Norma Legal Oficial del día 30 de Marzo del año 2010 (30/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 30 de marzo de 2010

de UNICEF, de una Consultoria Externa, para brindar Asistencia Tecnica a la Comision de Implementacion de la Estrategia Regional Ica, para lograr como productos: la elaboracion de un Plan Articulado Regional de mediano Plazo, un Plan Operativo, y un Sistema de Seguimiento, evaluacion y monitoreo de la implementacion de las Intervenciones articuladas; Que, estando a lo expuesto resulta necesario, autorizar a la "Comision de Implementacion y Articulacion de la Estrategia Regional CRECER ICA", extender su ambito de Intervencion a los 33 distritos de la provincias de Ica, MORDAZA y Chincha, que han sido afectadas por el Terremoto del 15 de agosto 2007, propuesta que se encuentra sustentada por lo dispuesto en el parrafo MORDAZA del numeral 2.1 , del capitulo II Ambito de Intervencion, del Decreto Supremo Nº 080-2007-PCM, "Plan de Operaciones de la Estrategia Nacional CRECER, que indica" Asimismo, intervendra, la Estrategia Nacional CRECER, en las localidades declaradas en emergencia por haber sido afectadas por fenomenos o desastre naturales; Que, estando a lo propuesto, debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional en la Sesion Ordinaria de fecha trece de noviembre del 2008, y de conformidad con las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales" y su modificatorias; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la "Comision de Implementacion y Articulacion de la Estrategia Regional CRECER ICA", extender su ambito de Intervencion a los 33 distritos de la provincias de Ica, MORDAZA y Chincha, que han sido afectadas por el Terremoto del 15 de Agosto 2007. Articulo Segundo.- DECLARAR, de prioridad e interes Regional la "Implementacion de la Estrategia Regional CRECER ICA", en el ambito de los 33 distritos de la provincias de Ica, MORDAZA y Chincha, que han sido afectadas por el Terremoto del 15 de Agosto 2007. Articulo Tercero.- DISPONER, la insercion en los Planes Operativos Regionales Sectoriales de Educacion y Salud, de los Programas Sociales, de la entidades publicas y privadas, y de la Sociedad Civil, los lineamientos de Politica, las actividades y proyectos que se encuentran vinculados directa o indirectamente a la lucha contra la pobreza y la desnutricion cronica Infantil, en el MORDAZA de la Estrategia Regional CRECER Ica. Articulo Cuarto.- RECONOCER, la conformacion de la Comision de Implementacion y Articulacion de la Estrategia Regional CRECER Ica, aprobada por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0756­ 2007­GORE­ ICA/PR e INCORPORAR, nuevos miembros a la Comision, la misma que se encargara de conducir el MORDAZA de implementacion de la Estrategia Nacional CRECER, en el ambito de la Region Ica, organizando y articulando la intervencion de los sectores, Programas y proyectos del Gobierno Nacional, Regional y Local, que se encuentran vinculados con la lucha contra la desnutricion cronica infantil y la lucha contra la pobreza; quedando constituida por los siguiente miembros: Gerente Regional de Desarrollo Social GORE - ICA (quien presidira) Director Regional de Educacion ­ Ica Director Regional de Salud - Ica Jefe Oficina Zonal del Seguro Integral de Salud Ica SIS ­ Ica Jefe Oficina Zonal del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria Ica PRONAA - Ica Jefe Oficina Zonal Construyendo Peru - Ica Jefe Oficina Zonal Foncodes - Ica Responsable del Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion Ica PRONAMA ICA - DEREI - ICA Jefe Oficina Zonal PROVIAS Descentralizado ­ Ica. Coordinador de la Mesa Regional de Concertacion para la lucha contra la pobreza Ica. Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil RENIEC ­ Ica. Un representante de Wawa Wasi ­ Ica. Un representante de las ONGs que realizan actividades de lucha contra la desnutricion y pobreza en la Region Ica, nominado por el Gobierno Regional Ica.

Un representante de los Organismos de Cooperacion Tecnica Internacional que realizan actividades de lucha contra la desnutricion y Pobreza en la Region Ica, nominado por el Gobierno Regional Ica. Articulo Quinto.- PRECISAR, que el monitoreo de la Implementacion de la Estrategia Regional Crecer Ica, es responsabilidad de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ica, quien preside la Comision, de acuerdo al acapite 5.2 del Capitulo V del Decreto Supremo Nº 080­2007­PCM. Articulo Sexto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional conforme a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales 27867. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA TRIVENO MORDAZA Presidente Regional 474203-5

Autorizan a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones a emitir Licencias de Conducir de la Clase "A"
ORDENANZA REGIONAL Nº 0020-2009-GORE-ICA Ica, 7 de diciembre de 2009 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesion Ordinaria del dia doce de noviembre del ano dos mil nueve. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales de conformidad a lo dispuesto por los articulos 2, 4 y 5 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa que tienen por finalidad fomentar el desarrollo regional integral sostenible y por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Region, rigiendose sus normas y disposiciones por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa de acuerdo al articulo 36 de la MORDAZA legal citada; Que, el articulo 38 de la MORDAZA legal citada establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el inciso h) del articulo 56 de la Ley 27867, establece que son funciones de los Gobiernos Regionales en materia de transporte el de "regular, supervisar y controlar el MORDAZA de otorgamiento de licencias de conducir de acuerdo a la normatividad vigente"; Que, el articulo 15 de la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181, modificada por el articulo 1 de la Ley Nº 28172 establece que son autoridades competentes en materia de transporte y MORDAZA terrestre entre otros, los Gobiernos Regionales y el articulo 16, inciso a) de la Ley, concordado con el articulo 2 de la Ley Nº 28172 en materia de competencia de los Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales tienen en materia de transporte, competencia normativa, de gestion y fiscalizacion, conforme a lo senalado en el articulo 56 de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales, y de igual forma precisa que los Gobiernos Regionales aprobaran normas especificas en materia de transportes, con sujecion a lo establecido en cada Reglamento Nacional; Que, por Resolucion Ministerial Nº 307-2008MTC/01, se ha declarado la conclusion del MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales especificas en materia de transportes, transfiriendose al Gobierno

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