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Pág. 163102 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de agosto de 1998 Visto el Expediente Nº 010254-98 presentado por la Universidad Nacional de Ancash "Santiago Antúnez de Mayolo" sobre inafectación de los Derechos Arancela- rios y del Impuesto General a las Ventas a la importa- ción del bien que se encuentra en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el De- creto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promoción de la Inversión en la Educación", establecen que la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las Institucio- nes Educativas Públicas y Particulares para sus fines propios están inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF mo- dificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se apro- bó la relación de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Aran- celarios aplicables a las Instituciones Educativas Públi- cas o Particulares, estableciéndose, asimismo, el proce- dimiento para la aplicación del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APRUEBASE la inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas, a la importación realizada por la Universidad Nacional de Ancash "Santiago Antúnez de Mayolo" del bien que se encuentra incluido en el Decreto Supremo Nº 046-97-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 003- 98-EF y la adecuación arancelaria señalada en la Circu- lar Nº 46-06-98-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998, según la partida arancelaria siguiente: Partida Arancelaria Descripción 8443.19.00.00 Las demás máquinas y aparatos para imprimir offset. Artículo 2º.- La inafectación a que se refiere el artículo anterior procederá siempre que la importación del bien se ajuste a la cantidad, valor y demás caracte- rísticas declaradas en los formularios de "Importacio- nes Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presenta- dos por la Universidad Nacional de Ancash "Santiago Antúnez de Mayolo", según Expediente Nº 010254-98 y que dicho bien sea destinado al cumplimiento de los fines propios de la referida institución educativa. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efec- tuar según el caso, al Ministerio de Educación, así como a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUA- NAS, incluyendo la verificación de la clasificación aran- celaria del bien cuya inafectación se solicita. Artículo 3º.- Transcríbase la presente resolución, a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación y por el Minis- tro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DOMINGO PALERMO CABREJOS Ministro de Educación JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 9063SALUD Aceptan renuncia y designan asesor de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio RESOLUCION SUPREMA Nº 076-98-SA Lima, 12 de agosto de 1998 Visto el Oficio Nº 672-98-DIGEMID-DG-AL, de la Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas del Mi- nisterio de Salud; CONSIDERANDO: Que por Resolución Suprema Nº 020-98-SA, se desig- nó a don Juan Tito Guevara Paredes como Asesor I, Nivel F-4, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; Que el indicado funcionario ha presentado renuncia al cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar, a partir de la fecha de la presente resolu- ción, la renuncia formulada por don Juan Tito Guevara Paredes al cargo de Asesor I, Nivel F-4, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Minis- terio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República MARINO COSTA BAUER Ministro de Salud 9064 RESOLUCION SUPREMA Nº 077-98-SA Lima, 12 de agosto de 1998 Visto el Oficio Nº 672-98-DIGEMID-DG-AL, de la Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas del Mi- nisterio de Salud; CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Asesor I, Nivel F-4, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; Que es necesario designar al funcionario que desempeñe el referido cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Designar, a partir de la fecha de la presente resolu- ción, en el cargo de Asesor I, Nivel F-4, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Minis- terio de Salud, a don Wilfredo Humberto Ingar Armijo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República MARINO COSTA BAUER Ministro de Salud 9065