Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2017 (28/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Martes 28 de marzo de 2017 /

El Peruano

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) INCORPORANDO LAS FUNCIONES DE TURISMO LOCAL SOSTENIBLE A LA GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO ­ OFICINA DE TURISMO Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) incorporando las funciones de fomento de turismo local sostenible a la Gerencia de Desarrollo Humano ­ Oficina de Turismo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente ordenanza, la misma que tiene las siguientes funciones: a. Formular y/o promover herramientas de planificación y gestión que coadyuven al desarrollo del turismo local sostenible, alineadas a los planes existentes, en los tres niveles de gobierno, con participación del sector público y privado. b. Ejecutar y/o promover el acondicionamiento de espacios públicos para fines turísticos, con participación del sector público y privado. c. Ejecutar y/o promover acciones que coadyuven a mejorar la calidad en la prestación de los servicios turísticos. d. Ejecutar y/o promover acciones para el desarrollo, diversificación y consolidación de productos y servicios turísticos, en función de la demanda turística, con participación del sector público y privado. e. Generar y/o fomentar mecanismos de promoción y articulación comercial de la oferta turística a nivel local, regional, nacional e internacional, en coordinación con el sector público y privado. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Secretaría General el seguimiento a la modificación de los instrumentos de gestión municipal que correspondan; para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y/o cartel, portal institucional de la Municipalidad . La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ABEL MIRANDA PALOMINO Alcalde 1501768-1

Públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias de los viajes al exterior de los Funcionarios y Servidores Públicos, estos se autorizaran mediante documento de la más alta autoridad de la respectiva entidad. Que, el Alcalde Elvis Delgado Bacigalupi, ha recibido la invitación a la XIV CUMBRE LATINOAMERICANA DE MARKETING POLÍTICO, como Invitado Especial a dicho evento, para la premiación "AL MEJOR ALCALDE", así mismo para su participación como "EXPOSITOR" del liderazgo del distrito de Yanahuara por ser un distrito Prototipo, con una jurisdicción residencial, tradicional, turística, ecológica y segura; donde expondrá además el proyecto Ampliación y Mejoramiento del Complejo Multideportivo Magnopata, con la posibilidad de que este proyecto pueda ser financiado; la XIV CUMBRE LATINOAMERICANA DE MARKETING POLÍTICO, se llevará a cabo los días 11, 12 y 13 de abril del presente año, en MIAMI DADE COLLEGE, en Miami Florida. Que, en tal sentido, resulta de interés para la Municipalidad Distrital de Yanahuara, la asistencia y participación del señor Alcalde al XIV CUMBRE LATINOAMERICANA DE MARKETING POLITICO, ya que dicho evento brindará la oportunidad de debatir las principales dinámicas que a nivel social, medioambiental, económico y cultural, Seguridad Ciudadana, tienen impacto en el trabajo cotidiano sobre el terreno, así como el marco para definir las recomendaciones principales de los gobiernos . Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, mediante su artículo 9.- Atribuciones del Concejo Municipal, inciso 11) señala que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del País que en Comisión de Servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972 y contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores a la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 03-2017MDY, el Concejo Municipal. ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, del 09 al 16 de abril del 2017, el viaje de carácter oficial a la ciudad de Miami, Florida ­ Estados Unidos, del Alcalde ELVIS DAVID DELGADO BACIGALUPI, para asistir al XVI CUMBRE LATINOAMERICANA DE MARKETING POLÍTICO. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, los gastos por concepto de inscripción ascendiente a S/ 2,164.00 (DOS MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES); los gastos por concepto de pasajes y viáticos deberá ser calculados sujetándose a la Ley Nº 27619, que regula la autorización viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, respetando las medidas de austeridad, racionalización y transparencia del gasto público. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas y a la Oficina Planeamiento y Presupuesto, cumplir con presupuestar y otorgar los gastos que irrogue dicho viaje, afectando el egreso en la partida presupuestal correspondiente; por cada día de gestión autorizado por el Concejo Municipal y con la escala establecida para dicho fin. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, el fiel cumplimiento del presente acuerdo de Concejo. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIS DELGADO BACIGALUPI Alcalde 1501874-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAHUARA
Autorizan viaje de alcalde a los EE.UU. para asistir a la XVI Cumbre Latinoamericana de Marketing Político
ACUERDO MUNICIPAL Nº 07-2017-MDY Yanahuara, 15 de febrero de 2017 VISTOS: La Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 03-2017-MDY, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de servidores y funcionarios

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