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Lima, jueves 2 dc julio de 1998 am Pág. 161595 Otorgan concesión a empresas para que presten servicio público de trans- porte terrestre interprovincial de pasa- jeros RESOLUCION DIRECTORAL W 799-98-MTCY15.18 Lima, 12 de mayo de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro N” 01549010, organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES TOURS SAN JUAN BAUTISTA S.R.Ltda.. sobre Nueva Conce- sión de Ruta: Arequipa-Cusco y vkeversa e Informe W 410-98-MTC/15.18.04.1., delaDireccióndeTransportede Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con pre- sentar los requisitos establecidos en el Artículo 13” del Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo N” 05-95MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aproba- do por Decreto Supremo N” 019-97-MTC, para la presta- ción del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Interna- cional en Memorándum N” 1209-98-MTCY15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe N” 520-98-MTC115.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo N” 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 0595-MTC, Ley N” 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- &$5sr2kcreto Supremo N 019-97-MTC y Decreto Ley SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANS- PORTES TOURS SAN JUAN BAUTISTA S.R.Ltda., la Concesión de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el eríodo de diez (10) años, computados a partir de la fecha xe expedición de esta resolución, en la ruta: Arequi- pa-Cusco y viceversa de acuerdo a los siguientes térmi- nos: RUTA : AREQUIPA-CUSCO y viceversa ORIGEN : AREQUIPA Dpto: AREQUIPA DESTINO : cusco Dpto: CUSCO ITINERARIO : YAURI-SICUANI ESCALA COMERCIAL : SICUANI FRECUENCIAS : Tres (3) semanales FLOTA VEHICULAR : Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA : Un (1) ómnibus: UH-3633 (1994) FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus: UH-4346 (1980) HORARIOS : Salida de Arequipa: 16.00 horas (lunes, miércoles y viernes) Salida de Cusco: 16.00 horas (martes. jueves y sábado) Las tarjetas de circulación serán expedidas en rela- ción al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05.95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17” del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N”05- 95MTC; caso contrario, se aplicarán las sanciones previs- tas en el segundo párrafo del Artículo 16” del citado Reglamento.Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese CARLOS A. IBANEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 7225 RESOLUCION DIRECTORAL IV 752-98-MTC115.18 Lima, 27 de mayo de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro N” 01219010, organizado por la Empresa de Transportes “EXPRESO HUARAL” S.A., sobre Nueva Concesión de Ruta: Lima- Huaral y viceversa e Informe N” 304-98-MTCl 15.18.04.l.rcm., de la Dirección de Transporte de Pasaje- ros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con pre- sentar los requisitos establecidos en el Artículo 13” del Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo N” 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aproba- do por Decreto Supremo N” 019-97-MTC, para la presta- ción del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direc- ciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum N” 1247-98-MTC/ 15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe N” 587-98- MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo N” 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No 05-95-MTC, Ley N” 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- baNF5r6;Decreto Supremo N 019-97-MTC y Decreto Ley// SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes “EXPRESO HUARAL” S.A., la Concesión de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasa- jeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez ( 10) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta resolución,, en la ruta: Lima-Huaral y viceversa de acuerdo a los siguientes términos: RUTA : LIMA-HUARAL y viceversa ORIGEN LIMA DESTINO : HUARAL ITINERARIO : CHANCAY ESCALA COMERCIAL : CHANCAY FRECUENCIAS : Seis (6) diarias FLOTA VEHICULAR : Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA : Dos (2) ómnibus: UI- (1982) y IJI- 4020 (1979) FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus:UI-3867 (1976) HORARIOS : Salida de Lima: 06.00,06.30, ll .OO, 13.30, 16.00 y 16.30 horas Salida de Huaral: 06.00,08.30, ll .OO, 13.30,16.00 y 16.30 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas en rela- ción al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza.-