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Visto el Expediente N” 966133 presentado por la em- presa RADIO TELEVISION OROPESA E.I.R.L., para establecer una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Frecuencia Modula- da (FM), en el distrito, provincia y departamento de Huancavelica; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Teleco- municaciones, aprobado por Decreto Supremo N” 013-93- TCC, en sus Artículos 22, 48” y 49” prescribe que, la autorización, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Teleco- municaciones, aprobado por Decreto Supremo N” 06-94- TCC, y modificado por D.S. N” 00598MTC, en sus Artículos 161” y 162” indica la información y documenta- ción que deberá acompaiiar la persona solicitante para obtener la autorización respectiva, y que luego de otor- gada se inicia un período dentro del cual el titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio y se realizarán las pruebas de funcionamiento; Que la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los Informes NS. 307-97- MTC115.19.03.2.y468-97-MTC~15.19.01.,consideranpro- cedente la solicitud de la empresa RADIO TELEVISION OROPESA E.I.R.L. al haber cumplido con la información y documentación exigida por el Reglamento General de la Lev de Telecomunicaciones: >IJe conformidad con los Decretos Supremos N”s. 013- 93-TCC, 06-94-TCC y 005.98-MTC; y, Con la opinión favorable de! Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: CONSIDERANDO: Artículo l”.- Otorgara la empresa RADIO TELEVI- SION OROPESA E.1.R.L , autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Frecuen- cia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Huancavelica. de acuerdo a las siguien- tes características técnicas:Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomu- nicaciones, aprobado por Decreto Supremo N” 013-93. TCC, en sus Artículos 22”, 48” y 49” prescribe que, la autorización, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación y operar dicho servicio autorizado, respectivamente: Estación Frecuencia Indicativo Potencia Emisión Horario Ubicación de losBC-FM 103.5 MHz OBT-5U LOO m. 256F8E H24 Estudios y Planta Transmisora : Jr. Virrey Toledo No 253, Dist., Prov. y Dpto. Huancavelica. Coordenadas: L.O. 74” 58’ 28” LS. 12” 47’ 04” El plazo de la autorización v el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2”.- Dentro de los treinta (30) días de publi- cada la presente resolución. el Titular de la autorización deberá cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorización, canon anual y por la publicación de la resolución. Artículo 3”.- La empresa RADIO TELEVISION ORO- PESA E.I.R.L., en su condición de Titular de la presente autorización, está obligada a solicitar la inspeccion técni- ca a sus instalaciones hasta antes de los 60 días calendario del vencimiento del período de instalación y prueba de conformidad con el Artículo 162” del Reglamento Cenera1 mencionado, debiendo asumir les gastos de viaje y viáti- cos que demande dicha diligenci;~. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio aniw òe la fecha fijada para la inspección. Artículo 4”.- La presente autorización quedará sin efecto, además de lo dispuesto en la Ley de Telecomunica- ciones y su Reglamento General, si el Titular de la auto- rización se encuentra incurso en los siguientes casos:1” No hubiera solicitado inspección técnica dentro del plazo previsto en el Artículo 3”. 2” Si vencido el período de prueba, la inspección no se hubiera realizado por causas que le sean imputables. 3” Si las pruebas de funcionamiento no son satis- factorias, o vencido el período de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalación de los equipos. Artículo 5”.- Si la inspección técnica a la estación autorizada es satisfactoria, se concederá autorización a la empresa RADIO TELEVISION OROPESA E.I.R.L., has- ta por el plazo de diez (10) años, comprendiéndose en éste el período de instalación y prueba autorizado. Artículo 6”.- El titular de la autorización está obliga- do a instalar y operar el Servicio acorde con la presente resolución, no pudiendo modificar las características téc- nicas a que se contrae el Artículo 1”. sin autorización previa de este Ministerio. Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY FERNANDEZ PILCO Viceministro de Comunicaciones 7206 RESOLUCION VICEMINISTERIAL No X9-9%MTCY15.03 Lima, 25 de junio de 1998 Visto el Expediente N” 965831 presentado por la UNI- VERSIDAD PRIVADA DE TACNA, para establecer una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión por Televisión en la Banda de IJHF, ubicada en la ciudad de Tacna, distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomuni- caciones, aprobado por Decreto Supremo N” 06.94-TCC, y modificado por D.S. N” 0059&MTC, en sus Artículos 161” y 162” indica la información y documentación que deberá acompañar la persona solicitante para ohtener la autori- zación respectiva, y que luego de otorgada se inicia un período dentro del cual el Titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio y se realizarán las pruebas de funcionamiento; Que la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica, de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los Informes NS. 106-97- MTCX5.19.03.2, 003-98.MTW15.19.03.2 y 407-97.MTCi 15.19.01, consideran procedente la solicitud de la UNI- VERSIDAD PRIVADA DE TACNA, en la modalidad de Radiodifusión Educativa, al haber cumplido con la infor- mación y documentación exigida por el Reglamento (:ene- ral de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos N’s. 013- 93-TCC, 06-94-TCC y 005.98.MTC; y? Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo lo.- Otorgar ala UNlVERSlDAD PRIVADA DE TACNA, autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Educativa por Televisión en la Banda de UHF, ubicada en la ciudad de Tacna, distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación Frecuencia: BC-TV : Vídeo: 513.25 MHz Audio: 517.75 MHz