Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2011 (17/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

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Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos, con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones economicas para sus diez (10) primeros anos de funcionamiento. La elaboracion del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesion logica de etapas que buscan la coherencia entre la mision, vision, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su calificacion, establecen las pautas para la elaboracion de los proyectos. Los proyectos se presentaran con un minimo de tres (03) Carreras Profesionales y un MORDAZA de cinco (05) carreras profesionales"; Que, en el articulo 14º del Reglamento del CONAFU establece que el Proyecto de Desarrollo Institucional sera presentado en fisico, con caratula color MORDAZA, y en archivo informatico en CD, debiendo coincidir ambos, sera organizado en carpetas separadas, con identificacion de las secciones A, B y C, y a su vez con separadores que identifiquen los documentos que la componen. Al momento de su MORDAZA ante la Oficina de Tramite Documentario todo el PDI debe estar debidamente foliado; Que, en el articulo 18° del Reglamento del CONAFU establece que el procedimiento se inicia con la MORDAZA de la solicitud de autorizacion de funcionamiento ante la Oficina de Tramite Documentario (OTD)...Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de la Oficina de Tramite Documentario, ingresara oficialmente el expediente para su tramite, remitiendo el mismo a la Secretaria General a fin de que esta MORDAZA, remita las Secciones A) y C) a la Consejeria de Asuntos Academicos (CDAA) y la Seccion B) a la Comision Juridica (CJ), quienes dispondran de cinco dias habiles para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU, a cuyo termino emitiran los informes correspondientes; Que, por Escrito s/n recibido de fecha 07de junio de 2010, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Vicepresidente de la Asociacion Promotora Educativa ELIM del Movimiento Misionero Mundial, que por encargo del Presidente de la Asociacion Promotora, presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada Internacional ELIM, conteniendo las secciones A, B y C respectivamente; Que, por Oficio Nº 964-2010-CONAFU-P de fecha 04 de agosto de 2010, el Presidente del CONAFU comunica al Proyecto de Universidad Privada Internacional ELIM, que en el plazo de ocho (08) dias habiles debera cumplir con subsanar las observaciones advertidas, bajo apercibimiento de declarar Inadmisible su solicitud, por ser este el procedimiento que regula el reglamento: "Seccion "A"; 1) Formato I.- considera a 3 responsables de Proyecto con el fin de salvaguardar la debida notificacion, debe designar un solo responsable del Proyecto para realizar los tramites correspondientes frente a este consejo, 2) Formato 4-G.-no presenta proyecciones para el MORDAZA y MORDAZA ano, de no tenerlas, completar con "0"; 3) Formato 4-H.- no presenta para el MORDAZA y MORDAZA ano, de no tenerlas, completar con "0"; 4) Formato 5-D.considera "otros (Vigilancia y Limpieza)" y no consigna los montos proyectados por ese concepto; 5) Formato 5-H.no considera proyecciones a 10 anos tal como lo establece el Art. 23 inc. "C numeral 7 del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU; en la Seccion "B"; 1)El Proyecto de Estatuto: Conforme a lo expresado en su articulo 1º este proyecto universitario se encuentra bajo el regimen legal del Decreto legislativo Nº 882, organizado como una Asociacion Civil sin fines de lucro; respecto a los capitulos minimos exigidos por el Reglamento de la materia aun queda pendiente la incorporacion de los referidos a la "Organizacion Academica" y "De lo servicios Universitarios". Asimismo, en el articulo 13º del Reglamento de la materia establece "los instrumentos de la organizacion juridica administrativa propuestos para la universidad contendran todos los requisitos y condiciones por ley para su funcionamiento definitivo", siendo asi, el recurrente debera eliminar de su texto toda referencia a

los organos de gobierno provisionales de la universidad tales como Presidente de Comision Organizadora, Vicepresidente Academico, Responsables de carreras, reservando su regulacion unicamente en las disposiciones transitorias; 2) Proyecto de Reglamento General y Reglamento de Organizacion y Funciones. Estos documentos deberan ser reelaborados teniendo en cuenta lo dispuesto por el articulo 13º del Reglamento citado en el parrafo precedente; 3) Reglamento Interno de Trabajo. Si bien este documento ha sido presentado con normas para la contratacion de personal administrativo, se advierte que no contiene normas para la contratacion de personal docente por lo que debera implementarse adicionalmente estas ultimas; 4) Organigrama de la Institucion, debera ser reelaborado consignando en su diagrama y en forma jerarquica a los organos propios de una universidad organizada como Asociacion Civil sin fines de Lucro (Asamblea General de Asociados, Directorio, Consejo Universitario, Rector, Vicerrector Academico, Gerente General, Consejo de Facultad, Decanos), suprimiendo a los organos de gobierno provisionales y a los de la promotora; 5) Constitucion de la Promotora. Tenemos que no forma parte del expediente remitido el Testimonio de la Escritura Publica de fecha 17 de MORDAZA de 2010 y el testimonio de la Escritura Aclaratoria del 25 de MORDAZA de 2010 por la que se constituyo la "Asociacion Promotora Educativa ELIM" consignando en la MORDAZA certificada Registral presentada, por lo que debera requerirse su presentacion. 6) Declaracion Jurada de quienes fueron las personas o instituciones que elaboro el estudio de MORDAZA y elaboro el Plan de Desarrollo Institucional. Debera volver a presentar este documento en la forma debida, esto es teniendo en cuenta que este documento debe ser suscrito exclusivamente por el representante legal de la entidad promotora o por quien tenga poder para actuar en su representacion, siendo esta persona la que declare bajo juramento quienes fueron las personas que elaboraron el estudio de MORDAZA en el PDI"; Que, por Oficio Nº 003-2010-RPUPIE recibido de fecha 10 de agosto de 2010, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Responsable del Proyecto de Universidad Privada Internacional ELIM, comunica el cambio de domicilio legal donde funcionara el campus Universitario; Que, con Oficio N° 004-2010/ELIM recibido con fecha 01 de setiembre de 2010, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente de la Asociacion Promotora Educativa ELIM del Movimiento Misionero Mundial del Proyecto de Universidad Privada Internacional ELIM, hace llegar el levantamiento de las observaciones contenidas en el Oficio No. 964-2010-CONAFU-P; Que, por Oficio Nº 713-2010-CONAFU-CDAA de fecha 23 de setiembre de 2010; el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Vicepresidente de la Promotora, remite a este Consejo Nacional las respuestas de las observaciones puestas en su conocimiento mediante Oficio Nº 964-2010CONAFU-P, por lo cual solicita que se tenga por levantada las observaciones. En el extremo de la adecuacion del Estatuto al articulo 13 de la Resolucion No. 387-2009CONAFU se advierte que el administrado no ha dado cumplimiento con levantar las siguientes Observaciones: 1) Conforme la forma organizacional propuesta, el proyecto de Universidad es la de una Asociacion sin fines de lucro, siendo que toda Asociacion esta conformada por mas de una persona sea natural juridica, por lo que el primer parrafo del articulo 1 debera de ser modificado ya que la redaccion actual hace ver que la asociacion esta conformada por una sola persona en este caso la Promotora, recomendandose el siguiente texto: ¨... esta conformada por la comunidad universitaria, profesores, estudiantes, graduados y sus asociados...¨.; 2) En el MORDAZA y tercer parrafo del primer articulo se debera eliminar toda referencia al CONAFU y su Ley de creacion, ya que no son disposiciones para el funcionamiento definitivo de la Universidad, siendo que las disposiciones para la etapa de funcionamiento con autorizacion provisional deberan de establecerse en un capitulo de disposiciones transitorias; 3) Del articulo 2º se desprende la confusion en que ha incurrido el administrado al considerar que la entidad promotora es la misma persona juridica que la futura Universidad, error que

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