Norma Legal Oficial del día 14 de Abril del año 2006 (14/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los siete (7) Certificados de Cumplimiento cuyas fechas son: dos (2) de fecha 23.09.2005, dos (2) de fecha 06.10.2005 y 11.10.2005, respectivamente, dos (2) de fecha 13.10.2005 y uno (1) de fecha 20.10.2005, expedidos por el Laboratorio de Certificacion Gaming Laboratories International, Inc (GLI), asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18° del Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18° del Decreto Supremo N° 0092002-MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley N° 27153, modificada por la Ley N° 27796, el Decreto Supremo N° 009-2002MINCETUR y el Procedimiento N° 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico N° 027-2006-MINCETUR/VMT/DNT/ DJCMT/SDAR/YGP y Legal N° 237-2006-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Gaming and Technology Peru, siete (7) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa International Gaming Technology (EE.UU), segun el siguiente detalle:
N° 01 02 03 04 05 06 07 Registro A0006730 A0006731 A0006732 A0006733 A0006734 A0006735 A0006736 Codigo de la Memoria GK000803 GK000802 GK000679 GK000797 GK000796 GK000804 GK000799

autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21° del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los Certificados de Cumplimiento Nºs. 200511-30, 200511-32, 200511-33 y 200511-68, de fecha 22.11.2005, expedidos por el Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru, asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18° del Decreto Supremo N° 009-2002MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18° del Decreto Supremo N° 0092002-MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley N° 27153, modificada por la Ley N° 27796, el Decreto Supremo N° 009-2002MINCETUR y el Procedimiento N° 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico N° 031-2006-MINCETUR/VMT/DNT/ DJCMT/SDAR-YGP y Legal N° 235-2006-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Diversion Extra De Quebec del Peru S.A., cinco (5) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa Pro- Diversion Extra de Canada S.A. (Panama) segun el siguiente detalle:
Nº 1 2 3 Registro A0006737 A0006738 A0006739 A0006740 A0006741 Codigo de la Memoria X-DEK-B7 21L 15B OP PERU SPX_v1-07.1 {U15 (LCX340) y U17 (CFX340M)} X-DEK-ALADDIN2 21L 15B OP PR SPX_v1-03.1 {U15(LCX340) y U17 (CFX340M)} X-DEK-BNKVLT 21L 15B OP PR SPX_v1-05.1 {U15 (LCX340) y U17 (CFX340M) X-DEK-MAYAN 21L 15B OP PR SPX_v1-06.1 {U15 (LCX340) y U17 (CFX340M)} X-DEK-MOUSE 21L 15B OP PR SPX_v1-06.1 {U15 (LCX340) y U17 (CFX340M)

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 06618 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 218-2006-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 17 de febrero de 2006 Visto, el Expediente N° 002186-2005-MINCETUR, de fecha 22.12.2005, presentado por la empresa Diversion Extra De Quebec del Peru S.A., en el que solicita autorizacion y registro de diez (10) memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11° que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18° del Reglamento de la Ley N° 27153, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2002MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 06619 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 223-2006-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 17 de febrero de 2006 Visto, el Expediente N° 000115-2006-MINCETUR, de fecha 18.01.2006, presentado por la empresa WMS Gaming Inc., en el que solicita autorizacion y registro de ocho (8) memorias de solo lectura;

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