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Lima. sábado 24 de enero de 199X P&. 156749 ejerciendo don Eulogio Julián León Zeciga, por la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo, la misma que se formalizó mediante Resolución Municipal N” 011-97. A-MDH de fecha 1 de setiembre de 1997;El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribucio- nes: RESUELVE: Que, el Concejo Municipal de Huachón, no ha remitido los cargos de las citaciones efectuadas a las sesiones de Concejo en las que se produjo la inconcurrencia del Regidor citado; Que, el recurso de revisión presentado por el Regidor don Eulogio Julián León Zaciga, ante ei Concejo Distrital de Huachón, resulta presentado más alla de los 8 días naturales de notificada la resolución si se tiene en cuenta la certifica- ción del Juez de Paz Acceskario del distrito de Huachón, don Anacleto Cóndor Hidalgo y del Gobernador del distrito de Huachón, don Aurelio Mandujano Espinoza; Que, sin embargo, el Regidor afectado, manifiesta que la firma y el sello del Primer Accesitano del Juzgado de Paz de Huachón, señor Anacleto Cóndor Hidalgo ha sido falsificada para acreditar que se le ha notificado la vacancia; así como también manifiesta que se ha falsificado la firma y sello del Alcalde que aparece en el ejemplar de la resolucrón de vacancia, por lo que corresponde hacer de cono< rmrento de estos hechos al órgano competente; El Jurado Nacional de Elecerones, en uso de su+ atnbucio- nes.Artículo Primero.- Declarar, en vía de aclaración, que el llamamiento efectuado mediante Resolución W 681-97- JNE del 17 de julio de 1997, es a don Silverio Chambi Capacoila, candidato no proclamado de la Lista Indepen- diente N” 5 “Acción Vecinal Pro-Axángaro”, en reemplazo del Regidor Freddy Moisés Amanqui Zea. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la credencial otor- gada a don Silverio Chambi Copacolla, de fecha 17 de julio de 1997. Artículo Tercero.- Otórguese la respectiva credencial a don Silverio Chambi Capacoila, como Regidor del Concejo Distrital de Arapa de la provmcia de Azángaro. Regístrese y comuníquese SS. CHOCAN0 MARINA; MUNOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; TRUJILLANO Secretaro General RESUELVE: 0882 Artículo Primero.- Declarar inadmisible la <olicitud de don Erculano García Carhuaricra, respecto a la vacancia de cargo del Regidor don Euiogio Julián León Zactga, por los considerandos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Declarar que don Eulogio Julián León Zaciga, debe continuar en el ejercicio de su cargo como Regidor del Concejo Distrital de Huachón de la provincia de Pasto, con arreglo a ley.Declaran que regidores de los Conce jos Distritales de Antonio Raymondi y San Lorenzo de Quinti, asumen provisionalmente el cargo de alcalde Artículo Tercero.- Remítase co ias certificadas de las partes pertinentes del presente expe Crlente a la Fiscalía de la Nación, a efectos de que tome conocimiento y accón sobre la denuncia formulada por don Eulogio .Julián León Zaciga. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías necesarias que requiera el cumpli- miento de la presente resolucwn, bajo responsamhdad.Lima, 22 de enero de 1998 VISTO: Regístrese y comuniqueseEl Oficio N” 946-97-JIPB, recibido el 10 de diciembre t’utimo, remitido por el doctor José F. Rodríguez Robles, Juez del Juzgado Mixto de Bolognesi - Ancash, mediante el cual pone en conocimiento de rste brgano electoral que don Abelino Benjamín Díaz Sotelo, Alcalde del Concejo Diatrital de Antonio Raymondi. SC encuentra procesado penalmente con mandato de detención < onsentido:SS. CHOCANO MARINA; MUNOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDMA CANO, Secretario General, TRUJILLANO 0890 Aclaran llamamiento efectuado a can- didato no proclamado mediante la Res. N” 681-979JNE para asumir cargo de regidor del Concejo Distrital de Arapa HESOLUCION N” 024s98-JNE Lima, 22 de enero de 1996 Vista, la comunicación recibida ei 3 de diciemtsre de 1997, remitida por don Silverio Chambi Capacoila, solicitando la rectificación de su apellido materno en la Resoluoón N” 681.. 97-JNE. al haberse cometido un error; CONSIDERANDO Que, por Resolución N” 681-97-JNE, del 17 de julio de 1997, se llamó a don Silverio Chambi Copacolla. candidato no proclamado de la Lista Independiente N” 5 “Acción Vecinal Pro Azángaro’ , en reemplazo dei Regidor Freddy Moisés Amanqui Zea; para que asuma el cargo de Iiegrdor del Concejo Distntal de Arapa de ia provincia de Ar&igaro; Que, en mérito a la refendw resolución, SE expidió la credencial correspnndrentl~ R don S:l:~rlo Chambi Copaco- Ba; Que, sm embargo con la copia wrtitkada dl‘ la Iibreta electoral del recurrente. SC adwerte que su apelli~io materno es “Capacoila” y no “Copacolla” como erróneamente se ha consignado en la lista de candidatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Axángaro con motivo de las Elecciones Municipales de 1995. y por ende en la cltada resolución y correspondiente credencial.RESOLUCION N” 025-98-JNE CONSIDERANDO: Que, el Artículo 29” mciso 3) de la Ley OrgRnica de Municipalidades N”23853, dispone que se suspende automa- ticamente el cargo de alcalde por impedimento legal, cuando tiene proceso penal abierto con mandato de detención ue ha quedado firme en primera o segunda instancia, lo cua se ha ‘i producido en el presente caso: Que, el Artículo 30” de la referida Ley Or ánica señala que el alcalde es reemplazado por el teniente facalde; y, a fin de completar el número de regidores, debe llamarse al candidato no proclamado de la misma hsta del suspendido don Abelino Benjamín Díaz Sotelo: Que, revisados los archivos que obran en este 6rano del sistema electoral, se obtiene la información de que e t:temen- te alcalde del Concejo Distrrtal de Antonio Raymondi de la provincia de Bolognesi es don Rómulo Gavina Tadeo, por lo que se debe declarar que éste asume provisionalmente la alcaldía de dicho Concejo; Que, asimismo se verifica que el alcalde suspendido don Abelino Benjamín Díaz Soteio integró la lista independiente N” 21 “Juntos por Antonic, Raymondi”, por lo que debe llamarse al candidato no proclamado de dicha lista indepen- diente don Doroteo León Espíritu; para que asuma provisio- nalmente el cargo de regidor del Concejo en mención, a fin de completar el número de miembros del mismo; Actuando como magistrado ponente el señor De Valdivia Cano. El Jurado Nacional de Elecciones, en w+o de sus atribucio- nes; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que don Abelino Benjamín Díaz Sotelo se encuentra suspendido en el ejercicio de su cargo de alcalde del Concejo Distntal de Antonio Raymondi de la provincia de Bolognesi, por tener impedimento legal al haber recaído sobre él un mandato de detención lirme, quedando su situación final pendiente de los resultados del proceso penal correspondiente