Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2011 (15/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 15 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

436165

General de la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 603174-2

Incorporase el numeral 19 en el Anexo Nº 2 de la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, de acuerdo al siguiente texto:
DEFINICION (...) 19 Minerales Solo el mineral metalifero, escorias y metalicos no cenizas comprendidos en las subpartidas auriferos nacionales del Capitulo 26 de la Seccion V del Arancel de Aduanas aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2007-EF y normas modificatorias, incluso cuando se presenten en conjunto con otros minerales o cuando hayan sido objeto de un MORDAZA de chancado y/o molienda. No se incluye en esta definicion: a) A los concentrados de dichos minerales. b) A los bienes comprendidos en la subpartida nacional 2616.90.10.00. 12% DESCRIPCION PORCENTAJE

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT que aprobo Normas para la Aplicacion del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central para incluir bienes en el Anexo Nº 2
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 037-2011/SUNAT MORDAZA, 14 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo Nº 940, aprobado por Decreto Supremo Nº 155-2004-EF y normas modificatorias, establece un Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central, cuya finalidad es generar fondos, a traves de depositos realizados por los sujetos obligados en las cuentas abiertas en el Banco de la Nacion, destinados a asegurar el pago de las deudas tributarias, costas y gastos administrativos del titular de dichas cuentas; Que el articulo 13° del citado TUO dispone que mediante MORDAZA dictada por la SUNAT se designara entre otros- los bienes a los que resultara de aplicacion el referido sistema de pago, asi como el porcentaje o valor fijo aplicable a cada uno de ellos, y se regulara lo relativo a los registros, la forma de acreditacion, exclusiones y procedimiento para realizar la detraccion y/o el deposito, el mecanismo de aplicacion o destino de los montos ingresados como recaudacion, entre otros aspectos, habiendose dictado al respecto la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT que aprueba las normas para la aplicacion del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central al que se refiere el Decreto Legislativo Nº 940; Que a fin de asegurar el pago de las obligaciones tributarias a cargo de los sujetos que realicen ventas gravadas con el Impuesto General a las Ventas de minerales metalicos no auriferos, se ha visto por conveniente incorporar dichos bienes al mencionado sistema de pago; Que en tal sentido se modifica el Anexo Nº 2 de la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 13° del TUO del Decreto Legislativo Nº 940 y normas modificatorias, y de conformidad con el articulo 11° del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias, y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- MODIFICACION DEL ANEXO Nº 2 DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 1832004/SUNAT

Articulo 2°.- MODIFICACION DEL ANEXO Nº 4 DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 1832004/SUNAT Incorporase el codigo 034 en el Anexo Nº 4 de la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias, de acuerdo al siguiente texto:
CODIGO 034 MORDAZA DE BIEN O SERVICIO Minerales metalicos no auriferos

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia el primer dia calendario del mes subsiguiente a aquel en que se publique y sera aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligacion tributaria del Impuesto General a las Ventas se genere a partir de dicha fecha. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 602904-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Otorgan plazo adicional para la remision de comentarios al Proyecto de Resolucion que establecera cargos de interconexion tope por acceso a la plataforma de pago
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 017-2011-CD/OSIPTEL MORDAZA, 10 de febrero de 2011 EXPEDIENTE MATERIA : N° 00002-2009-CD-GPR/IX. : Fijacion del Cargo de Interconexion Tope por Acceso a la Plataforma de Pago / Ampliacion de Plazo para Comentarios ­ Cambio de fecha y de sede para Audiencia Publica.

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