion a la empresa PACIFIC REPRESENTACIONES S.A. y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ambos integrantes del CONSORCIO MORDAZA MORDAZA, en adelante el Consorcio MORDAZA MORDAZA, por el monto de S/. 127,517.58 (Ciento veintisiete mil quinientos diecisiete con 58/100 Nuevos Soles). 3. El 26 de enero de 2009, la Entidad y el Contratista, suscribieron el Contrato de Obra correspondiente a la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0020-2008-MDI-CEPO, por el monto de S/. 127,517.58 (Ciento veintisiete mil quinientos diecisiete con 58/100 Nuevos Soles), para que el Contratista realice la construccion de un MORDAZA de contencion, de acuerdo a los terminos de referencia de las Bases, en el plazo de treinta (30) dias calendario. 4. Con fecha 11 de febrero de 2009 se lleva a cabo la entrega de terreno, suscribiendo el Acta de Entrega de Terreno, la Entidad, el Contratista y el Supervisor de Obra. En este acto el Residente de Obra declara recibir el terreno a satisfaccion, no encontrando impedimentos para la normal ejecucion de la Obra. 5. Con carta Nº 0001-2009-VVRRS/SO de fecha 27 de MORDAZA de 2009, el Supervisor de la Obra hace constar que el Contratista no ha cumplido con la ejecucion de las partidas, siendo el termino del plazo contractual el dia 24 de MORDAZA del mismo ano, por lo que solicita se notifique al Contratista para la subsanacion de la deficiencia y ejecutar la penalidad por atraso correspondiente. 6. Mediante Carta Notarial S/N de fecha 28 de MORDAZA de 2009, notificada el 04 de MORDAZA de 2009, la Entidad requirio al Contratista que en el plazo de quince (15) dias cumpla sus obligaciones contractuales, indicandose en dicha carta que en caso contrario, se procedera a la resolucion del mismo. 7. Mediante informe de Asesoria Legal Nº 3082009-UAL/MDI de fecha 14 de setiembre de 2009, se opina favorablemente a la ejecucion de la resolucion de contrato de obra correspondiente al MORDAZA de seleccion de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0020-2008-MDICEPO, toda vez que, al no subsanar el incumplimiento

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