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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (11/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 157217 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de febrero de 1998 en Tacabamba y copia de la Declaración Jurada de don Carlos Enrique Cotrina Romero de fecha 29 de octubre de 1997, aceptan- do haber sido notificado de la vacancia de su cargo y no presentó ningún recurso de impugnación; Que, verificada la lista de candidatos del distrito de Tacabam- ba, remitida por el Jurado Electoral Especial de Chota, se ha acreditado que don Moisés Delgado Pardo, es el candidato no proclamado que ocupa el cuarto lugar en la nómina de candidatos presentada por la Lista Independiente Nº 05 "El Cambio"; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2) del Artículo 28º de la Ley Nº 23853, los regidores son reemplazados por los suplentes que le siguen en la misma lista, correspondién- dole, por tanto, asumir el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Tacabamba, a don Moisés Delgado Pardo; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a don Moisés Delgado Pardo, candidato no proclamado de la Lista Independiente Nº 05 "El Cambio", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distri- tal de Tacabamba de la provincia de Chota, en reemplazo del Regidor vacado don Carlos Cotrina Romero, hasta concluir el mandato edil por el período 1996-1998. Artículo Segundo.- Otórguese la respectiva credencial a don Moisés Delgado Pardo. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías necesarias que requiera el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 1554 RESOLUCION Nº 061-98-JNE Lima, 5 de febrero de 1998 Visto, el Oficio Nº 048-97-TACDA, recibido el 5 de enero de 1998, remitido por don Guillermo Flores Quispe y don Félix Cusi Flores, Regidores del Concejo Distrital de Apongo, provincia de Víctor Fajardo; adjuntando memorial suscrito por Félix Cusi Flores y Amalquio Tomayro Clares, Regidores del Concejo Distri- tal de Apongo y otros, quienes solicitan el nombramiento de nuevo Alcalde y Regidor; alegando que se ha declarado vacante el cargo de Alcalde de don Mario Agustín Arteaga Roca por haberse ausentado de la localidad por más de 30 días sin ninguna autorización; además se ha declarado la vacancia en el cargo de Regidor correspondiente a don Víctor Cusi Huamaní por haber abandonado su cargo desde el mes de noviembre de 1996; CONSIDERANDO: Que, la vacancia del cargo de Alcalde o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros; de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, respecto a la vacancia en el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Apongo correspondiente a don Mario Agus- tín Arteaga Roca, de autos aparece que 3 miembros del referido Concejo en sesión del 7 de abril de 1997 acordaron declarar dicha vacancia; más, el referido acuerdo no fue aprobado por la mayoría del número legal de miembros del Concejo, en este caso 4 votos conformes de un total de 6 miembros; y no de 3 votos conformes como aparece de fojas 11; no obstante ello, del análisis de autos se establece que don Mario Agustín Arteaga Roca se encuentra en mal estado de salud y que requiere tratamiento médico o confronta otros problemas personales, razones por las cuales no podrá seguir ejerciendo el cargo de Alcalde en el citado municipio; tal como se acredita con la carta que remite a los Regidores del Concejo Distrital de Apongo, dicho documento ha sido suscrito con firma legalizada por ante el Juez de Paz de la localidad que obra de fojas 12; estando incurso don Mario Agustín Arteaga Roca en causal de vacancia del cargo de Alcalde por enfermedad que impide su desempeño por plazo no mayor de 3 meses; que, ante la existencia probada y evidente de una causal de vacancia de un Alcalde o Regidor de Concejo, esta entidad electoral debe proceder a declarar la vacancia del referido cargo; de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º literal u) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia de Alcalde es reemplazado por el Teniente Alcalde, que es el primer regidor hábil que le sigue en su propia lista electoral; que, revisadas las listas de candidatos remitidas por el Jurado Electo- ral Especial de Víctor Fajardo le corresponde asumir el cargo de Alcalde a don Guillermo Flores Quispe candidato proclamado Regidor integrante de la Lista Independiente Nº 05 "Democrático Fajardo"; asimismo, para completar el número de Regidores en el referido Concejo Distrital se debe convocar a don Romualdo Cusi Tomayro candidato no proclamado integrante de la Lista Indepen- diente Nº 05 "Democrático Fajardo"; para completar el período 1996-1998, conforme a ley; Que, los recurrentes no han adjuntado a su comunicación el expediente completo con los instrumentos probatorios que acre- diten que el Regidor Víctor Cusi Huamaní haya incurrido en la causal de vacancia de que se le hace cargo; de conformidad con lo previsto por el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26491; debiendo remitir a este órgano electoral: a) Las constancias de notificación a don Víctor Cusi Huamaní que acrediten en forma fehaciente que tomó conocimiento de la convocatoria a sesiones de Concejo, de conformidad con lo dispuesto con el Artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; o documento que acredite su ausencia de la localidad sin autorización del Concejo; b) Las copias de las actas de sesión de Concejo a las que habría inasistido injustificadamente el Regidor Víctor Cusi Huamaní; c) La copia certificada del acta de sesión de Concejo en la que se acuerda declarar la vacancia del Regidor en mención, aprobado por la mayoría del número legal de miembros de Concejo donde aparezcan consignadas las firmas de los asistentes; d) La constan- cia de notificación al Regidor vacado del acuerdo de Concejo que declaró la vacancia de su cargo; a fin de no vulnerar el derecho de defensa que asiste a toda persona; y, e) La certificación del Concejo de la que conste que el acuerdo que declaró la vacancia del Regidor Víctor Cusi Huamaní ha quedado consentido o ejecutoriado; Actuando como ponente el magistrado señor De Valdivia Cano; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia en el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Apongo, provincia Víctor Fajardo, que venía desempeñando don Mario Agustín Roca por estar incurso en la causal de vacancia por enfermedad y problemas familiares que impiden su desempeño en el ejerci- cio del cargo. Artículo Segundo.- Convocar a don Guillermo Flores Quis- pe candidato proclamado Regidor integrante de la Lista Indepen- diente Nº 05 "Democrático Fajardo" para que ejerza el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Apongo, provincia de Víctor Fajardo; para completar el período 1996-1998. Artículo Tercero.- Para completar el número de Regidores en el referido Concejo Distrital convocar a don Romualdo Cusi Tomayro candidato no proclamado integrante de la Lista Inde- pendiente Nº 05 "Democrático Fajardo" para que asuma el cargo de Regidor; para completar el período 1996-1998, conforme a ley. Artículo Cuarto.- Otorgar a don Guillermo Flores Quispe y a don Romualdo Cusi Tomayro las credenciales correspondientes. Artículo Quinto.- Declarar inadmisible la solicitud de Félix Cusi Flores y Amalquio Tomayro Clares, Regidores del Concejo Distrital de Apongo; y otros, respecto al pedido de vacancia en el cargo de Regidor correspondiente a don Víctor Cusi Huamaní; por no haber remitido expediente completo requerido para el caso. Artículo Sexto.- Declarar que don Víctor Cusi Huamaní debe continuar en el ejercicio de su cargo; conforme a Ley. Artículo Séptimo.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 1557 Declaran que regidores de los conce- jos distritales de Coviriali, Viques y Carhuacallanga, deben continuar en el ejercicio de sus cargos RESOLUCION Nº 059-98-JNE Lima, 5 de febrero de 1998 Vistos, el Oficio Nº 0544-97-JMS, recibido el 15 de enero del año en curso, remitido por el Juez Mixto en lo Penal de Satipo, remitiendo el Oficio Nº 243-97-A-MDC de don Angel Beltrán Luna, Regidor del Concejo Distrital de Coviriali, provincia de Satipo, quien comunica que en sesión de Concejo del 8 de octubre de 1997 se declaró la vacancia en el cargo de Regidor correspon- diente a don Paulino Buendía Calderón, por inasistencia injusti- ficada a sesiones de Concejo; a fin que se proceda conforme a ley. Y la solicitud recibida el 19 de enero del año en curso, don Venvenuto Bernabe Zapatero Cadema comunica que el Concejo Distrital de Coviriali en sesión del 8 de octubre de 1997 acordó declarar la vacancia en el cargo de Regidor correspondiente a don Paulino Buendía Calderón, razón por la cual pide se le nombre como Regidor reemplazante;