Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 1998 (04/06/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de junio de 1998

cion del pliego de observaciones que realizo el apelante mediante Oficio Nº 006-97-FCH, de fecha 5 de setiembre de 1997 en el que entre otros, manifesto que concurrio a filmar la boda para probar o salir de dudas respecto a la operatividad de la filmadora, suspendiendo la filmacion cuando no pudo cambiar el casete por haberse trabado la compuerta; Que asimismo en autos consta el Informe Nº 001-97INPE/DRSO-DTP-Cus de fecha 8 de setiembre de 1997, en donde el servidor para cuya boda el apelante utilizo la filmadora, manifiesta que en ningun momento solicito el uso de dicho bien, atribuyendo la actitud del recurrente como un desprendimiento personal y que no conocio de la procedencia de dicha filmadora; Que de autos se determina que Freddy MORDAZA MORDAZA hizo uso negligente de la filmadora del Instituto Nacional Penitenciario - Direccion Regional Sur OrienteCusco, cuyo manejo, cuidado y seguridad se le encargo; ademas, trato de ocultar su situacion de inoperatividad; Que el recurso de apelacion interpuesto no se sustenta en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuestiones de puro derecho, conforme lo senala el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica en su Informe Nº 043-98-JUS/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 -Ley Organica del Sector Justicia y Articulos 84º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por Freddy MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Trabajo y Educacion de la Direccion Regional Sur Oriente-Cusco, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 086-98-INPE/CR.P, de fecha 26 de febrero de 1998, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Instituto Nacional Penitenciario y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 5929

nes Aereas, Subdireccion de Material Aeronautico, Registrador Publico de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao y el Area de Estudios Economicos; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes; Que, en aplicacion a la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria y Final de la Ley Nº 26917, la Compania TRANS ANDES S.A., ha solicitado se adecue su requerimiento a la indicada Ley a efectos que esta Direccion General resuelva lo solicitado mediante la expedicion de la Resolucion Directoral; Que, la administracion en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad acepta declaraciones y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos; De conformidad con la Ley Nº 24882, Decreto Legislativo Nº 670, Decretos Supremos Nºs. 054-88-TC, 019-90TC y 009-96-MTC, Ley Nº 26917 y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la Compania TRANS ANDES S.A., Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 2º.- El Permiso de Operacion otorgado precedentemente se sujetara a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aereo No Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Aeronave Cessna 402C, matricula OB-1295 MORDAZA DE OPERACION: REGION, DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS AUTORIZADOS - Region Grau: Tumbes y MORDAZA - Tumbes, Talara, Huancabamba, MORDAZA - Region Nor Oriental del Maranon: MORDAZA, Amazonas y MORDAZA - Chiclayo/Cap. FAP MORDAZA MORDAZA Quinones, Cajabamba, MORDAZA, Jaen/Shumba, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Chachapoyas, Galilea, MORDAZA de Mendoza. - Region La Libertad: La MORDAZA - Pacasmayo, MORDAZA, Urpay. - Region Chavin: MORDAZA - Chimbote, Huascaran/Anta. - Departamento de Lima: Provincia Constitucional del Callao - Internacional MORDAZA Chavez. - Region Los Libertadores Wari: Ica, MORDAZA y Huancavelica - Nasca, MORDAZA, Churropampa, Palmapampa. - Region Arequipa: MORDAZA - MORDAZA, Mollendo, MORDAZA Acari, Orcopampa, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Yauca, MORDAZA, MORDAZA, Ayo, MORDAZA Union, Camana, Campamento MORDAZA Majes, Chivay, Huambo, Caraveli. - Region MORDAZA, Tacna, Puno: MORDAZA, Tacna y MORDAZA - Tacna, Juliaca, MORDAZA, Ilo, Moquegua. - Region Inca: MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA - Amarakeri/Rio Colorado, Iberia, Inapari, Tayacome, MORDAZA, Camisea, MORDAZA, Kompiroshiato, Mantaro, Miaria,

MTC
Otorgan a empresa permiso de operacion de servicio de transporte aereo no regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 054-98-MTC/15.16 MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1998 Visto el Expediente Nº 960642 mediante el cual la Compania TRANS ANDES S.A., solicita Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum Nº 970-97MTC/15.16.02, Memorandum Nº 0165-98-MTC/15.16.06, Memorandum Nº 002-98-MTC/15.16.5.03, Memorandum Nº 348-97-MTC/15.16.05.2, Constancias de Inscripcion Registral e Informe Nº 030-97-MTC/15.12.4 emitidos por la Direccion de Asesoria Legal, Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico, Subdireccion de Operacio-

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