Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 1998 (04/06/1998)


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NORMAS LEGALES
Av. Aviacion Jr. Pisagua Jr. 3 de Febrero Av. San MORDAZA Av. MORDAZA Patron Av. MORDAZA MORDAZA Psje. MORDAZA MORDAZA Psje. San MORDAZA Jr. Obreros Psje. MORDAZA de los MORDAZA Psje. MORDAZA Jr. MORDAZA Nerini Jr. MORDAZA Alarco Psje. Rebagliati Jr. MORDAZA MORDAZA Jr. MORDAZA Jr. MORDAZA MORDAZA y Carza 5941

MORDAZA, jueves 4 de junio de 1998 1, 2, 3, 4, 6, 11, 12, 13 y 14 8y9 5y6 1y2 1, 2, 3, 4, 5 y 6 13, 14, 17, 18, 23, 24 y 25 entre Psje. MORDAZA MORDAZA y Av. San MORDAZA Cdra. 1 5y6 1y2 1, 2, 3, 4, 5 y 6 1 5y6 1y2

comerciales y de recreacion en el distrito de La MORDAZA, para efectos de la cobranza del Derecho de Parqueo. Que, actualmente es necesario detallar y unificar en un dispositivo las vias publicas de la jurisdiccion de La MORDAZA, que estaran afectas al pago de Derecho del Parqueo Vehicular, precisar el tributo por este concepto, fijar el horario de prestacion del servicio y determinar el importe de la multa a aplicarse a quienes se nieguen o evadan el pago de la tasa por el servicio del parqueo vehicular. En uso de las facultades conferidas por el Inc. 6) del Art. 47º, y de conformidad con lo dispuesto por el Art. 3º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853. DECRETA: Articulo Primero.- Las vias publicas de la jurisdiccion de La MORDAZA afectas al pago del Derecho de Parqueo Vehicular, se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente decreto, de lunes a MORDAZA las 24 horas. Articulo Segundo.- El pago de la tasa por el servicio de parqueo vehicular en las vias del distrito sera S/. 0.75 (setenticinco centimos de MORDAZA sol), por cada media hora o fraccion por el espacio y/o cajon de parqueo vehicular. Articulo Tercero.- El negarse o evadir el pago total o parcial de la tasa por el servicio de parqueo vehicular, sera sancionado con una multa equivalente al 1% de la Unidad Impositiva Tributaria UIT, vigente al momento de la infraccion y su ejecucion se cenira a las disposiciones que regulan la cobranza coactiva que establece el Decreto Legislativo Nº 816 que aprueba el Codigo Tributario. En caso que el contribuyente voluntariamente y dentro de cinco dias habiles posteriores a la infraccion, cancelara el tributo por el servicio de Parqueo Vehicular, la sancion de multa aplicable sera rebajada en un 50%. Articulo Cuarto.- La Direccion de Rentas, queda encargada de ejecutar las acciones necesarias, para el estricto cumplimiento de este decreto. Articulo Quinto.- Deroguese todas las normas que se opongan al presente decreto. Articulo Sexto.- El presente decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA T. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA MORDAZA Y ASUNTOS COMERCIALES ANEXO Nº I La MORDAZA, 21 de MORDAZA de 1998 OFICIO Nº 040-DIUYAC-98 NOMBRE DE MORDAZA MORDAZA Humboldt Jr. MORDAZA Jr. MORDAZA La Catolica Av. Mexico Jr. Las Americas Av. Canada Av. Palermo Jr. MORDAZA Raymondi Jr. MORDAZA Naranjo Av. Paseo de la Republica Jr. MORDAZA MORDAZA Av. Iquitos Jr. MORDAZA Pena Jr. San MORDAZA Av. Manco Capac Jr. MORDAZA MORDAZA Prol. Parinacochas Prol. MORDAZA Jr. MORDAZA Bazo Prol. MORDAZA CUADRAS 2, 3, 6, 7 y 8 14 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17 y 18 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 1, 2, 3 y 4 4y5 2, 3, 4 y 5 1, 2, 3, 4 y 5 24 3 1, 2, 3, 5, 6, 7 y 8 1y2 17 y 18 3, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 1, 2, 3, 10 y 11 16 y 17 17 4 4

Disponen respaldar al MORDAZA en las acciones que MORDAZA para la defensa de inmueble de propiedad de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-98 La MORDAZA, 25 de MORDAZA de 1998 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA Vista, en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 20 de MORDAZA de 1998, la Mocion presentada por los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Venturo MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Calderon; y, CONSIDERANDO: Que, es responsabilidad de la Municipalidad mantener al dia su Margesi de Bienes, los mismos que deben obrar debidamente registrados; Que, entre los bienes inmuebles de propiedad municipal esta el que ocupa el MORDAZA Mayorista Nº 2 y que uno de los ingresos a su interior es la Rampa, ubicada en la via publica, constituyendo, por tanto, un bien inmueble de manejo municipal que historica y judicialmente pertenece al MORDAZA Mayorista Nº 2 de frutas; Que, la empresa Venacol viene usufructuando indebidamente la mencionada Rampa, existiendo por parte de la Municipalidad de La MORDAZA, elementos de juicio mas que suficientes para recuperar lo que siempre fue propiedad de esta Municipalidad; Puesta a consideracion del Pleno, sometido a votacion, por unanimidad, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta y de conformidad con el Art. 37º numeral 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ACORDO: Articulo Primero.- Respaldar a la Administracion Municipal y al MORDAZA como representante legal de la Municipalidad de La MORDAZA, para asumir la defensa de la Rampa como propiedad MORDAZA, promoviendo las acciones legales pertinentes con relacion al asiento registral que inscribio la sentencia que declara la rectificacion de area. Articulo Segundo.- Sancionar administrativamente y judicialmente a los funcionarios y ex funcionarios de esta Municipalidad que presuntamente estuvieron involucrados en estas irregularidades. Articulo Tercero.- Publicar el presente Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA T. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5942

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