Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 1998 (08/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 8 de agosto de 1998

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo con lo establecido en los Articulos 63º y 66º de la Ley Nº 26221, Decreto Legislativo Nº 688 y demas normas aplicables, es procedente extender las garantias senaladas en estos dispositivos al MORDAZA integrante de la contratista; De conformidad con los incisos 8) y 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la cesion de participacion en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 72, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-96-EM, por parte de Occidental Petrolera del Peru Inc., Sucursal del Peru a favor de Global Petroleum Co., Ltd., Sucursal del Peru; asi como la modificacion del citado contrato, derivada de la cesion que se aprueba en el presente articulo. Articulo 2º.- Autorizase a PERUPETRO S.A. a suscribir con las empresas Occidental Petrolera del Peru Inc., Sucursal del Peru y Global Petroleum Co., Ltd., Sucursal del Peru, con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la cesion y modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 72, que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas 8815

Que, por Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercaderias donadas provenientes del extranjero asi como las donaciones por concepto de Cooperacion Internacional gozaran de tratamiento preferencial en el Despacho de Aduanas de la Republica por lo que es procedente aceptar la indicada donacion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 821 y el Decreto Supremo Nº 009-96-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion efectuada por la iglesia evangelica "Agua Viva de la Roca" con sede en la MORDAZA de Cochabamba-Bolivia, consistente en ropa usada valorizada en US$ 800.00 (OCHOCIENTOS DOLARES AMERICANOS), a favor del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, para ser distribuida entre los damnificados por el Fenomeno del MORDAZA, en la MORDAZA del distrito de MORDAZA Teresa. Articulo 2º.- Transcribase la presente resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Contraloria General de la Republica y a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional, dentro de los plazos establecidos por la ley. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 8821

EDUCACION
Autorizan viaje de reportero a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 093-98-ED MORDAZA, 5 de agosto de 1998

PRES
Aprueban donacion efectuada a favor de damnificados por el Fenomeno El MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 204-98-PRES MORDAZA, 7 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ejecutiva Presidencial Nº 231-98-CTAR-RI/PE de fecha 18 de junio de 1998, el entonces Consejo Transitorio de Administracion Regional de la Region Inka, acepto la donacion efectuada por la iglesia evangelica "Agua Viva de la Roca", consistente en 15 MORDAZA de ropa usada para ser distribuida entre los damnificados del Fenomeno del MORDAZA de la MORDAZA del distrito de MORDAZA Teresa; Que, con Ley Nº 26922, Ley MORDAZA de Descentralizacion, se establece que el MORDAZA de regionalizacion se constituye sobre el ambito territorial de los departamentos con ese fin se crean los Consejos Transitorios de Administracion Regional en cada uno de los departamento del pais; Que, en atencion a la MORDAZA descrita en el considerando que antecede a partir del 1 de MORDAZA del ano en curso se constituye el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, en cuya jurisdiccion se encuentra ubicado el distrito de MORDAZA Teresa; Que, es necesario formalizar la aprobacion de la indicada donacion de acuerdo con las normas legales vigentes;

CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Republica, ingeniero MORDAZA Fujimori Fujimori, viajara a la Republica de Colombia, en visita oficial, del 6 al 7 de agosto de 1998; Que, se requiere la presencia de un reportero que cubra las incidencias informativas del viaje del senor Presidente de la Republica, el mismo que viajara en el avion presidencial; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, el viaje en comision de servicio del senor reportero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para cubrir las incidencias informativas de la visita oficial del Presidente de la Republica, ingeniero MORDAZA Fujimori Fujimori, a la Republica de Colombia, del 6 al 7 de agosto de 1998. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, se afectaran con cargo a Presupuesto del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: viaticos US$ 400.00. Articulo 3º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 8820

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