Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2011 (17/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de enero de 2011

de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Supremo Nº 184-2008-EF). Articulo Tercero.- ENCARGAR al Secretario General remita copias Certificadas de los actuados administrativos a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios ­ CEPAD, a fin que realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades de los funcionarios o servidores publicos, de ser el caso, cuya conducta hubiese originado tal situacion de desabastecimiento inminente, de conformidad con lo senalado por el Articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el inciso c) del Articulo 20º de la Ley en mencion y el Articulo 129º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 1842008-EF. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Abastecimientos la publicacion del presente Acuerdo en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE) y al Secretario General su remision a la Contraloria General de la Republica con MORDAZA al Organo de Control Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dentro del plazo de 10 (diez) dias habiles siguientes de su emision, conforme lo dispone el Articulo 134º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 590417-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 06-2011-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 13 de enero del 2011 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 006-2011-CGM-CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, la Carta Nº 66-2011-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 029-2011-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Tecnico Nº 02-2011-SGABGA-MSS de la Subgerencia de Abastecimientos, el Informe Nº 007-2011-SGPRE-GPP-MSS de la Subgerencia de Presupuesto, el Memorandum Nº 92-2011-GA-MSS de la Gerencia de Administracion, el Informe Nº 29-2011GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, entre otros documentos, sobre Exoneracion de Contratacion de Seguros No Personales para la Municipalidad de MORDAZA por Desabastecimiento Inminente. CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Informe Tecnico Nº 02-2011-SGAB-GAMSS del 11.01.2011, la Subgerencia de Abastecimientos indica que la vigencia del Contrato Nº 004-2010-MSS derivado del Concurso Publico Nº 015-2009-MSS, cubre la contratacion del servicio de Seguros no personales hasta el 20.01.2011, siendo que, por tratarse de una

contratacion por Concurso Publico, el MORDAZA para cubrir el servicio debio convocarse por lo menos con tres meses de anticipacion, es decir, el MORDAZA debio ser convocado en el mes de octubre de 2010, debiendo de haberse iniciado las gestiones para la aprobacion del expediente (Estudio de posibilidades de MORDAZA y certificacion presupuestaria) en el mes de setiembre del 2010; Que, la Subgerencia de Abastecimientos agrega, que al inicio de la presente gestion, se encuentra con un contrato por culminar, sin haberse realizado oportunamente las gestiones para la aprobacion del expediente. Asimismo, para la convocatoria de un MORDAZA MORDAZA resulta necesario revisar el Slip Tecnico, las condiciones de este, los bienes asegurados, asi como en especial el personal asegurado puesto que para el ano 2011 se ha incrementado en Personal de Serenazgo y limpieza Publica que por sus condiciones de trabajo requiere ser asegurado; Que, la Subgerencia de Abastecimientos, senala que para convocar el MORDAZA que corresponde a la adquisicion del Servicio de Seguros No Personales y Personales de acuerdo a las gestiones que deben realizarse para su contratacion: Aprobacion del Expediente, Convocatoria y desarrollo del MORDAZA, plazo para suscripcion de contrato y otros, se estima como fecha aproximada de contratacion del servicio el 20.05.2011 (120 dias despues de aprobado el Plan Anual de Contrataciones - PAC inicial 2011); Que, la Subgerencia de Abastecimientos asimismo, senala que, ante el inminente desabastecimiento y siendo la cobertura de Seguros - Polizas de Riesgos Generales importante, para proteger los Bienes Patrimoniales y al personal que realiza trabajo de riesgo para la Municipalidad; se puede afirmar que este servicio es esencial para la Entidad, por tanto se solicita se lleve a cabo las acciones pertinentes con la Alta Direccion, a fin de ejecutar acciones paralelas al Concurso Publico que debe realizarse y prever la cobertura del servicio de seguros desde el 20 de enero (fecha en que culmina el actual contrato) hasta 20 de MORDAZA 2011 (120 dias, tiempo de realizar y contratar por MORDAZA proceso). En consecuencia, solicita la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la Contratacion del Servicio de Seguros No Personales por el monto ascendente a S/. 643,829.83 (Seiscientos cuarenta y tres mil ochocientos veintinueve con 83/100 Nuevos Soles), bajo la causal de desabastecimiento inminente, conforme a la normatividad vigente; Que, con Informe Nº 007-2011-SGPRE-GPP-MSS del 11.01.2011, la Subgerencia de Presupuesto, senala que la contratacion cuya exoneracion se solicita, cuenta con la cobertura presupuestal correspondiente en las especificas de gasto 2.3.2.6.3.99 "Otros Seguros de Bienes Muebles e Inmuebles" y 2.3.2.6.3.2 "Seguro de Vehiculos" en los rubros de financiamiento 08 Impuestos municipales, 09 Recursos Directamente Recaudados, por el monto de S/. 643,830.00 Nuevos Soles; Que, mediante Memorandum Nº 92-2011-GA-MSS del 11.01.2011, la Gerencia de Administracion remite el Informe Tecnico Nº 02-2011-SGAB-GA-MSS de la Subgerencia de Abastecimientos, con la finalidad de solicitar la aprobacion de la exoneracion para la contratacion por causal de desabastecimiento inminente de Seguros No Personales, hasta por el monto de S/. 643,829.83 Nuevos Soles, y se ponga en consideracion del Concejo Municipal; Que, con Informe Nº 29-2011-GAJ-MSS del 11.01.2011, la Gerencia de Asesoria Juridica informa que de conformidad con el Articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, establece las situaciones que pueden considerarse para la Exoneracion de procesos de seleccion, senala en su literal c) la situacion de desabastecimiento debidamente comprobada que afecte o impida a la Entidad cumplir con sus actividades u operaciones. De acuerdo al articulo 21º, la contratacion por Exoneracion debe ser aprobada por el Titular de la Entidad o Acuerdo de Concejo Municipal; Que, del mismo modo, indica que el Articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, "Se considera desabastecimiento a aquella situacion inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de bien, servicio u obra compromete en forma directa e

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