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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (11/02/1998)

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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Director: Enrique Sánchez Hernani Lima, miércoles 11 de febrero de 1998 AÑO XVI - Nº 6440 Pág. 157205 M T C Modifican resolución mediante la cual se autorizó a empresa para que preste servicio de transporte aéreo regular de pasajeros y carga RESOLUCION MINISTERIAL Nº 024-98-MTC/15.16 Lima, 21 de enero de 1998 Visto el Expediente Nº 4297 mediante el cual la Compañía AERO CONDOR S.A. solicita Modificación del Permiso de Ope- ración de Servicio de Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros y carga que le fuera otorgado con Resolución Ministe- rial Nº 110-93-TCC/15.12 del 12 de marzo de 1993. CONSIDERANDO: Que, según los términos del Memorándum Nº 737-97-MTC/ 15.16.02, Memorándum Nº 0070-97-MTC/15.12.5, Informe Nº 078-97-MTC/15.16.05.2, Constancias de Inscripción Registral e Informe Nº 0198-97-MTC/15.16.05.1 emitidos por la Dirección de Asesoría Legal, Dirección de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronáutico, Subdirección de Material Aeronáutico, el Registra- dor Público de la Oficina Registral de Lima y Callao y el Area de Estudios Económicos; se considera pertinente atender lo solicita- do al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáutica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Que, las modificaciones de permisos de operación para pres- tar servicios aéreos son otorgados mediante Resolución Ministe- rial del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción; De conformidad con la Ley Nº 24882, Decreto Legislativo Nº 670, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 054-88-TC, 019-90-TC y 009-96-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Transporte Aéreo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Minis- terial Nº 110-93-TCC/15.12 del 12 de marzo de 1993, mediante la cual se concedió a la Compañía AERO CONDOR S.A. Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros y carga, según los siguientes términos: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aéreo Regular de pasajeros y carga. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Una (1) Aeronave Beechcraft King Air B-90, matrícula OB- 1297. - Una (1) Aeronave Beechcraft B-90, matrícula OB-1364. - Una (1) Aeronave Beechcraft King Air B-90, matrícula OB- 1593, ex N-7777. - Una (1) Aeronave Beechcraft King Air B-90, matrícula OB- 1594, ex N-45SC. - Una (1) Aeronave Fokker F-27/100, matrícula OB-1627. RUTAS Y FRECUENCIAS: - Lima/Juanjuí/Tocache/Trujillo y vv., tres (3) frecuencias mínimas semanales. - Lima/Uchiza/Tocache y vv., tres (3) frecuencias mínimas semanales. - Lima/Cajamarca y vv., dos (2) frecuencias mínimas semana- les. - Lima/Chachapoyas/Rodríguez de Mendoza y vv., dos (2) frecuencias mínimas semanales. - Lima/Huánuco/Tingo María y vv., dos (2) frecuencias míni- mas semanales. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. Artículo 2º.- Los demás artículos de la Resolución Ministe- rial Nº 110-93-TCC/15.12 del 12 de marzo de 1993, se mantienen vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1451 Otorgan autorización a entidad religio- sa para que opere estación de servicio de radiodifusión sonora educativa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 065-98-MTC/15.19 Lima, 5 de febrero de 1998 Visto el Expediente Nº 950650 presentado por el CONVEN- TO DE SANTO DOMINGO DE LIMA, para establecer una estación del Servicio de Radiodifusión Sonora Educativa en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, en sus Artículos 22º, 48º y 49º prescribe que, la autorización, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, en sus Artículos 161º y 162º indica la información y documentación que deberá acompañar la persona solicitante para obtener la autorización respectiva, y que luego de otorgada se inicia un período dentro del cual el titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio y se realizarán las pruebas de funcionamiento; Que la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica, de la Dirección General de Teleco- municaciones, según los Informes Nºs. 367-97-MTC/15.19.03.2. y 077-98-MTC/15.19.01., consideran procedente la solicitud del CONVENTO DE SANTO DOMINGO DE LIMA al haber cumpli- do con la información y documentación exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y la Directiva Nº 001-97-MTC/15.17; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomu- nicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al CONVENTO DE SANTO DOMIN- GO DE LIMA, autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación del Servicio de Radiodifusión Sonora Educativa en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación : BC-FM Frecuencia : 105.1 MHz Indicativo : OBR-4H Potencia : 50 w. Centro de Irradiación : 27 m. sobre el nivel del suelo como máximo Emisión : 256F8E Horario : H24 Ubicación Estudios : Jr. Camaná Nº 170, Dist., Prov. y Dpto. Lima.