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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (08/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 162894 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de agosto de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 01728010, organizado por la Empresa de Transportes ALIAGA S.R.LTDA., sobre Ampliación de Ruta e Informe Técnico Nº 582-98-MTC/15.18.04.Imt de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e In- ternacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transporte ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento del Servicio aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la Ampliación de Ruta del servicio autorizado por Resolución Directoral Nº 400-96-MTC/15.15, de 24 de setiembre de 1996; Estando a las opiniones de las Direcciones de Trans- porte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 1853-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 771-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Servicio, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, Texto Unico Ordena- do de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02- 94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR a la Empresa de Transpor- tes ALIAGA S.R.LTDA., concesionaria de la ruta: YAU- YOS-HUANCAYO y viceversa, autorizada por Resolu- ción Directoral Nº 400-96-MTC/15.15, de 24 de setiem- bre de 1996; la ampliación de ruta solicitada hasta la ciudad de COBRIZA; en consecuencia, se modifica el Artículo Primero de la referida resolución, la que queda- rá redactada en los términos siguientes: RUTA :YAUYOS - COBRIZA y viceversa ORIGEN :YAUYOS DPTO.: LIMA DESTINO :COBRIZA DPTO.: HUANCAVELICA ITINERARIO :YAURICOCHA - HUANCAYO ESCALA COMERCIAL :YAURICOCHA FRECUENCIAS :Dos (2) diarias FLOTA VEHICULAR :Cuatro (4) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Tres (3) ómnibus: UP-3148 (1994), UP-3440 (1994) y UO-9564 (1996) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UI-7028 (1981) HORARIOS :Salida de Yauyos: 04.00 y 6.00 horas Salida de Cobriza: 03.00 y 15.00 horas Los ómnibus señalados anteriormente, sólo podrán ser utilizados en el servicio si portan la tarjeta de circulación vehicular respectiva. Queda vigente lo demás que contiene, por las razo- nes expuestas en la parte considerativa de esta resolu- ción. Segundo.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Tercero.- La presente resolución se publicará confor- me a ley en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 8769Otorgan concesión a empresa para que preste servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 982-98-MTC/15.18 Lima, 30 de julio de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 01984010 organizado por TRANSPORTES SANTA ROSA DE LIMA PATRONA DEL PERU S.A., sobre Concesión de Ruta: Lima-Huacrachuco y viceversa e Informe Nº 662- 98-MTC/15.18.04.atr de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del Reglamento del Servicio Público de Transporte Te- rrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la prestación del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direccio- nes de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 2078-98-MTC/ 15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 778-98- MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- bado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a TRANSPORTES SANTA ROSA DE LIMA PATRONA DEL PERU S.A. la Concesión de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, en la ruta: Lima- Huacrachuco y viceversa, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA-HUACRACHUCO y viceversa ORIGEN :LIMA DPTO.: LIMA DESTINO :HUACRACHUCO DPTO.: HUANUCO ITINERARIO :CHIMBOTE-SIHUAS FRECUENCIAS :Dos (2) semanales FLOTA VEHICULAR :Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un (1) ómnibus: UO-5849 (1994) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UO-7951 (1984) HORARIOS :Salida de Lima: 7.00 a.m. (domingo y miércoles) Salida de Huacrachuco: 7.00 a.m. (lunes y jueves) La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo res- ponsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cum- plir con las normas legales establecidas en el Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interpro- vincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº