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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (08/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 162895 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de agosto de 1998 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicarán las sancio- nes previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacio- nal e Internacional. Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 8767 PESQUERIA Declaran improcedente solicitud de autorización de instalación y licencia para operación de planta de harina de pescado residual RESOLUCION DIRECTORAL Nº 149-98-PE/DNPP Lima, 6 de agosto de 1998 Visto los escritos con Registros Nºs 006706, 05980, 09230, 13236 y 0025097 de fechas 18 de junio de 1996, 15 de mayo, 17 de julio, 10 de octubre de 1997 y 20 de febrero de 1998, respectivamente, presentados por IBC CORPORACION DE NEGOCIOS S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 679-95-PE de 19 de diciembre de 1995 se otorgó a IBC CORPORA- CION DE NEGOCIOS S.A. licencia para que opere una planta de congelado de productos hidrobiológi- cos, con una capacidad de 35 t/día, en su estableci- miento industrial pesquero ubicado en la zona in- dustrial II, Mz. E, lote 1, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que mediante los escritos del visto, IBC CORPO- RACION DE NEGOCIOS S.A., solicitó autorización de instalación vía regularización y licencia de opera- ción de una planta de harina de pescado residual la cual resulta preexistente, para el procesamiento de los residuos provenientes de su planta de congelado de productos hidrobiológicos, a ubicarse en el estable- cimiento industrial señalado en el considerando pre- cedente; Que de la evaluación efectuada a la documentación presentada, se ha determinado que la recurrente no ha cumplido con alcanzar para su adecuación, los requisi- tos establecidos en los Procedimientos Nºs. 16 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos apro- bado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE, y que le fue requerido y reiterado con Oficios Nºs. 189, 304 y 511-98- PE/DNPP-Dn de 5 y 27 de febrero y 17 de abril de 1998, respectivamente; Estando a lo informado por la Dirección de Normas de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, a través de su Informe Nº 121-98-PE/DNPP-Dn de 22 de junio de 1998, y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Artículo 43º incisos b) nume- ral 4 y d) del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y la Resolución Ministerial Nº 039-98-PE; En uso de las facultades conferidas en el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de autorización de instalación vía regularización y licencia para la operación de la planta de harina de pescadoresidual iniciado por IBC CORPORACION DE NEGO- CIOS S.A., por las razones expuestas en la parte conside- rativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Directoral a la Dirección Regional de Pesquería de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 8751 PODER JUDICIAL Aceptan donación de terreno efectua- da por la Municipalidad Provincial de Castilla RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 324-98-SE-TP-CME-PJ Lima, 7 de agosto de 1998 VISTO La Resolución Municipal Nº 006-98-MPC expedida por la Municipalidad Provincial de Castilla, distrito de Aplao, provincia de Castilla, Región Arequipa, y demás docu- mentos que se acompañan; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de visto, la Municipali- dad Provincial de Castilla, por Acuerdo de Concejo en Sesión Ordinaria de fecha 15 de enero de 1998, resuel- ve conceder en calidad de donación en favor del Poder Judicial, un área de 1,200.00 metros cuadrados, de un terreno de mayor extensión ubicado en la avenida 3 de abril del distrito de Aplao, provincia de Castilla, Re- gión Arequipa, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características aparecen inscritas en la Ficha Nº 67463 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina de Registros Públicos de Arequipa; Que, por Resolución Administrativa Nº 566-CME-PJ, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, evaluar la aceptación de las donaciones de bienes muebles e inmuebles que se realicen en favor de los organos de este Poder del Estado; En uso de las atribuciones otorgadas por las Resolu- ciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ, 566-CME-PJ y 031-98-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por la Municipalidad Provincial de Castilla, de 1,200.00 metros cuadrados, de un terreno de mayor extensión ubicado en la avenida 3 de abril del distrito de Aplao, provincia de Castilla, Región Arequipa, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás características aparecen inscritas en la Ficha Nº 67463 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina de Registros Públicos de Arequipa, en favor del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Autorizar al Sr. Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, para que en nombre y representación del Poder Judicial, suscriba los documentos necesarios para la formalización de la transferencia a que se contrae el artículo precedente. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolu- ción a la Superintendencia de Bienes Nacionales, Contra- loría General de la República, Gerencia General, Presi- dencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa y a los organos correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 8801