Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 1998 (14/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 14 de agosto de 1998

NORMAS LEGALES

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MORDAZA a traves de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID) hasta por el equivalente a CIEN MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 100,000.00), destinada a complementar las actividades del Proyecto "Fortalecimiento de Consultorios Juridicos Populares para MORDAZA y Callao" para el ejercicio 1998. Articulo 2º.- Comprendase la donacion precitada, dentro de los alcances del Articulo 50º de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestion Presupuestaria. Articulo 3º.- Autorizase al Ministerio de Justicia a incorporar la referida donacion en el Presupuesto del Pliego, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 10º de la Ley Nº 26894 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para 1998. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Suprema a la Contraloria General de la Republica y al Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Relaciones Exteriores y de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 9066

Peruano Britanica, por las operaciones que a continuacion se detallan: a) Servicios Culturales, conforme lo senala el Articulo 2º del Estatuto de la Asociacion Cultural Peruano Britanica. 1. La difusion de la cultura britanica mediante: - La mantencion de una o mas bibliotecas formadas por la donacion o compra de libros y publicaciones. - La organizacion de conferencias y reuniones. - El MORDAZA o la realizacion de exposiciones, conciertos, representaciones y toda clase de actividades que contribuyan a la diseminacion de la Cultura Britanica directamente y/o por medios de difusion. - La ensenanza de la lengua inglesa mediante: - Programas para la preparacion de maestros y profesores. - La organizacion de cursos que seran dictados por maestros y profesores idoneos. - La constitucion de jurados examinadores, que podran expedir diplomas de preparacion elemental, instruccion comercial, capacidad o instruccion superior. - La provision de facilidades para la rendicion de examenes oficiales de instituciones britanicas. 2. La difusion de la cultura peruana a traves de: - El MORDAZA o la realizacion de actividades teatrales y cinematograficas, exposiciones, conciertos y por cualquier otro medio de comunicacion. - La organizacion de conferencias, forums, charlas, jornadas, certamenes y demas reuniones similares. 3. La promocion de los valores de la cultura universal. b) Transferencia eventual de bienes usados que pertenezcan al activo de la Asociacion Cultural Peruano Britanica. La inafectacion a que se refiere el presente articulo se aplicara a partir de la vigencia de la calificacion otorgada por el Instituto Nacional de Cultura y no incluye transferencia de bienes salvo lo previsto en el literal b) de este articulo. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT). Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 9062

EDUCACION
Autorizan inafectacion del IGV de diversas operaciones realizadas por asociacion cultural
RESOLUCION SUPREMA Nº 100-98-ED MORDAZA, 12 de agosto de 1998 VISTA: La solicitud de fecha 11 de MORDAZA de 1997, presentada por la Asociacion Cultural Peruano Britanica sobre inafectacion del Impuesto General a las Ventas; CONSIDERANDO: Que, no esta gravada con el Impuesto General a las Ventas, la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios debidamente autorizada mediante Resolucion Suprema, vinculadas a sus fines propios efectuadas por las instituciones culturales, que se encuentren constituidas como fundaciones o asociaciones que no distribuyan renta, segun el inciso c) del Articulo 18º y el inciso b) del Articulo 19º de la Ley del Impuesto a la Renta; Que, el Decreto Supremo Nº 075-97-EF establece los procedimientos y requisitos que deben cumplir las instituciones culturales a fin de obtener la autorizacion para la inafectacion del Impuesto General a las Ventas; Que, asimismo la institucion solicitante ha cumplido con adjuntar la documentacion a que se refiere el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto por el MORDAZA parrafo del inciso g) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 821, sustituido por el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 882; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZASE la inafectacion del Impuesto General a las Ventas a la Asociacion Cultural

Aprueban inafectacion de derechos arancelarios y del IGV a importacion realizada por universidad
RESOLUCION SUPREMA Nº 101-98-ED MORDAZA, 12 de agosto de 1998

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