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Artículo 2”.- Dar por agotada la via administrativa, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 8” inciso jl del Decreto Supremo N” 00593-PRES. Regístrese, comuniquesc y publíquese JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia 7202/ /’ / Designan representante del Ministerio ante la Secretaría Técnica de Política Alimentaria-Nutricional RESOLUCION MINISTERIAL N” 0330-98-AG Lima, 1 de julio de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante el Artículo 2” del Decreto Supremo N” 029-98-PCM, de fecha 24 de junio de 1998, se constituyó la Secretaría Técnica de Política Alimentaria-Nutricio- nal, encargada de concertar esfuerzos, así como reali- zar la evaluación y recomendaciones a la Presidencia del Consejo de Ministros para la mejor ejecucilin de los Programas Sectoriales y, el cumplimiento de las metas previstas en el Plan Nacional de Nutriric;n y Aliment,a- ción; Que la referida Secretaría Técnica esta conformada, entre otros, por representantes de cada Sector del Poder Ejecutivo vinculados a las áreas de nutrición y alimenta- ción, a los que deberá designarse mediante Resolución Ministerial del Sector al que representa; Que en tal sentido, es necesario designar al represen- tante del Ministerio de Agricultura en la Secretaría Téc- nica de Política Alimentaria-Nutricional; De conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley N” 25902: SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar a la Dra. Milagro Núnez Rivera como representante del Ministerio de Agricultura ante la Secretaría Técnica de Política Alimentaria-Nutri- cional. Regístrese y comuníquese. RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 7292 Autorizan a la Dirección Subregional Agraria Huánuco a otorgar contratos de extracción forestal para maderas RESOLUCION MINISTERIAL N” 0331-98-AG Lima, 1 de julio de 199X CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Ni” O266-98- AG, se autoriza alas Direcciones Regionales Xgrarias de Ucayali, Loreto y Moquegua-Tacna-Puno, así como a la Dirección Subregional Agrari.3 Madre da Dios, a otorgar contratos de extracción forestal para maderas con fines industriales o comerciales en superficies de hasta 1,000 (mil) hectáreas, en ámbitos geográficos restringidos, precisados en el anexo de esa Resolución Ministerial;-Que, el Artículo 2” del indicado dispositivo establece que las Direcciones Regionales y Subregionales antes mencionadas, así como las Direcciones Regionales y Subregionales Agrarias de San Martín, Andrés Avelino Cáceres, Inka, Libertadores-Wari, Huánuco, Cajamar- ca, Jaen y Pasto, deberán concertar con las asociaciones de productores de madera para identificar áreas comple- mentarias a las consideradas en el mencionado anexo, proponiéndose al Despacho Ministerial para su aproba- ción mediante Resolución Ministerial; Que, la Dirección Subregional Agraria Huánuco, ha concertado con la agrupación de productores de madera de la región, habiendo efectuado la propuesta correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo N” 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley N” 25902 Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Decreto Ley N” 21147 Ley Forestal y de Fauna Silvestre; SE: RESUELVE: Artículo l”.-Amorizar a la Dirección Subregional Agraria Huánuco a otorgar Contratos de Extracción Fo- restal para maderas ron fines industriales o comerciales en superficies de basta 1,000 (mil) hectáreas, en los ámbitos geográficos siguientes, que se detallan en las Actas de Concertación correspondientes, que en anexos forman parte de la presente Resolución Ministerial: Provincia Ambito Geográfico Leoncio Prado Distrito de José Crespo y Castillo Marañón Distrito de Cholón Puerto Inca Distritos de Puerto Inca, Tourna- vista, Honoria, Codo de Pozuzo y Llullapichis. Exceptúase de dichos ámbitos, las cuencas hidrográfí- cas declaradas en veda para la extracción forestal por Decreto Supremo N” 013-96-AG. las áreas naturales pro-, tegidas y los bosques de protección. La presente autorización no afecta el otorgamiento de Permisos de Extracción Forestal, los cuales se continúan rigiendo por la legislación forestal pertinente. Artículo 2”.- La Dirección Subregional Agraria Huá- nuco, controlará en los Contratos a que se refiere el artículo anterior, así como en los Permisos de Extracción Forestal: a) La aplicación de los diámet,ros mínimos de troza que establezca la Dirección General Forestal del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. b) La conservación de los árboles semilleros. cl La reposicián forestal. Artículo 3”.- Los Contratos de Extracción Forestal para maderas con fines industriales o comerciales en superficies de hasta 1,000 (mil) hectáreas que otorgue la Dirección Subregional Agraria Huánuco al amparo de la presente resolución, no podrán exceder el plazo de dos años - zafra contados a partir de la fecha. Regístrese y comuníquese. RODOLFO MCÑANTE SANGLJINETI Ministro de Agricultura 7298 PESQUERIA Autorizan las actividades de extrac- ción, recepción y procesamiento del recurso merluza a lo largo del litoral RESOLUCION MINISTERIAL N” 323-98-PE Lima, 1 de julio de 19% C’)NSIDERANDO:~ _ Que el Artículo 2” del Decreto Ley N” 25977 Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la