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Lima, sábado 24 de enero de 1998 al;kcwltra Pág. 156747 naturaleza de acción que fuera interpuesta por su persona, habiendo auedado consentida nor disnosición del iuzeado en referencia-el 9 de enero de lb9S; td como apaiecede las copias certificadas de fojas 136 a 138 y 140, respectivamente; en consecuencia, ha fenecido el proceso penal seguido en su contra y por el cual se declaró la suspensión de su cargo de Alcalde; Que, por Resolución No 56O-97-JNR se encarg provisio- nalmente oara oue asuma el careo de Alcalde s don Vidal Inga Oca&, y, habiendo desapa&ido la causal de suspen- sión contra don Vidal Caballen> Ebúzques al haber fenecido el proceso penal seguido en su contra,, Bste debe reasumir su fimci6n como Alcalde del Concejo Dlstrital de Puaos y don Vidal Inga Ocaña debería reasumir su función como Regidor del citado distrito, sin embargo, al estar incurso en la causal de vacancia del cargo, corresponde asumir en forma defmi- tiva el cargo de Regidora don Alfonso Rojas Sermx integrante de la Lista Independiente No 7 “Integrador Provincial de Huamalíes”, mismo que fue llamado provisionalmente ejercer el cargo de Regidor por Resolución N” 560.97~JN Eeara del i2 de junio d; 1997; - El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribucio- nes; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar ue don Vidal Caballero Ebúzques reasume el cargo de AlcaPdedel Concejo Distrital de Pmlos, provincia de Huamalíeg; a mérito que el Juzgado Mixto de Dos de Mayo, el 30 de diciembre de 1997, declaró fundada la excepción de naturaleza de acción, habiendo fenecido el proceso penal seguido en su contra por el delito contra la administración pública en agravio del Concejo Distrital de Pufios y el Estada; asimwmo, dar por concluida la encargaturs del cargo de Alcalde del Concejo en mención, correspondiente a don Vidal Inga Ocda. Artículo Segundo.- Declarar la vacancia en el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Rulos, provincia de Huam*a- lies, que venia desempedando don Vidal Inga Ocaila por estar incurso en la causal de vacancia al haber s:do condena- do por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Huánuco _ Pasto por comisión de peculado en agravio del citado Concejo distrital y el Estado. Artículo Tercero.- Convocar a don Alfonso Rojas Serna integrante de la Lista Independiente W 7 “Integrador Pro- vincial de Huamalíes” para que en forma definitiva ejerza el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Puños, provincia de Huamalíes; para completar el período 1996 - 1998; conforme a ley; debiéndose otorgar la credencial correspondiente. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policiales prestarti las garantias que requiera el cumpbmiento de la presente resolución, bajo responsabilidad Reglstrese y comuníquese. SS. CHOCAN0 MARINA; MUNOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 0884 Declaran que regidores de diversos concejos distritales del pais deben continuar en el ejercicio de sus cargos RESOLUCION N” 021-98-JNE Lima, 22 de enero de 1998 VISTOS: El recurso de revisión mterpuesto el 4 de setiembre de 1997, por don Agustín JuliBn Huarca Cadillo y don Daniel Paredes Casana, Regidores del Concejo Distritsl de Yaután de la provincia de Casma, contra el acuerdo de Concejo que declara sus vacancias al cargo de Regidores; Las comunicaciones recibidas el 19 de nowembre de ~~~~~~~~;&c~~r dofia Margarita Layme Mamani, Alcal- umclpahdad, comunicando la declaratoria de vacancia a los cargos de Regidores de los señores Regido- -ystín Huarca Cadillo y Daniel Paredes Casana; por causa de mconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo; CONSIDERANDO: Que, el 31 de octubre de 1997, este órgano electoral mediante Oficio N” 1957.97~SG/JNE comunicó ala Alcaldesa -del Concejo Distrital de Yautkn, dolia Margarita Layme Mamani, que la documentación remitida referida a la decla- ratoria de vacancia al cargo de los Regidores Agustín Julián Huarca Cadillo y Daniel Paredes Casana era diminuta, por lo que debía cumplir con remitir el expediente comileto; Que, por Acuerdo de Concejo No 006-97-MDY el 5 de febrero de 1997, el Concejo Distrital de Yaután, declaró la vacancia al cargo de Regidores de don Agustín Huarca Cadillo y don Daniel Paredes Casana, del citado Concejo, acuerdo adoptado en sesión ordinaria de fecha 30 de enero de 1997; Que, de los recaudos presentados por la Alcaldesa del Conce’o Distrital de Yaután, se advierte que las causales de la decfaratoria de vacancia del cargo de los Regidores citados, no han sido acreditadas de manera fehaciente, toda vez que las citaciones que obran de fojas 39 a 42 y 88 a 91, no demuestran que se haya notificado debidamente a los Regi- dores supuestamente inasistentes; no encontrtidose dentro de los alcances del Artículo 26” numeral 5) de la Ley N” 23853; Que, por el contrario, con los documentos que obran a fojas 17 a 19y 153 a 157, se prueba que los Regidores vacados reiteradamente solicitaron a la Alcaldesa del distrito de Yaut&n, convoque a sesiones de Concejo; Que. los recurrentes habiendo internuesto recurso im- pu&at&io contra el acuerdo de declaraioria de sus vacan- cias al cargo de Regidores ante el referido Concejo, el 29 de agosto de 1997, y no obteniendo respuesta alguna presentan el respectivo recurso de revisión ante este órgano electoral; sm embargo con fecha 17 de setiembre de 1997, mediante Acuerdo de Concejo N” 048-97-MDY se declara im rocedente la solicitud de reconsideración planteada por os citadosP Regidores; Actuando como magistrado ponente el señor De Valdivia Cano; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribucio- nes; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de revisi6n inte3uesto por don Agustfn Julián Huarca Cadi110 y don Daniel aredes Casana. Regidores del Concejo Distri- tal de Yaután de la provincia de Casma; en consecuencia, nulo y sin efecto el Acuerdo de Concejo No OO&97-MDY, del 5 de febrero de 1997, del citado Concejo, en cuanto declara la vacancia de los citados Regidores. ArtícuIo Segundo.- Declarar que don Agustín Juli&n Huarca Cadillo y don Daniel Paredes Casana, deban conti- nuar ejerciendo el cargo de Regidores del Concejo Distrital de Yaután de la provincia de Casma; conforme a ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese y comuniquese SS. CHOCAN0 MARINA; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 0879 RESOLUCION No 022-98JNE Lima, 22 de enero de 1998 VISTOS: Los Oficios Nos. 097~97-AMDMPB y 147-B-A-A-MDSM- PB, recibidos el 7 de noviembre de 1997 y 14 de enero de 1998, respectivamente, remitidos por don Eudosio Arones Baygo- rrea, Alcalde suspendido del Concejo Distrital de María Parado de Bellido, provincia de Cangallo, remitiendo la documentación respecto a la declaratoria de vacancia del Regidor don Raúl Ogosi Cusicahua, por inasistencia injusti- ficada a sesiones de Concejo; La Resolución N” 1027-97-JNE del 19 de noviembre de 1997 por la cual se declara que don Eudosio E. Arones Baygorrea, se encuentra suspendido en el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de María Parado de Bellido, Provincia de Cangallo, sometiéndose la suspensión al resu tado del proceso penal que se sigue en su contra; CONSIDERANDO: Que, la vacancia del cargo de Alcalde o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal con el voto aprobatorio de la mayotia del número legal de sus