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Pág. 160447 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de junio de 1998 zan el "V Festival Internacional de la Vicuña" del 22 al 25 de junio del presente año, en la Reserva Nacional Pampa Galeras - Ayacucho; Que el evento en mención tiene por objetivo la promo- ción y difusión del uso sustentable de la vicuña por parte de las comunidades campesinas del Perú, rescatar la milenaria tradición del CHACCU de vicuñas, así como difundir y promocionar el potencial turístico de la Reser- va Nacional Pampa Galeras y zonas aledañas; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, y Decreto Supremo Nº 026-92-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el "V FESTIVAL INTER- NACIONAL DE LA VICUÑA, a efectuarse en la Reserva Nacional Pampa Galeras - Ayacucho, del 22 al 25 de junio de 1998. Artículo 2º.- El Presidente del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS, presentará ante el Ministro de Agricultura un informe de las actividades desarrolladas, en un plazo máximo de 30 días calendario posteriores a la culminación del evento. Regístrese y comuníquese. RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 5919 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE COORDINACION REGIONAL Nº 001-98-AG-SENASA-SM Fe de Erratas de la Resolución de Coordinación Regio- nal Nº 001-98-AG-SENASA-SM, publicada en nuestra edición del día 30 de mayo de 1998, en la página 160253. DICE: Artículo 4º.- El levantamiento de la curantena dis- puesto en el Artículo 1º, se dispondrá mediante resolución sustentada en el informe técnico del responsable de sani- dad animal. DEBE DECIR: Artículo 4º.- El levantamiento de la cuarentena dis- puesto en el Artículo 1º, se dispondrá mediante resolución sustentada en el informe técnico del responsable de sani- dad animal. 5971 PESQUERIA Aprueban Bases del concurso públi- co de ofertas para el otorgamiento de permisos de pesca de barcos cala- mareros RESOLUCION MINISTERIAL Nº 276-98-PE Lima, 3 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 273 y 274-98-PE, se autorizó la Convocatoria a Concurso Públi- co de Ofertas Nº 02-98-PE y se nombró la Comisión encargada de la Recepción de Propuestas del Concurso Público de Ofertas para el Otorgamiento de Permisos de Pesca de Calamar Gigante o Pota. Que la referida Comisión ha formulado las Bases Administrativas del mencionado Concurso Público deOfertas, de conformidad con el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE y modificado por Resolución Ministerial Nº 271-98-PE; Estando a lo dispuesto por el numeral 7.3.1 del preci- tado Plan de Ordenamiento; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar las Bases del Concurso Público de Ofertas Nº 02-98-PE, para el otorgamiento de Permisos de Pesca para la operación de barcos calamare- ros, las cuales forman parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 5968 PODER JUDICIAL Sancionan con cese temporal a servi- dora del Distrito Judicial de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 216-98-SE-TP-CME-PJ Lima, 3 de junio de 1998 VISTO: El Proceso Administrativo Disciplinario Nº 9-98- CPPAD/PJ; seguido contra la servidora ELVIA EDELMI- RA CORTEZ ECHEVARRIA, Auxiliar Judicial I, asigna- da al 24º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima; en el que aparece el Informe Final Nº 28-98-CPPAD/PJ de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 145-98-SE- TP-CME-PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14-4-98 conforme aparece del texto corriente de fojas 45, se instauró proceso administrativo disciplinario a la ser- vidora que allí se menciona por haber incurrido en falta de carácter disciplinario: Incumplimiento de obligación; Que, la referida Resolución del Titular del Pliego del Poder Judicial, fue notificada personalmente a su domici- lio real de la servidora, conforme al cargo de fojas 46 y a través del Administrador Distrital de este Distrito Judi- cial, con el propósito que, una vez tomado conocimiento proceda a verificar su descargo correspondiente y adjunte la documentación que considere idónea; esto es en recono- cimiento de su legítimo derecho a la defensa; Que, siendo esto así y transcurrido que ha sido el plazo la servidora ELVIA EDELMIRA CORTEZ ECHEVA- RRIA ha cumplido con presentar su descargo, conforme se aprecia del escrito obrante de fojas 52 a Fs. 75, respecti- vamente; los cuales serán merituados y evaluados en su oportunidad; Que, sin embargo, para una justa graduación de la sanción a imponerse debe tenerse en cuenta lo siguiente: Primero.- Que, este proceso administrativo discipli- nario se instaura en base al Informe Interno Nº 039-97- UQI-OIG-PJ de 26-2-97, corriente a fojas 33, 34, el cual tiene sustento en la investigación aperturada por la ofici- na de Inspectoría General conforme a la resolución de 25- 11-95 cuyo texto corre a fojas 14 y que está dirigida a establecer e investigar las faltas de carácter administra- tivo disciplinario: presunto incumplimiento de obligación; Segundo.- Que, con fecha 1-6-95 la servidora procesa- da peticiona Licencia por 9 días argumentando por razo- nes de salud y adjuntando para ello "RECETARIO" expe- dido por un médico particular que ni siquiera están visa- dos por el área del Instituto Peruano de Seguridad Social; el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima en